W20 Argentina W20Argentina

N° 7779/21 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 28 - SECRETARÍA NRO. 55

Edictos Judiciales viernes, 19 de febrero de 2021

Texto del aviso

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 28 - SECRETARÍA NRO. 55

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº 28, a cargo de la Dra. María José Gigy Traynor,

Secretaría Nº 55, a cargo del Dr. Pablo D. Bruno, sito en Montevideo 546 piso 3° de esta ciudad, comunica por

cinco días que en autos “Construymat S.R.L. s/quiebra” (expte. nro. 18047/2019) con fecha 5 de febrero de 2021,

se decretó la quiebra de Construymat S.R.L. (CUIT 30-71432207-5) con domicilio en la calle Helguera 67, piso

1°, departamento “C”, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, inscripta en la Inspección General de Justicia el

14/09/2011, bajo el n° 8985 del libro 137 de sociedades de responsabilidad limitada, siendo desinsaculado como

síndico el contador Alejandro Javier Laserna con domicilio en la calle Marcelo T. de Alvear 1261 3º Piso Oficina “51”,

CABA, domicilio electrónico 20252564986, teléfono 154170-0878. Los acreedores deberán requerir la verificación

por vía incidental adecuando su presentación a lo dispuesto por la LC: 280 y siguientes y acreditando el depósito

del arancel previsto por la LC: 32 –de corresponder- en una cuenta a abrirse en el Banco de la Ciudad de Buenos

Aires a nombre de las actuaciones. Se establece como plazo límite hasta el cual podrán presentarse los pedidos

de verificación en forma tempestiva hasta el 30/03/2021. El síndico deberá presentar el informe previsto por la LC:

39 el día 14/06/2021. Se intima a la fallida y a los terceros que entreguen al síndico los bienes que tengan en su

poder, al igual que la documentación relacionada con su contabilidad, previniéndose a los terceros la prohibición

de hacer pagos al mismo bajo apercibimiento de considerarlos ineficaces. Deberá el deudor cumplir en el plazo

de 48 hs. en lo pertinente, con los requisitos del art. 86 segundo párrafo de la ley citada y constituir domicilio en

el radio del Juzgado bajo apercibimiento de tenerlo por constituido en los estrados del juzgado (LC. 88:7). Buenos

Aires, 12 de febrero de 2021. MARIA JOSE GIGY TRAYNOR Juez - PABLO D. BRUNO SECRETARIO

e. 17/02/2021 N° 7779/21 v. 23/02/2021