N° 62330/20 Aviso del Boletín Oficial
PROVINCIA SEGUROS DE VIDA S.A.
Texto del aviso
PROVINCIA SEGUROS DE VIDA S.A.
CUIT 30-67883257-6 REFORMA DE ESTATUTOS Y DESIGNACION DE DIRECTORIO Y COMISION FISCALIZADORA.-
Expediente 1590131.- Escritura 102 del 01-12-2020, ante FRANCISCO MASSARINI COSTA, Escribano Titular
Registro 831 CABA., Folio 393; se protocolizó Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria del 27-10-2020 donde
se decidió la modificación de los Artículos Décimo Tercero; Décimo Cuarto, Vigésimo y Vigésimo Tercero del
Estatuto Social, los que quedan redactados así: ARTICULO DECIMO TERCERO. La dirección y administración de
la sociedad, estará a cargo de un Directorio compuesto de cinco (5) miembros titulares y hasta cinco (5) miembros
suplentes con mandato por un ejercicio siendo reelegibles. Los accionistas de la clase A en asamblea especial de
accionistas designarán tres (3) directores titulares y hasta tres (3) directores suplentes. Los accionistas de la clase
B en asamblea especial de accionistas, designarán dos (2) directores titulares y hasta dos (2) directores suplentes.
Los directores de la clase A en su primera sesión, designarán entre ellos un presidente, y los directores de la clase
B un vicepresidente. El presidente será reemplazado, en caso de ausencia o impedimento, por el vicepresidente.
El directorio sesionará con la presencia de la mayoría absoluta de los miembros que lo componen, y resolverá por
la mayoría de los votos presentes. Se labrarán actas de las reuniones; las actas correspondientes a reuniones
realizadas en la modalidad presencial serán firmadas por todos los presentes, y las correspondientes a reuniones
realizadas en la modalidad a distancia, celebradas con los recaudos establecidos en el artículo décimo cuarto,
serán firmadas por el Representante Social. ARTICULO DECIMO CUARTO. El Directorio se reunirá, al menos una
vez cada tres (3) meses por convocatoria del Presidente o del Vicepresidente en su caso. El Presidente deberá
convocar al Directorio siempre que lo estime oportuno o cuando lo pida cualquiera de sus miembros. La
convocatoria la hará en este último caso el Presidente, para reunirse dentro del quinto día de recibido el pedido.
En su defecto, podrá convocarla cualquiera de los Directores. Las reuniones podrán celebrarse en la modalidad a
distancia siempre que se utilicen medios que les permitan a los participantes comunicarse simultáneamente entre
ellos, garantizando: 1. La libre accesibilidad de todos los participantes a las reuniones; 2. La posibilidad de participar
de la reunión a distancia mediante plataformas que permitan la transmisión en simultáneo de audio y video; 3. La
participación con voz y voto de todos los miembros, y del órgano de fiscalización, en su caso; 4. Que la reunión
celebrada de este modo sea grabada en soporte digital; 5. Que el representante conserve una copia en soporte
digital de la reunión por el término de 5 años, la que debe estar a disposición de cualquier socio que la solicite; 6.
Que la reunión celebrada sea transcripta en el correspondiente libro social, dejándose expresa constancia de las
personas que participaron y estar suscriptas por el representante social, sin perjuicio de que pueda resolverse que
más directores suscriban el acta. 7. Que en la convocatoria y en su comunicación por la vía legal y estatutaria
correspondiente, se informe de manera clara y sencilla cuál es el medio de comunicación elegido y cuál es el modo
de acceso a los efectos de permitir dicha participación. ARTICULO VIGESIMO. Las Asambleas Ordinarias y
extraordinarias serán convocadas por el Directorio o la Sindicatura si correspondiere, en los casos previstos en la
ley, o cuando uno u otro lo juzguen necesario o fueran requeridas por accionistas que representen por lo menos el
5% del Capital Social, en la modalidad, el día y hora que se designe. Las reuniones podrán celebrarse en la
modalidad a distancia siempre que se utilicen medios que les permitan a los participantes comunicarse
simultáneamente entre ellos, garantizando: 1. La libre accesibilidad de todos los participantes a las reuniones; 2.
La posibilidad de participar de la reunión a distancia mediante plataformas que permitan la transmisión en
simultáneo de audio y video; 3. La participación con voz y voto de todos los miembros, y del órgano de fiscalización,
en su caso; 4. Que la reunión celebrada de este modo sea grabada en soporte digital; 5. Que el representante
conserve una copia en soporte digital de la reunión por el término de 5 años, la que debe estar a disposición de
cualquier socio que la solicite; 6. Que la reunión celebrada sea transcripta en el correspondiente libro social,
dejándose expresa constancia de las personas que participaron y estar suscriptas por el representante social. 7.
Que en la convocatoria y en su comunicación por la vía legal y estatutaria correspondiente, se informe de manera
clara y sencilla cuál es el medio de comunicación elegido y cuál es el modo de acceso a los efectos de permitir
dicha participación. ARTICULO VIGESIMO TERCERO Las decisiones que adopte la Asamblea se consignarán en
un libro especial rubricado de actas de asambleas, las cuales serán suscriptas por el presidente y los accionistas
que se designen al efecto; en el supuesto de reunión realizada en la modalidad a distancia, celebrada con los
recaudos establecidos en el artículo vigésimo, el acta será suscripta por el representante social, sin perjuicio de
que la asamblea resuelva que el acta sea adicionalmente suscripta por uno o más accionistas. Y la Designación
de Directorio y Comisión Fiscalizadora: Directorio: PRESIDENTE: Mariela RICCIUTI, DNI 28.174.751 CUIT 27-
28174751-2 con domicilio real en José A. Cabrera 5930, Departamento “A” CABA domicilio especial en Carlos
Pellegrini 71 Piso 2 CABA. Vicepresidente Camilo GODOY, DNI 17.896.511, C.U.I.L. 20-17896511-6, con domicilio
real en SHIS QI 21 COJN. 10 CASA 20 LAGO SUL BRASILIA DF. Brasil y domicilio especial en Marcelo T. de Alvear
1541 CABA.- Director Independiente: Sebastián Ariel KAUFMAN, DNI 25.436.853, C.U.I.L. 23-25436853-9, domicilio
real en Clay 3072 piso 1° CABA y con domicilio especial en Carlos Pellegrini 71 Piso 2 CABA; Directores Titulares
Fernando ZACK, DNI 27.658.513, C.U.I.T. 20-27658513-5, domicilio real en Arturo Jaureche 282, 4° “7” CABA y
domicilio especial en Carlos Pellegrini 71 Piso 2 CABA; Rosana TECHIMA SALSANO, DNI 95.894.565, C.U.I.T. 27-
60458845-1, con domicilio real en Marta Lynch 551 Departamento 5º AVE Torre II CABA y domicilio especial en
Marcelo T. de Alvear 1541 CABA.- Directores Suplentes Juan Manuel RUIZ, DNI 26.435.015, C.U.I.T. 20-26435015-
9, domicilio real Ecuador 1104, piso 2° CABA y domicilio especial en Carlos Pellegrini 71 Piso 2 CABA; María
BOLETÍN OFICIAL Nº 34.538 - Segunda Sección 13 Jueves 10 de diciembre de 2020
Constanza BASTITTA, DNI 22.644.048, C.U.I.T. 27-22644048-3, domicilio real en Avenida Las Heras 4025, 10° “B”
CABA y domicilio especial en Marcelo T. de Alvear 1541 CABA; Xiomara OPPENLANDER, DNI 29.093.374, C.U.I.T.
27-29093374-4, domicilio real en Jorge Newbery 3331 8° “A” CABA y domicilio especial en Marcelo T. de Alvear
1541 CABA. Comisión Fiscalizadora. Miembros Titulares Mariana TOCHI, DNI 28.034.364 C.U.I.T. 27-28034364-7,
domicilio real en Arce 348 6° “A” CABA; Marcelo Daniel MESPLET, DNI 16.768.566, C.U.I.L. 20-16768566-9,
domicilio real en Hipólito Yrigoyen 121, Chivilcoy, Provincia de Buenos Aires, ambos con domicilio especial en
Carlos Pellegrini 71 Piso 2 CABA; Néstor José BELGRANO, DNI 11.266.981, C.U.I.T. 20-11266981-8, domicilio real
en Avenida del Libertador 2502, Primer Piso CABA y domicilio especial en Avenida Corrientes 420, piso 3° CABA;
Miembros Suplentes Alejandro Gustavo KATZ, DNI 14.900.749, C.U.I.T. 20-14900749-1, domicilio real en Tres de
Febrero 1242, piso 5° CABA y María CARMODY, DNI 14.138.184, C.U.I.T. 27-14138184-4, domicilio real en Güemes
3097, piso 9°, Departamento 55 CABA y ambos con domicilio especial en Carlos Pellegrini 71 Piso 2 CABA;
Miembros Suplentes Javier Martín PETRANTONIO, 16.975.632, C.U.I.T. 20-16975632-6, domicilio real en Virrey del
Pino 1740, piso 9° CABA y domicilio especial en la Avenida Corrientes 420, piso 3 CABA.-
Autorizado según instrumento público Esc. Nº 102 de fecha 01/12/2020 Reg. Nº 831
MERCEDES MARIA VERON - T°: 120 F°: 655 C.P.A.C.F.
e. 10/12/2020 N° 62330/20 v. 10/12/2020