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N° 2339/21 Aviso del Boletín Oficial

NILUS GLOBAL S.R.L.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES DE RESPONSABILIDAD LIMITADA miércoles, 20 de enero de 2021

Texto del aviso

NILUS GLOBAL S.R.L.

CUIT N° 30-71657611-2. Comunica que según Reunión de Socios del 18.3.2020 se resolvió modificar el objeto

social reformando la cláusula Tercera del Contrato Social la cual quedó redactada de la siguiente manera: “Tercera:

La Sociedad tiene por objeto dedicarse, por cuenta propia, de terceros y/o asociada a terceros, dentro o fuera del

país, a las siguientes actividades: (i) desarrollo y promoción de mercados de alimentos asequibles y saludables; (ii)

desarrollo de soluciones tecnológicas de alimentación sostenible y de mercados digitales; (iii) la comercialización

de alimentos y operaciones logísticas de almacenamiento y transporte de alimentos; (iv) producción y difusión

de conocimientos analíticos sobre la industria alimenticia; y (v) creación e implementación de programas de

capacitación y promoción de la alimentación sostenible. Para el cumplimiento de sus fines la sociedad tiene

plena capacidad jurídica, pudiendo adquirir derechos, contraer obligaciones, ejercer todos los actos que no sean

prohibidos por las leyes o por este Estatuto.”; se resolvió la inclusión de la Cláusula Tercera Bis, a fin de aplicar

como Empresa B, la cual quedó redactada de la siguiente manera: “Tercera Bis: “En el desarrollo de las actividades

descritas en el objeto social, la Sociedad además de crear valor económico generará un impacto material social y

ambiental en beneficio de la sociedad, el ambiente y las personas o partes vinculadas a ésta.”; se resolvió reformar

la Cláusula Quinta del Contrato Social, a fin de aplicar como Empresa B; y se resolvió reformar la Cláusula Sexta

del Contrato Social, respecto de la posibilidad de celebrar reuniones a distancia por videoconferencia. Autorizado

según instrumento privado RSocios de fecha 18/03/2020

María Fernanda Mierez - T°: 65 F°: 429 C.P.A.C.F.

e. 20/01/2021 N° 2339/21 v. 20/01/2021