N° 66443/20 Aviso del Boletín Oficial
SOCRAM ENERGIA S.A.
Texto del aviso
SOCRAM ENERGIA S.A.
Por escritura pública del 25/11/2020 1) Marcos Ariel CENTURIÓN, divorciado, comerciante, 18/11/1984, DNI
31.292.036, Pasaje Renan 1173, CABA; Osvaldo Rubén BELIZAN, soltero, comerciante, 02/10/1973, DNI 23.532.310,
Nicasio Oroño 676, CABA; Sergio Rubén BORTZ, divorciado, comerciante, 24/06/1965, DNI 17.485.615, Padilla 503,
piso 5 departamento 24, CABA; Marina Julia RODRÍGUEZ, divorciada, empleada administrativa, 25/09/1966, DNI
18.064.887, Ecuador 766, Planta Baja, CABA, todos ellos argentinos; 2) SOCRAM ENERGIA S.A.; 3) $ 1.000.000
acciones ordinarias, nominativas no endosables de valor nominal un peso ($ 1) cada una, con derecho a un voto
por acción, integrado en un 25%, Suscripción: Marcos Ariel CENTURIÓN, Osvaldo Rubén BELIZAN y Sergio
Rubén BORTZ, 310.000 acciones cada uno; Marina Julia RODRÍGUEZ: 70.000 acciones; 4) 99 años; 5) 31/12; 6)
Catamarca 106, piso 7 departamento D, CABA; 7) OBJETO: La sociedad tiene por objeto realizar por cuenta propia,
de terceros, asociada a terceros o subcontratando a terceros, en el país o en el exterior, las siguientes actividades:
A) HIDROCARBURÍFERA Y MINERA: El estudio, exploración, sondeo y cateo, detección, investigación, desarrollo,
adquisición, perforación y explotación de yacimientos de hidrocarburos líquidos y/o gaseosos y demás minerales
de toda especie, minas de metales ferrosos y no ferrosos, litio, oro, plata y canteras, así como la adquisición
y disposición de cualquier derecho sobre los mismos; B) SERVICIOS de reacondicionamiento, reparación,
profundización, represión y recuperación secundaria de pozos, laboreo minero y tareas afines a la industria de
elaboración de petroquímica y cualquier otra forma de industrialización de dichos productos y sus derivados y el
transporte y comercialización. C) COMERCIALES: La venta, elaboración, industrialización, transporte, distribución
y comercialización de los productos de tales yacimientos, minas y canteras y de sus derivados directos e
indirectos, incluyendo sin limitación el petróleo, gas, gasolina y demás productos y derivados, y la adquisición,
disposición, gravamen, ejercicio, ejecución y realización de cualquier otro derecho establecido en las Leyes de
Hidrocarburos y el Código de Minería, como así también equipos, motores, elementos, máquinas y materiales
relacionados con este objeto social. Y la importación y exportación de bienes permitidos por la normativa vigente.
D) INDUSTRIALES: Fabricación a través de las materias primas obtenidas en canteras y pozos de elementos,
equipos, maquinas, motores e instrumentos necesarios para la industria petrolera, minera, energías renovables,
comprendiendo la planificación, desarrollo, ejecución y explotación de emprendimientos de energías sean estas:
eólicas, solares, hidroeléctricas, geotérmicas o biomasa, para la producción y venta de energía eléctrica destinada
al mercado eléctrico mayorista y a otros consumidores de energía. E) LICITACIONES: La sociedad podrá participar
en todo tipo de licitaciones acorde a su objeto, ya sean de carácter públicas o privadas, contrataciones directas,
a nivel municipal, provincial, nacional o dentro de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Las actividades que así lo
requieran en el presente objeto, serán ejecutadas por profesionales con título habilitante en la materia. A tal efecto
la Sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer todos los actos
que no estén prohibidos por las leyes o por este Estatuto Social, celebrar cualquier contrato, acto y operaciones
BOLETÍN OFICIAL Nº 34.547 - Segunda Sección 13 Miércoles 23 de diciembre de 2020
que se vinculen con la extracción minera. 8) PRESIDENTE: Marcos Ariel CENTURIÓN; VICEPRESIDENTE: Osvaldo
Rubén BELIZAN; DIRECTOR SUPLENTE: Marina Julia RODRIGUEZ; quienes aceptan sus respectivos cargos
y constituyen domicilio especial en sede social. Autorizado según instrumento público Esc. Nº 104 de fecha
25/11/2020 Reg. Nº 1929
YAMILA LIDIA FERNANDEZ - T°: 127 F°: 739 C.P.A.C.F.
e. 23/12/2020 N° 66443/20 v. 23/12/2020