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N° 64712/20 Aviso del Boletín Oficial

SED METAL S.R.L.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES DE RESPONSABILIDAD LIMITADA viernes, 18 de diciembre de 2020

Texto del aviso

SED METAL S.R.L.

CUIT. 30-54796281-4.Por documento privado del 04/12/2020: Leticia Esther Guerberofd, DNI. 4.299.528; Mariana

Alejandra Abraham, DNI. 17.802.926 y Valeria Abraham, DNI. 20.006.115, CEDEN VENDEN Y TRANSFIEREN a

Roberto Jaime Goldfarb, DNI. 5.098.354 y a Zulema Rotman, DNI/. 5.867.493, la totalidad del paquete accionario de

SED METAL SRL. En Escritura 314 del 16/12/2020, folio 875, Registro 1602, por transcripción de actas del 04/12/2020,

se resolvió lo siguiente: a) Renuncia la totalidad de la gerencia, integrada por Leticia Esther Guerberofd, Mariana

Alejandra Abraham, y Valeria Abraha; b) Se designa nuevo gerente a Roberto Jaime Goldfarb, DNI. 5.098.354,

quien acepta el cargo y constituye domicilio especial en Maipú 510, 4° piso, depto “C, CABA; c) Se modifica el

artículo sexto del estatuto societario. Nueva redacción: ARTICULO SEXTO: La administración, representación

legal y uso de la firma social estará a cargo de uno o más gerentes en forma individual e indistinta, socios o no, por

el término de duración de la sociedad, siendo reelegibles. En tal carácter tiene todas las facultades para realizar

los actos y contratos tendientes al cumplimiento del objeto de la sociedad, inclusive los previstos en los artículos

375 del Código Civil y Comercial de la Nación y 9 del Decreto Ley 5965/63. Los gerentes constituirán una garantía

por el ejercicio de sus funciones, que conforme al art. 256 segundo párrafo Ley 19.550 se regirá por las siguientes

reglas: i. Deberá consistir en bonos, títulos públicos o sumas de moneda nacional o extranjera depositadas en

entidades financieras o cajas de valores, a la orden de la sociedad; o en fianzas o avales bancarios o seguros

de caución o responsabilidad civil a favor de la sociedad, cuyo costo deberá ser soportado por cada gerente; ii.

Cuando la garantía consista en depósitos de bonos, títulos públicos o sumas de moneda nacional o extranjera,

las condiciones de su constitución deberán asegurar su indisponibilidad mientras esté pendiente el plazo de pre-

inscripción de eventuales acciones de responsabilidad; iii. El monto de la garantía será acorde a las disposiciones

de la Inspección General de Justicia. d) se modifica la sede social: anterior sede social; Dorrego 2752, depto 310,

CABA. Nueva sede social: Maipú 510, cuarto piso, departamento “C”, CABA.- e) Se reforma el artículo cuarto:

Nueva redacción: ARTICULO CUARTO: El capital social se fija en la suma de cuatro millones quinientos mil pesos

($ 4.500.000.-), dividido en cuatro millones quinientas (4.500.000) cuotas de un (1) peso de valor nominal cada una

BOLETÍN OFICIAL Nº 34.544 - Segunda Sección 32 Viernes 18 de diciembre de 2020

con derecho a un voto por cuota”. Autorizada en Escritura 314 del 16/12/2020, folio 875, Registro 1602.- Autorizado

según instrumento público Esc. Nº 314 de fecha 16/12/2020 Reg. Nº 1602

Paula María Rodriguez Foster - Matrícula: 3995 C.E.C.B.A.

e. 18/12/2020 N° 64712/20 v. 18/12/2020