N° 6907/2020 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 24 - SECRETARÍA NRO. 48
Texto del aviso
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 24 - SECRETARÍA NRO. 48
El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº 24, Secretaría Nº 48 sito en M T. de Alvear 1840
P.B. de CABA comunica por cinco días en los autos “RENSE SRL S/QUIEBRA”, expte Nº6907/2020, (CUIT: 30-
61466023-2), que el 14.9.2020 se ha decretado presente quiebra y que con fecha 2.11.2020 se fijaron nuevas
fechas. El síndico designado es Luis Humberto Chelala con domicilio constituido en la calle corrientes 2335 P.
5 of. A, de esta Ciudad (TEL. 495- 24741). La Verificación tempestiva ante el síndico (LCQ: 32) se podrá realizar
hasta el 26.2.2021. A tales efectos se formó un “incidente de insinuación de créditos en los términos del art. 32
de la ley 24.522” a fin de que los acreedores con asistencia letrada ingresen digitalmente sus insinuaciones y la
BOLETÍN OFICIAL Nº 34.543 - Segunda Sección 58 Jueves 17 de diciembre de 2020
documentación respaldatoria. Las ingresadas hasta las 20 hs. se consideraran presentadas en esa fecha, y las
posteriores a dicho horario como presentadas al día siguiente limitándose el Juzgado a incorporarlas sin efectuar
análisis alguno. Vencido el plazo, se procederá a archivar el escrito y las copias de documentación que se presenten
sin despacho alguno al igual que las observaciones presentadas fuera del plazo del art. 34 LCQ. Vencidos estos
plazos, el “incidente” será restringido y archivado digitalmente. La presentación deberá ser suscripta electrónica o
digitalmente por el letrado actuante quien deberá prestar declaración jurada de que las copias digitales cargadas
se corresponden a los antecedentes originales, y que éstos serán presentados al Juzgado o a la sindicatura dentro
de las 48 hs. de que le sean requeridos todo ello, bajo apercibimiento de hacerlo responsable de los eventuales
perjuicios. En caso de ser patrocinante deberá contar con la firma ológrafa del patrocinado. Deberá acreditarse
también –de corresponder- el pago del arancel verificatorio mediante transferencia a realizarse a la caja de ahorro
en pesos: CBU: 0150505401000121932382 ICBC perteneciente a Luis Humberto Chelala (CUIT: 20081308617).
La insinuación de quienes no cuenten con asistencia letrada deberá presentarse directamente ante el síndico
acompañando el escrito y su documentación en formato papel previo pedido de turno a la dirección de mail
estudiochelala@gmail.com.ar y humbertochelala@gmail.com; que deberá ser concedido a más tardar dentro de
las 48hs. de solicitado, quien le informará los protocolos a seguir para la recepción de las piezas pertinentes. Se
considerará como fecha y hora de presentación la del día de la entrega efectiva de las piezas al síndico, a cuyo
fin deberá éste dar adecuada respuesta a los requerimientos de turno. Una vez recibidas las mismas deberá la
sindicatura, en el plazo de tres días, cargar digitalmente el escrito y documentación en el “incidente de insinuación
de créditos”, con todos los datos que individualicen la petición a los fines de ejercer la facultad prevista por la
LCQ: 34. Para el caso de que los acreedores que se presenten sin asistencia letrada pretendan hacer uso del
derecho que otorga la LCQ: 34, deberá seguirse el mismo protocolo que el establecido para la presentación de las
insinuaciones previstas en el art. 32 de dicha ley. Presentación del informe LCQ: 35: el 16.4.2021 Resolución art.
36 LCQ: 30.4.2021. Presentación del informe LCQ 39: 31.5.2021. Audiencia de explicaciones para el día 20.5.21 a
las 10.00hs. que deberán concurrir los administradores de la fallida a este Tribunal sito en M.T. de Alvear 1840, PB.
Ordénase al fallido y a terceros, entreguen al Síndico los bienes de aquél, prohibiéndose hacerle pagos a la fallida,
los que serán ineficaces. Intímase al fallido y administradores a fin de que dentro de las cuarenta y ocho horas
pongan a disposición del Síndico los libros de comercio y documentación relacionada con la contabilidad, y para
que constituyan domicilio procesal en esta Ciudad bajo apercibimiento de tenerlo por constituido en los Estrados
del Juzgado. Buenos Aires, 3 de noviembre de 2020. PAULA MARINO SECRETARIA
e. 17/12/2020 N° 64322/20 v. 23/12/2020