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N° 129/20 Aviso del Boletín Oficial

TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL - PARANÁ - ENTRE RÍOS

Edictos Judiciales jueves, 31 de diciembre de 2020

Texto del aviso

TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL - PARANÁ - ENTRE RÍOS

EDICTO: por disposición de la Sra. Presidente, Dra. Noemí M. Berros; se ha ordenado comunicar la parte resolutiva

en lo pertinente de fs. 290/291, de la causa FPA 1148/2013/TO1 caratulada “CARABALLO, NELSON RAÚL S/

INFRACCIÓN LEY 22.362”, que tramitara ante este Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Paraná, a los fines de

la notificación de Nelson Raúl CARABALLO, uruguayo, sin sobrenombre o apodo, CI uruguaya Nº 2.604.064-

0, nacido el 07 de enero de 1.964 en la localidad de Paysandú, República Oriental del Uruguay, casado, de

instrucción primaria completa, de profesión mecánico, domiciliado realmente en calle Pinilla N° 610 de la ciudad

de su nacimiento, hijo de Rosendo Cruz (f) y de Laura Violeta Caraballo; de acuerdo al siguiente texto que se

transcribe: “///raná, 30 de noviembre de 2020.- RESOLUCIÓN N° 129/20.- y VISTOS: El expediente FPA 1148/2013/

TO1 caratulado “CARABALLO, NELSON RAÚL S/INFRACCIÓN LEY 22.362” y el correspondiente legajo de

SUSPENSIÓN JUICIO A PRUEBA, remitido por el Juzgado de Ejecución en el cual se controlara el cumplimiento

de las reglas de conducta impuestas al nombrado.- CONSIDERANDO:… RESUELVE: 1.- DECLARAR EXTINGUIDA

LA ACCIÓN PENAL, y en consecuencia SOBRESEER (arts. 76 ter, 4to. párr. del Código Penal y 336 inc. 1 y 361 del

C.P.P.N.) a Nelson Raúl CARABALLO, uruguayo, sin sobrenombre o apodo, CI uruguaya Nº 2.604.064-0, nacido el

07 de enero de 1.964 en la localidad de Paysandú, República Oriental del Uruguay, casado, de instrucción primaria

completa, de profesión mecánico, domiciliado realmente en calle Pinilla N° 610 de la ciudad de su nacimiento,

hijo de Rosendo Cruz (f) y de Laura Violeta Caraballo, por el delito de encubrimiento de falsificación de marca

registrada y timbres fiscales –arts. 277 inc. 1° ap “c” en relación a los arts. 31 inc. a) de la Ley 22.362 y art. 288

inc. 2 del Código Penal, en concurso ideal con tentativa de contrabando de exportación art. 864 inc. a y 871 de la

Ley 22.415, en calidad de coautor.- 2.- EXIMIR DE COSTAS al mencionado (art. 531 del C.P.P.).- 3.- PROCEDER A

LA DESTRUCCIÓN de los siguientes elementos secuestrados: cuatro cartones de cigarrillos Marlboro y un sobre

manila vacío, por secretaría de este Tribunal, labrándose el acta de destrucción correspondiente.- REGÍSTRESE,

notifíquese, líbrense los despachos del caso y, en estado, archívese.- Fdo. Noemí M. Berros – Presidente, Lilia

Graciela Carnero y Roberto M. López Arango – Jueces de Cámara, ante mí: Beatriz María Zuqui – Secretaria.- ”

Dra. Noemi Berros Juez - Beatriz Maria Zuqui Secretaria de Cámara

e. 29/12/2020 N° 67188/20 v. 05/01/2021