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N° 830/2020 Aviso del Boletín Oficial

YPF S.A.

Convocatorias y Avisos Comerciales AVISOS COMERCIALES jueves, 28 de enero de 2021

Texto del aviso

YPF S.A.

CUIT: 30-54668997-9. CONVOCATORIA A ASAMBLEAS GENERALES EXTRAORDINARIAS DE TENEDORES de

cada una de las siguientes obligaciones negociables emitidas por YPF S.A. (I) OBLIGACIONES NEGOCIABLES

CLASE XLVII CON VENCIMIENTO EN 2021; (II) OBLIGACIONES NEGOCIABLES CLASE XXVIII CON VENCIMIENTO

EN 2024; (III) OBLIGACIONES NEGOCIABLES CLASE XIII CON VENCIMIENTO EN MARZO 2025; (IV) OBLIGACIONES

NEGOCIABLES CLASE XXXIX CON VENCIMIENTO EN JULIO 2025; (V) OBLIGACIONES NEGOCIABLES CLASE

LIII CON VENCIMIENTO EN 2027; (VI) OBLIGACIONES NEGOCIABLES CLASE I CON VENCIMIENTO EN 2029; Y

(VII) OBLIGACIONES NEGOCIABLES CLASE LIV CON VENCIMIENTO EN 2047.

Convócase, en segunda convocatoria, en los términos de los artículos 6.6(b) de los respectivos contratos de

fideicomiso (indentures), a los tenedores de cada una de las siguientes obligaciones negociables emitidas por

YPF S.A. (la “Compañía”): (i) obligaciones negociables clase XLVII con vencimiento en 2021 (las “Obligaciones

Negociables Clase XLVII”); (ii) obligaciones negociables clase XXVIII con vencimiento en 2024 (las “Obligaciones

Negociables Clase XXVIII”); (iii) obligaciones negociables clase XIII con vencimiento en marzo 2025 (las “Obligaciones

Negociables Clase XIII”); (iv) obligaciones negociables clase XXXIX con vencimiento en julio 2025 (las “Obligaciones

Negociables Clase XXXIX”); (v) obligaciones negociables clase LIII con vencimiento en 2027 (las “Obligaciones

Negociables Clase LIII”); (vi) obligaciones negociables clase I con vencimiento en 2029 (las “Obligaciones

Negociables Clase I”); y (vii) obligaciones negociables clase LIV con vencimiento en 2047 (las “Obligaciones

Negociables Clase LIV” y conjuntamente, las “Obligaciones Negociables Existentes”), a cada una de las siguientes

asambleas generales extraordinarias de obligacionistas a celebrarse (i) en segunda convocatoria, el día 11 de

febrero de 2021 a las 8:30 a.m. (hora de la Ciudad de Buenos Aires) y 6:30 a.m. (hora de la Ciudad de Nueva York)

para los tenedores de las Obligaciones Negociables Clase XLVII, (ii) en segunda convocatoria, el día 11 de febrero

de 2021 a las 9:30 a.m. (hora de la Ciudad de Buenos Aires) y 7:30 a.m. (hora de la Ciudad de Nueva York) para los

tenedores de las Obligaciones Negociables Clase XXVIII, (iii) en segunda convocatoria, el día 11 de febrero de 2021

a las 10:30 a.m. (hora de la Ciudad de Buenos Aires) y 8:30 a.m. (hora de la Ciudad de Nueva York) para los

tenedores de las Obligaciones Negociables Clase XIII, (iv) en segunda convocatoria, el día 11 de febrero de 2021 a

las 11:30 a.m. (hora de la Ciudad de Buenos Aires) y 9:30 a.m. (hora de la Ciudad de Nueva York) para los tenedores

de las Obligaciones Negociables Clase XXXIX, (v) en segunda convocatoria, el día 11 de febrero de 2021 a las 12:30

p.m. (hora de la Ciudad de Buenos Aires) y 10:30 a.m. (hora de la Ciudad de Nueva York) para los tenedores de las

Obligaciones Negociables Clase LIII, (vi) en segunda convocatoria, el día 11 de febrero de 2021 a las 1:30 p.m. (hora

de la Ciudad de Buenos Aires) y 11:30 a.m. (hora de la Ciudad de Nueva York) para los tenedores de las Obligaciones

Negociables Clase I, y (vii) en segunda convocatoria, el día 11 de febrero de 2021 a las 2:30 p.m. (hora de la Ciudad

de Buenos Aires) y 12:30 p.m. (hora de la Ciudad de Nueva York) para los tenedores de las Obligaciones Negociables

Clase LIV, (en conjunto, las “Asambleas”), respectivamente. Se informa que en virtud de persistir a la fecha la

situación de pandemia y medidas de aislamiento y/o distanciamiento social preventivo y obligatorio, las Asambleas

se celebrarán de forma remota de acuerdo con lo dispuesto por la normativa aplicable para este tipo de reuniones,

incluyendo la Resolución General CNV N° 830/2020, que se aplicará analógicamente, mediante el sistema “Cisco

Webex Meetings” (https://www.webex.com/es/downloads.html) (“Módulo Cisco Webex Events”) que permite: (i) la

libre accesibilidad a cada una de las Asambleas de todos aquellos obligacionistas o representantes de los

obligacionistas (según corresponda) que se hayan registrado a la misma, con voz y voto, y del resto de los

participantes a las mismas; (ii) la transmisión simultánea de sonido, imágenes y palabras en el transcurso de toda

la reunión; y (iii) la grabación de cada una de las Asambleas en soporte digital; todo ello conforme lo previsto en la

normativa aplicable para este tipo de reuniones. En cada una de las Asambleas se considerarán el siguiente orden

del día: 1) Celebración de la Asamblea a distancia, de ser necesario en caso que continúen vigentes las restricciones

de aislamiento y/o distanciamiento al momento de la Asamblea conforme Resolución General CNV N° 830/2020;

2) Consideración de la designación de uno o más obligacionista/s (o apoderados) a fin de aprobar y firmar el acta

BOLETÍN OFICIAL Nº 34.572 - Segunda Sección 51 Jueves 28 de enero de 2021

de la Asamblea y designación del presidente de la Asamblea, del secretario y los inspectores conforme lo indicado

en el contrato de fideicomiso; 3) Consideración de las modificaciones al contrato de fideicomiso, al suplemento de

precio y a los títulos globales; y 4) Consideración de la autorización para suscribir los documentos para la

implementación de las modificaciones al contrato de fideicomiso, al suplemento de precio y a los títulos globales

y otras eventuales enmiendas que correspondan y otorgamiento de las autorizaciones necesarias a los efectos de

llevar adelante la implementación de las modificaciones aprobadas. NOTA: Cada una de las Obligaciones

Negociables Existentes están representadas en (i) un Certificado Global respecto de tenedores bajo la Regla 144

A de la Ley de Títulos Valores de los Estados Unidos; y (ii) un Certificado Global respecto de tenedores bajo la

Regulación S de la Ley de Títulos Valores de los Estados Unidos (en ambos casos con participaciones beneficiarias

en cada una de las Obligaciones Negociables Existentes), que se encuentran registrados a nombre de Cede & Co.

y depositadas en DTC. Las participaciones beneficiarias en cada una de las Obligaciones Negociables Existentes

constan en registros escriturales mantenidos por DTC y sus participantes directos e indirectos – incluyendo

Euroclear Bank S.A./N.V. y Clearstream Banking, Société Anonyme – (los “Participantes”) quienes detentan dichas

participaciones por cuenta de los beneficiarios finales en cada una de las Obligaciones Negociables Existentes

(los “Beneficiarios Finales”). Los Beneficiarios Finales que deseen votar deberán: (i) dirigir sus instrucciones de

voto directamente, o a través de quien tengan su participación beneficiaria, a los Participantes a través de los

cuales poseen sus Obligaciones Negociables Existentes; o (ii) ponerse en contacto con el banco, corredor o

custodio u otro representante o Participante a través de los cuales poseen sus Obligaciones Negociables Existentes,

para recibir instrucciones respecto de cómo pueden votar en cada una de las Asambleas. Se informa asimismo

que los Beneficiarios Finales que manifiesten a través del sistema “ATOP” de DTC su intención de participar y votar

en cada una de las Asambleas, sean representados en la misma por (i) US Bank National Association, como agente

de fideicomiso (“indenture trustee”) del Contrato de Fideicomiso de las Obligaciones Negociables Clase XLVII,

Obligaciones Negociables Clase XXVIII, Obligaciones Negociables Clase XXXIX y de las Obligaciones Negociables

Clase LIII, y (ii) The Bank of New York Mellon, como agente de fideicomiso (“indenture trustee”) de los Contratos

de Fideicomiso de las Obligaciones Negociables Clase LIV, Obligaciones Negociables Clase I y de las Obligaciones

Negociables Clase XIII (conjuntamente con cualquier sucesor en ese rol, los “Agentes de Fideicomiso de las

Obligaciones Negociables Existentes”), quienes actuaran a través de cada Agente de Consentimiento en Argentina

y en su exclusivo carácter de representante local de los Agentes de Fideicomiso de las Obligaciones Negociables

Existentes, o a través de otras personas que dichos agentes puedan designar a tales efectos, para lo cual se

entenderá que los Beneficiarios Finales que manifiesten su consentimiento a las modificaciones a cada uno de los

Contratos de Fideicomiso correspondientes a cada una de las Obligaciones Negociables Existentes propuestas

mediante su participación en el canje (según el mecanismo previsto en los Documentos de la Oferta de Canje y

Solicitud de Consentimiento), habrán confirmado su asistencia a la Asamblea correspondiente y designado al

Agente de Fideicomiso de las Obligaciones Negociables Existentes y, en consecuencia, a los agentes

correspondientes para que confirmen su asistencia a cada una de las Asambleas, lo representen en cada una de

las Asambleas y comuniquen su voto afirmativo, y para que puedan otorgar poderes de sustitución a otras personas

a tales efectos, según sea el caso, todo ello en los términos y en la extensión previstos en los Documentos de la

Oferta de Canje y Solicitud de Consentimiento (el “Poder”). En tal caso, los Beneficiarios Finales deberán comunicar

la asistencia a cada una de las Asambleas y acreditar la personería del/los representantes/s de los obligacionistas

(incluyendo a través del Poder) de conformidad con el mecanismo descripto en los Documentos de la Oferta de

Canje y Solicitud de Consentimiento. Se informa a los señores Beneficiarios Finales que la Compañía ha

condicionado la efectividad de las modificaciones propuestas con respecto a cualquier serie de Obligaciones

Negociables Existentes a la aprobación de las modificaciones propuestas por parte de los Beneficiarios Finales de

dicha clase de Obligaciones Negociables Existentes que representen la mayoría del monto de capital de dicha

clase de Obligaciones Negociables Existentes en circulación. En ausencia de dicha aprobación, la Compañía se

ha comprometido a no suscribir el contrato de fideicomiso suplementario relacionado a dicha clase de Obligaciones

Negociables Existentes, quedando este sin modificación alguna. En virtud de que las Asambleas se celebrarán en

forma remota, a cualquier efecto que pueda corresponder, se recuerda que la fecha de registro, según la normativa

aplicable, en la cual los Beneficiarios Finales o sus representantes deberán comunicar su participación a las

Asambleas, y enviar la documentación requerida a los efectos de participar en las Asambleas, es el día viernes 5

de febrero de 2021 inclusive, pudiendo la Compañía recibir presentaciones de poderes hasta el día miércoles 10

de febrero de 2021 inclusive. Dentro de las fechas establecidas, deberán enviarse a la siguiente casilla de correo

electrónico asamblea.ons@ypf.com, según corresponda: (i) la comunicación de asistencia a la Asamblea; (ii) la

documentación que acredite la identidad y personería de los asistentes en las condiciones que así lo permitan en

la práctica las medidas de aislamiento, distanciamiento y/o relacionadas con la restricción a la circulación

mencionadas o aquellas similares vigentes en las jurisdicciones de quienes emitan tal documentación; y (iii) una

dirección de correo electrónico válida para remitir comunicaciones. A los Beneficiarios Finales que se hubieran

registrado en el plazo indicado, se les enviará por correo electrónico, a la casilla de correo informada al registrarse

o, en su defecto, a aquélla desde la cual se hubiera registrado, el link de acceso a la asamblea correspondiente

junto con un instructivo de acceso y desarrollo del acto, a fin de que puedan participar de las Asambleas mediante

el sistema descripto. En caso de participar mediante apoderados o representantes legales, los Beneficiarios

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Finales, al registrarse, deberán informar el correo electrónico de sus apoderados o representantes legales

designados, adonde se les enviarán el link y el instructivo antes referidos. Para participar de las Asambleas, los

Beneficiarios Finales o sus representantes, según corresponda, deberán ingresar a dicho link con al menos 20

minutos de anticipación al horario indicado para el comienzo de las mismas. En la apertura del acto se dejará

constancia de los sujetos participantes, del carácter en que cada uno participa en el acto, del lugar donde se

encuentran y del sistema utilizado por la Sociedad a tal efecto. Una vez levantadas las medidas de aislamiento,

distanciamiento y/o relacionadas con la restricción a la circulación o aquellas similares vigentes en las jurisdicciones

de quienes emitan tal documentación, deberán presentar en la sede social de la Compañía los instrumentos

originales autenticados correspondientes en cada caso (y su apostilla), dentro de los 3 días hábiles. La Compañía

se reservará el derecho a, por cualquier razón, (i) suspender, modificar o dejar sin efecto la convocatoria a cada

una de las Asambleas en cualquier momento hasta el vencimiento del plazo para presentación de poderes; y (ii)

posponer y/o no extender el plazo para presentación de poderes. La Compañía realizará las comunicaciones de

acuerdo a la normativa aplicable y de los Contratos de Fideicomiso de las Obligaciones Negociables Existentes.

Designado según instrumento privado acta 47 y acta directorio 442 del 30/04/2020 Guillermo Emilio Nielsen -

Presidente

e. 27/01/2021 N° 3540/21 v. 29/01/2021