N° 4291/21 Aviso del Boletín Oficial
BJOND S.A.
Texto del aviso
BJOND S.A.
CUIT 30-71666493-3. Comunica conforme art. 10 Ley 19.550 que por Asamblea General Extraordinaria del
04/01/2021 se reformó el Estatuto en su artículo tercero, quedando redactado como sigue: “ARTICULO TERCERO:
tiene por objeto realizar por cuenta propia o ajena, en forma independiente o asociada a terceros, dentro o fuera
de la República Argentina, la siguientes actividades, todas ellas relacionadas con su objeto exclusivo de servicios
de recaudación y pago: Organizar sistemas de cobranza de créditos dinerarios de cualquier tipo y brindar servicios
de recaudación, cobranzas y/o pagos por cuenta y orden de terceros mediante medios de pago electrónicos
y/o medios similares tales como efectivo, cheques, transferencias entre cuentas bancarias, tarjetas de crédito o
débito u otros medios de pago nacionales o internacionales e incluso otras formas que puedan existir en el futuro
para la recaudación de todo tipo de pagos principalmente periódicos o recurrentes tales como impuestos, tasas
y contribuciones, servicios públicos, suscripciones, abonos, cuotas sociales, servicios adicionales o especiales,
ventas de productos, donaciones y eventos tanto para actividades públicas o privadas, con o sin fines de lucro,
facilitando el acceso a nuevas formas de servicios principalmente tecnológicos y potenciando sus procesos
BOLETÍN OFICIAL Nº 34.575 - Segunda Sección 5 Lunes 1 de febrero de 2021
operativos, como asimismo la comercialización, distribución, administración, explotación, mantenimiento, soporte,
importación y exportación en todas sus formas de los servicios, productos e insumos (incluyendo terminales
físicas o electrónicas de cobranzas y pagos) referidos previamente; las facultades enunciadas son meramente
ejemplificativas y no limitan las formas de cumplimiento del objeto social. Para el cumplimiento del objeto social, la
sociedad tiene plena capacidad de derecho para realizar cualquier acto jurídico en el país o en el extranjero, realizar
toda actividad lícita, adquirir derechos y contraer obligaciones. Para la ejecución de las actividades enumeradas
en su objeto, la sociedad puede realizar inversiones y aportes de capitales a personas humanas y/o jurídicas,
actuar como fiduciario y celebrar contratos de colaboración; comprar, vender y/o permutar toda clase de títulos y
valores; tomar y otorgar créditos y realizar toda clase de títulos y valores; tomar y otorgar créditos y realizar toda
clase de operaciones financieras, excluidas las reguladas por la Ley de Entidades Financieras y toda otra que
requiera el concurso y/o ahorro público.” Autorizado según instrumento privado Asamblea General Extraordinaria
de fecha 04/01/2021
BRUNO ALBERTO PEGA - T°: 124 F°: 525 C.P.A.C.F.
e. 01/02/2021 N° 4291/21 v. 01/02/2021