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N° 12642/21 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 21 - SECRETARÍA NRO. 42

Edictos Judiciales lunes, 8 de marzo de 2021

Texto del aviso

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 21 - SECRETARÍA NRO. 42

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº 21 a cargo del Dr. German Páez Castañeda, Secretaría

Nº 42 a cargo del Dr. Guillermo Carreira González, sito en Marcelo T. de Alvear 1840, piso 3ºde la Capital Federal,

comunica por cinco (5) días que con fecha 9-2-2021 en los autos “Gaido, Nestor Eduardo s/ Quiebra” (Expte.

7174/2020) se decretó la quiebra de Néstor Eduardo Gaido CUIL. Nº 20-4603008-8 con domicilio en la avenida

Congreso 1872, 6, piso “C” de la Ciudad de Buenos Aires. Los acreedores por causa o título anterior a la declaración

de quiebra deberán solicitar la verificación de sus créditos ante el síndico Contadora Julieta Vallejo, domiciliada

en Florida 878, 8º Florida 878, 8º 31 Capital Federal, tel.(011) 56422382 presentando los títulos justificativos hasta

el día 26-5-2021 contando hasta el 9-6-2021 para impugnar las insinuaciones. El síndico presentará los informes

que establecen los arts. 35 y 39 de la ley 24.522 los días 9-8-2021 4- 10-2021respectivamente. Se intima al fallido

y a terceros para que dentro del quinto día hagan entrega al síndico de los bienes que tuvieran en su poder

pertenecientes al fallido. Dispónese la prohibición de efectuar pagos al fallido, los que serán reputados ineficaces.

Se intima al fallido para que dentro de las 24 hs. entregue al síndico los libros de comercio y demás documentación

relacionada con su contabilidad. Verificación de créditos: El interesado podrá optar por la vía remota o vía presencial.

Vía remota: deberá presentarla en el incidente de consulta “Gaido Néstor Eduardo s/Quiebra (expte 7174/2020/1)

Vía Presencial: el insinuante deberá comunicarse previamente por mail con la sindicatura a julietavallejo@yahoo.

com.ar los fines de que se le asigne un turno para que comparezca a dejar la verificación respectiva. Deberá

presentar la documentación original y un solo juego de copias, y deberá, indefectiblemente, también llevar todo

esto digitalizado en formato PDF. Se recibirá la documentación y se le asignará un nuevo turno para la devolución

de los originales. Se hace saber a los interesados que deberán seguir el procedimiento establecido en el punto 2.3

del decreto de quiebra, a cuyo fin podrán efectuar la consulta publica de la causa en la página web del PJN (https://

scw.pjn.gov.ar/scw/home.seam). Se hace saber a los pretensos acreedores que las observaciones deberán ser

enviadas al correo electrónico indicado correspondiente a la sindicatura dentro del plazo previsto por el art. 34

LCQ, que culminara el dia 09/06/2021, individualizando en el asunto al pretenso acreedor impugnado y detallando

las causas en el cuerpo del correo electrónico. Arancel verificatorio: El pago del arancel (cuando corresponda)

deberá ser efectuado por depósito o transferencia bancaria a la caja de ahorro en pesos Nº 3006833911 a nombre

de Casabal, Horacio Luis/Vallejo Julieta del Banco HSBC CBU 1500054100030068339114. El comprobante de la

transferencia o depósito deberá ser acompañada con la documentación a aportar con la insinuación del Crédito.

GERMAN PAEZ CASTAÑEDA Juez - GUILLERMO CARREIRA GONZALEZ SECRETARIO

e. 08/03/2021 N° 12642/21 v. 12/03/2021