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N° 5505/21 Aviso del Boletín Oficial

ROMBO COMPAÑIA FINANCIERA S.A.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES ANONIMAS viernes, 5 de febrero de 2021

Texto del aviso

ROMBO COMPAÑIA FINANCIERA S.A.

CUIT 33-70712490-9. Se protocolizó la Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria Unánime del 15/04/2020,

dejando REFORMADO el ART. 15º del ESTATUTO SOCIAL, el que será del siguiente tenor: ARTICULO DECIMO

QUINTO: En su primera sesión, el Directorio elegirá entre sus componentes a un presidente, que será un director

designado por los accionistas Clase A. En los casos de ausencia o ante cualquier otro motivo que impida

transitoriamente al presidente desempeñar su cargo, éste será ejercido por un Director de su misma clase. La

representación legal de la sociedad corresponde al presidente del directorio, quien deberá actuar conforme

a resoluciones que válidamente adopte el Directorio, resoluciones que deberán obrar en el libro de actas

correspondiente. El presidente del Directorio no tendrá doble voto dirimente. Para los actos que se detallan a

continuación se requerirá la firma conjunta del Presidente y un Director elegido por los accionistas de la Clase

“B”: a) Resolver la apertura o cierre de filiales o cualquier otro tipo de representación en el país o en el extranjero;

b) Conferir poderes especiales o generales, con o sin cláusula de sustitución y revocarlos; c) Vender, comprar

bienes inmuebles, celebrar contratos de locación; d) Gravar con derechos reales de hipoteca o prenda bienes

muebles e inmuebles; e) Convocar a Asambleas Generales Ordinarias y Extraordinarias en los casos previstos

por la legislación vigente; f) Otorgar avales, fianzas y garantías; g) Celebrar contratos de cualquier tipo y especie

por montos mayores a U$S 100.000; h) Aprobar la emisión de obligaciones negociables sin necesidad de una

asamblea de accionistas, de acuerdo a lo establecido por el art. 9 de la ley 23.576 (texto según la Ley 27.440) y de

corresponder, previa resolución del órgano societario competente según la legislación respectiva, cualquier otro

título, papel o instrumento que admita la legislación presente o futura, nacional o extranjera. Autorizado según

instrumento público Esc. Nº 40 de fecha 02/02/2021 Reg. Nº 77

Pablo Emilio Homps - Matrícula: 2745 C.E.C.B.A.

e. 05/02/2021 N° 5505/21 v. 05/02/2021