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N° 8511/21 Aviso del Boletín Oficial

INPACO S.A.I.C. E I.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES ANONIMAS viernes, 19 de febrero de 2021

Texto del aviso

INPACO S.A.I.C. E I.

(IGJ 211.590) (CUIT 33-50480803-9) Comunica que por Asamblea Extraordinaria del 20/11/2020 se resolvió: (a)

aumentar el capital social en la suma de $ 25.535.230 (de la suma de $ 187.838.721 a la suma de $ 213.373.951);

(b) emitir 25.535.230, acciones ordinarias, nominativas no endosables de $ 1 peso valor nominal cada una y con

derecho a un voto por acción; (c) fijar una prima de emisión de $ 4 por acción; (d) dejar constancia de que el

accionista Chilempack S.A. renunció a su derecho de suscripción preferente y decidió no suscribir el aumento

de capital; (e) dejar constancia que el accionista VCC Venezolana de Cartones Corrugados, C.A. suscribió la

totalidad de las acciones emitidas e integró en el acto el 100% del aumento del capital social resuelto; y f) reformar

el Art. 4° del Estatuto Social, el que quedó redactado de la siguiente manera: “ARTÍCULO 4°: El capital social es

de Pesos doscientos trece millones trescientos setenta y tres mil novecientos cincuenta y uno ($ 213.373.951),

representado por 213.373.951 acciones de $ 1 (pesos uno) valor nominal cada una. El capital puede ser aumentado

por decisión de la Asamblea Ordinaria hasta el quíntuplo de su monto conforme lo establece el Artículo 188 de

la Ley 19.550”. El capital accionario ha quedado distribuido de la siguiente forma: 1) VCC VENEZOLANA DE

CARTONES CORRUGADOS, C.A., titular de 210.549.176 acciones ordinarias, nominativas no endosables, de valor

BOLETÍN OFICIAL Nº 34.589 - Segunda Sección 9 Viernes 19 de febrero de 2021

nominal $ 1 cada una y con derecho a un voto por acción, totalmente integradas, y 2) CHILEMPACK S.A. titular de

2.824.775 acciones ordinarias, nominativas, no endosables de $ 1 valor nominal cada una, y con derecho a un voto

por acción, totalmente integradas. Autorizado según instrumento privado Acta de Asamblea de fecha 20/11/2020

Daniel Francisco Di Paola - T°: 72 F°: 581 C.P.A.C.F.

e. 19/02/2021 N° 8511/21 v. 19/02/2021