N° 61762/20 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO NACIONAL EN LO CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL NRO. 4 - SECRETARÍA NRO. 8
Texto del aviso
JUZGADO NACIONAL EN LO CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL NRO. 4 - SECRETARÍA NRO. 8
El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Federal Nro. 4, a cargo del Dr. José Luis Cassinerio,
Secretaría Nro. 8, a cargo de la Dra. Mariana Roger, sito en la calle Libertad 731, piso 5, CABA, en los autos caratulados
“ADDUC c/ Banco de la Nación Argentina s/ Proceso de Conocimiento”, Expte. 3616/2013, hace saber a todas
las personas físicas que hayan participado de transferencias interbancarias vinculadas con depósitos judiciales a
partir del 1/12/2010, que la Asociación de Defensa de Derechos de Usuarios y Consumidores ADDUC inició una
acción colectiva a fin de que se condene al Banco de la Nación Argentina a cesar en el cobro a los consumidores
(personas físicas) del cargo por transferencias interbancarias cuando éste es aplicado a transferencias que se
originan en cuentas a la vista para uso judicial y se cobra la comisión al destinatario de la transferencia; que se
ordene la restitución a los consumidores comprendidos en la demanda, en el período considerado, de los montos
debitados y/o percibidos por el cargo individualizado, más el IVA devengado o percibido; ello, más intereses
desde cada percepción hasta la restitución; más el pago de la multa prevista en el art. 52 bis de la ley 24.240 y las
costas del proceso. Se hace saber que todo aquel que pudiere considerarse afectado por lo que eventualmente
BOLETÍN OFICIAL Nº 34.537 - Segunda Sección 61 Miércoles 9 de diciembre de 2020
se resuelva contará con la posibilidad de presentarse en este expediente dentro del plazo de 90 días corridos,
contados a partir de la publicación en el Boletín Oficial, a fin de constituir domicilio y manifestar lo que por derecho
corresponda, bajo apercibimiento de continuar el juicio según su estado. Fdo.: José Luis Cassinerio - Juez Dr. José
Luis Cassinerio Juez - José Luis Cassinerio Juez
e. 09/12/2020 N° 61762/20 v. 09/12/2020