W20 Argentina W20Argentina

N° 66177/20 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO NACIONAL EN LO CIVIL NRO. 65 SECRETARÍA UNICA -

Edictos Judiciales lunes, 11 de enero de 2021

Texto del aviso

JUZGADO NACIONAL EN LO CIVIL NRO. 65 SECRETARÍA UNICA -

POR DOS DIAS. Por disposición de la Sra. Jueza del Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil en N° 65,

Dra. María Gabriela Fernández Zurita, Secretaría Única a cargo del Dr. Diego de la Iglesia, sito en la Avenida de

los Inmigrantes N° 1950, Piso 6 CABA, por el que tramitan los autos “CONSORCIO DE PROPIETARIOS SAN

NICOLAS 2210/20 ESQ. LASCANO 3811/17/25 C/ DIEZ ANA MARIA Y OTROS S/ EJECUCIÓN DE EXPENSAS”

Expte. 43516/2012, se notifica a las ejecutadas MARIA TERESA DIEZ Y ANA MARIA DIEZ de la sentencia de

BOLETÍN OFICIAL Nº 34.558 - Segunda Sección 61 Lunes 11 de enero de 2021

fs. 357 que dice Buenos Aires, 19 de septiembre de 2018…”IV- AUTOS y VISTOS: No habiendo los ejecutados

debidamente intimados de pago, opuesto excepciones dentro del plazo legal, el que se encuentra vencido (arts.

542, 551 y cc. del Código Procesal), FALLO: Mandando llevar adelante la ejecución contra María Teresa Diez, Ana

María Diez y José Luis Diez hasta que hagan al acreedor íntegro pago de la suma de $ 103.155,96 -capital nominal-,

con más los intereses que por todo concepto -entre compensatorios y punitorios- se fijan en el 30% anual como

surge del Reglamento de Copropiedad (Cám. Nacional Civil, Sala L del 3/7/2009, Sum. 19098, Base de datos de la

Secretaría de Jurisprudencia de la Cámara Civil), los que se computarán desde la fecha de mora y hasta el efectivo

pago. Las costas del juicio se imponen a los ejecutados vencidos (art. 558 del Código de rito)…” Fdo. María

Gabriela Fernández Zurita. Juez en lo Civil. Y la ampliación de la sentencia a fs. 370 que se transcribe: “Buenos

Aires, 29 de noviembre de 2018…Intimase a los accionados al pago de la suma de $ 150.524,84 con más la de

$ 45.157 que provisionalmente se presupuestan para responder a intereses y costas.

La intimación de pago importará el emplazamiento para que dentro del plazo de cinco días presenten los

ejecutados los documentos que acrediten la extinción de la obligación correspondiente a los nuevos vencimientos,

bajo apercibimiento de hacerse extensivos a la ampliación de la demanda los efectos de la sentencia dictada a

fs. 357(art. 541 del C. Proc.).Fdo. María Gabriela Fernández Zurita, Juez en lo Civil. Por providencias de fechas

23/12/2019 y 10/03/2020 se ha dispuesto notificar por edictos a las ejecutadas María Teresa Diez y Ana María Diez

de la sentencia y su ampliación. Los autos que así lo

ordenan dicen: Buenos Aires, 23 de diciembre de 2019.- En atención a las manifestaciones vertidas por el

ejecutante (conf. fs. 252) y atento a las constancias de la causa, notifíquese por edictos a las ejecutadas María

Teresa Diez y Ana María Diez por el término de dos días, en el Boletín Oficial y el Diario Popular, la sentencia de

fs. 357 mediante la fijación del correspondiente edicto en la tablilla del Juzgado (art. 146 2° párrafo del CPCCN).

FDO. María Gabriela Fernández Zurita. Juez en lo Civil. Buenos Aires, 10 de marzo de 2020.- Tiénese presente

lo manifestado y procédase a la notificación por edictos de la ampliación indicada en el escrito en despacho.-

Fdo. Diego M. de la Iglesia. Secretario”. Publíquese por dos días en el BOLETÍN OFICIAL. Buenos Aires, 22 de

diciembre de 2020.- MARIA GABRIELA FERNANDEZ ZURITA Juez - DIEGO MARTIN DE LA IGLESIA SECRETARIO

e. 08/01/2021 N° 66177/20 v. 11/01/2021