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N° 6615/21 Aviso del Boletín Oficial

NUEVA INDEPENDENCIA S.R.L.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES DE RESPONSABILIDAD LIMITADA miércoles, 10 de febrero de 2021

Texto del aviso

NUEVA INDEPENDENCIA S.R.L.

Expediente 1725465. CUIT 30-70851766-2. Hace saber que por Instrumento Privado de cesión de cuotas del

26/1/2021, Sandra Daniela CASTRO, titular de CUATRO MIL OCHOCIENTAS(4800) cuotas sociales de valor nominal

$ 1.- cada una, vende cede y transfiere la totalidad de sus cuotas parte, conforme al siguiente detalle: la cantidad

de TRES MIL (3.000) cuotas sociales a Rubén Daniel KOVACH; y la cantidad de UN MIL OCHOCIENTAS (1.800)

cuotas sociales a Alejandro Daniel KOVACH. Claudia Marcela CASTRO, titular de UN MIL DOSCIENTAS(1.200)

cuotas sociales de valor nominal $ 1.- cada una, vende cede y transfiere la totalidad de sus cuotas parte, a

Alejandro Daniel KOVACH. En consecuencia se resuelve reformar el artículo 4° quedando redactado de la siguiente

manera: “CUARTO: El capital social se fija en la suma de PESOS SEIS MIL, dividido en SEIS MIL cuotas de PESOS

UNO valor nominal cada una, totalmente suscriptas e integradas en dinero en efectivo y en este acto por cada

uno de los socios de acuerdo al siguiente detalle: don Alejandro Daniel KOVACH suscribe TRES MIL CUOTAS o

sea PESOS TRES MIL; y don Rubén Daniel KOVACH, suscribe TRES MIL CUOTAS o sea PESOS TRES MIL”. Acto

seguido se aceptó la renuncia al cargo de gerente de Claudia Marcela CASTRO, y se designó en su reemplazo

a los Sres. Alejandro Daniel Kovach, D.N.I. 13.011.185, domicilio real y especial en Condarco 1472, piso 7° “B”,

CABA. Rubén Daniel Kovach, D.N.I. 16.399.191, con domicilio real y especial en Miguel Cane 1648, loc. y pdo.

San Fernando, Prov. De Bs. As. Finalmente, se resolvió prorrogar el plazo de duración de la sociedad quedando el

artículo 2°, redactado de la siguiente manera: “SEGUNDO: El plazo de duración de la sociedad será de 99 AÑOS,

contados a partir de la fecha de inscripción en el Registro Público de Comercio, término que podrá ser prorrogado

por resolución unánime de socios reunidos en Asamblea. Asimismo deberá resolverse por unanimidad de socios

la disolución anticipada de la misma y/o la venta de fondos de comercio de Farmacia de propiedad social.”

Autorizado según instrumento privado de Reunión de socios de fecha 26/01/2021

Jose Luis Marinelli - T°: 42 F°: 783 C.P.A.C.F.

e. 10/02/2021 N° 6615/21 v. 10/02/2021