N° 8621/21 Aviso del Boletín Oficial
BLACK BEAN S.A.
Texto del aviso
BLACK BEAN S.A.
Por escritura del 12/11/2020, Escritura 123, Fº314 del Registro 1835, CABA se constituyó “BLACK BEAN S.A.”
Socios: Manuel Esteban SAJON, argentino, soltero, nacido el 26/3/70, DNI. 21.483.942, CUIL. 20-21483942-4,
empresario, domiciliado en la calle Honduras numero 5709, Piso 1º Depto. “C” CABA y Adriana Laura ZACARIAS,
argentina, soltera, nacida el 23/11/82, comerciante, DNI. 29.921.074, CUIT. 27-29921074-5, domiciliada en Complejo
Villanueva, Barrio Santa Catalina, Lote 257, Benavidez, Pdo.de Tigre, Pcia. de Bs.As.- PLAZO: 99 años. OBJETO:
Tiene por objeto realizar por cuenta propia, o de 3 y/o asociada a 3º las siguientes actividades: I) Importadora de
café en granos, máquinas y accesorios de cafés y tés, producción y elaboración de café tostado y torrado, casas y
tiendas de café, franquicias, gastronomía.- II) Elaboración, distribución, comercialización, importación y exportación
de productos alimenticios en general; cafetería, bebidas alcohólicas y no alcohólicas.- Explotación de negocios y
establecimientos de comercios; merchandising de productos relacionados al ramo restaurant, café, casa de lunch
y despacho de bebidas en general. CAPITAL: $ 100.000 dividido en 10.000 acciones ordinarias, nominativas, no
endosables, de valor nominal $ 10.- c/acción. Suscripción y composición del capital: Manuel Esteban SAJON,
9000 acciones (90%). Adriana Laura ZACARIAS, 9000 acciones (10%).- Administración y Representación: 1 a 10
directores. Presidente y en caso de existir vicepresidente, a ambos en forma indistinta por 3 ejercicios.- Cierre de
BOLETÍN OFICIAL Nº 34.589 - Segunda Sección 5 Viernes 19 de febrero de 2021
Ejercicio: 30/06. Presidente: Adriana Laura ZACARIAS. Director Suplente: Manuel Esteban SAJON, constituyen
domicilio especial en la sede social. Sede: Humboldt 2178 CABA. Autorizado según instrumento público Esc.
Nº 123 de fecha 12/11/2020 Reg. Nº 1835
María Laura Giannetti - Matrícula: 4459 C.E.C.B.A.
e. 19/02/2021 N° 8621/21 v. 19/02/2021