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N° 3661/21 Aviso del Boletín Oficial

PRINCE ARGENTINA S.A.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES ANONIMAS jueves, 28 de enero de 2021

Texto del aviso

PRINCE ARGENTINA S.A.

(CUIT: 30-63108723-6) (IGJ: 1.510.521) Comunica que por Asamblea Extraordinaria de fecha 2/12/2020, se resolvió

modificar el objeto social de la Sociedad, reformando el artículo tercero del estatuto social: “La Sociedad tendrá

por objeto la realización por cuenta propia o de terceros, o asociada con terceros, de las siguientes actividades:

a) la producción de cubiertas verificables, pigmentos inorgánicos y derivados; b) la comercialización mediante la

compraventa, permuta, importación y exportación de drogas, materias primas, productos minerales, y químicos,

y demás bienes destinados a la industria metalúrgica, cerámica, de vidrio, alimentación animal, agricultura y

agroquímica, para ser utilizados por terceros en la producción de productos de alimentación animal y agricultura;

c) explotar formulas y patentes de invención como asimismo ejercer toda clase de representación, distribución,

comisión, consignación, mandato, y asesoramiento para la industria metalúrgica, cerámica, del vidrio y agroquímicos;

d) explotar minas, yacimientos y canteras, tendientes a obtener productos para la actividad industrial y comercial;

e) la inversión de capitales en empresas constituidas y/o a constituirse; la participación en otras sociedades por

acciones; el otorgamiento de créditos, préstamos, avales, fianzas, hipotecas, prendas, adelantos en dinero o sin

garantía real o personal y/o cualquier otro tipo de garantías, de carácter oneroso o gratuito, ya sea a favor de

sociedades controladas, controlantes, vinculadas o sujetas al control común de la Sociedad o de sus accionistas

y/o a favor de terceros y ya sea por obligaciones propias o de terceros. Se excluyen las operaciones comprendidas

por la ley de entidades financieras y por toda otra que requiera el concurso público. A tal fin, la Sociedad tiene plena

capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer los actos que no sean prohibidos por las

leyes o por este Estatuto.” Autorizado según instrumento privado Asamblea Extraordinaria de fecha 02/12/2020

MARIA LUZ ALTIERI - T°: 120 F°: 6 C.P.A.C.F.

e. 28/01/2021 N° 3661/21 v. 28/01/2021