N° 0501/1362370 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 14 - SECRETARÍA NRO. 27
Texto del aviso
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 14 - SECRETARÍA NRO. 27
El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº 14, a cargo del Dr. ALBERTO ALEMÁN, Secretaría
Nº 27, a cargo del Dra. KARIN F. MARTIN, sito en Callao 635 piso 2º de esta Capital Federal, comunica por 5
días que con fecha 28 de diciembre de 2020, en los autos caratulados: MBC TECNOLOGIA S.R.L. LE PIDE LA
QUIEBRA CABOSH S.A (Expte. 8860/2018) se resolvió decretar la quiebra de MBC TECNOLOGIA S.R.L. (CUIT
30-71471269-8), haciéndole saber a éste y a los terceros que deberán hacer entrega al síndico de los bienes que
posean del fallido. Hágase saber, asimismo, la prohibición de realizar pagos al fallido, los que serán ineficaces. Se
intima al deudor para que entregue al síndico dentro de las 24 horas los libros de comercio y demás documentación
relacionada con la contabilidad, así como también a que dentro de las 48 horas constituya domicilio procesal en
el radio del Tribunal, con apercibimiento de tenerlo constituido en los estrados del Juzgado. Deberá el deudor
cumplir con los requisitos a los que se refiere el art. 86 de la ley 24.522 en cuanto a su remisión a los arts. 11 inc
2, 3, 4, y 5 y en su caso 1, 6, y 7 del mismo texto legal. Fíjese hasta el día 11.05.2021 para que los acreedores por
causa o título anterior a la declaración de quiebra y sus garantes formulen al síndico, vía mail
(SINDICACYQ2020@HOTMAIL.COM) el pedido de verificación de sus créditos; oportunidad en la que deberán
denunciar su tipo y número de documento de identidad, y en su caso, los datos de la cuenta, números de CUIT/
CUIL y CBU incluidos, donde oportunamente deberá transferirse el dividendo concursal. Ver procedimiento que
deben seguir los acreedores en el auto de quiebra. Se fijan las fechas de 23.06.2021 y el 20.08.2021 para las
presentaciones de los informes individual y general previstos en los arts. 35 y 39 de la L.C., respectivamente. Los
ex dependientes de la fallida deberán requerir ante el síndico el certificado de servicios prestados en la fallida,
dentro del plazo de dos años contados a partir de la última publicación de edictos. A cuyo fin deberán concurrir
personalmente o por medio de persona debidamente autorizada con la documentación que acredite su relación
laboral. El síndico designado es la contadora Mónica Lía Lewandowski con domicilio en Bmé. Mitre 1617piso 6°
dpto. 601 (4372-9013) los datos de la cuenta bancaria donde deberán transferirse los montos correspondientes
al arancel verificatorio (art. 32 de la L.C.) es: Banco ICBC –caja de ahorro en pesos N° 0501/1362370//40 CBU
BOLETÍN OFICIAL Nº 34.591 - Segunda Sección 66 Lunes 22 de febrero de 2021
0150501601000362370404. Publíquese por 5 días en el Boletín Oficial sin necesidad de pago previo y sin perjuicio
de asignarse los fondos cuando los hubiere (art. 89 inc. 3 L.C.) Buenos Aires, 17 de febrero de 2021 ALBERTO
ALEMÁN Juez - KARIN MARTIN SECRETARIA
e. 18/02/2021 N° 8166/21 v. 24/02/2021