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N° 12670/21 Aviso del Boletín Oficial

PRICE WATERHOUSE & CO S.R.L.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES DE RESPONSABILIDAD LIMITADA lunes, 8 de marzo de 2021

Texto del aviso

PRICE WATERHOUSE & CO S.R.L.

CUIT 30-52573387-0. Por reunión de socios del 31/12/2018 por unanimidad: 1) Se designó como socio-gerente a

Paula Verónica Aniasi para incorporarse a la Gerencia, quien aceptó el cargo y fijó domicilio especial en Hipólito

Bouchard 557 Piso 8 C.A.B.A.; 2) Se reformó el artículo quinto (Capital) del Contrato Social, quedando redactado:

“ARTICULO QUINTO: CAPITAL: El capital de la Sociedad se fija en $ 131.100 (pesos ciento treinta y un mil cien) y

se halla dividido en 13.110 cuotas con derecho a un voto por cuota y de $ 10.- (pesos diez) de valor nominal cada

una de la cual son titulares los socios de la siguiente forma: Paula Verónica ANIASI: 28 cuotas; Sebastián AZAGRA:

28 cuotas; María Mercedes BAÑO: 28 cuotas; Carlos Martín BARBAFINA: 528 cuotas; Pablo BORUCHOWICZ:

285 cuotas; Guillermo Miguel BOSIO: 214 cuotas; Carlos Javier BRONDO: 213 cuotas; Nicolás Ángel CARUSONI:

213 cuotas; Claudia Noemí COPPOLA: 285 cuotas; Reinaldo Sergio CRAVERO: 285 cuotas; Marcelo Pablo DE

NICOLA: 528 cuotas; Héctor Diego ETCHEPARE: 285 cuotas; Juan Manuel GALLEGO TINTO: 28 cuotas; María

Carolina GARCIA ZUÑIGA: 285 cuotas; Silvia Patricia GIORDANO: 285 cuotas; Gastón INZAGHI: 285 cuotas;

Mario Ángel JULIO: 285 cuotas; Eduardo Alfredo LOIACONO: 285 cuotas; Diego LOPEZ: 28 cuotas; Carlos Néstor

MARTÍNEZ: 285 cuotas; Gabriel Rolando MARTINI: 556 cuotas; Santiago José MIGNONE: 556 cuotas; Ezequiel Luis

MIRAZON: 285 cuotas; Norberto Fabián MONTERO: 556 cuotas; Sebastián MORAZZO: 285 cuotas; Carlos Alberto

PACE: 285 cuotas; Hernán Rodolfo PEREZ RAFFO: 285 cuotas; Gabriel Marcelo PERRONE: 285 cuotas; Marcelo

Daniel PFAFF: 285 cuotas; Armando Luís RIOPEDRE: 285 cuotas; Fernando Alberto RODRIGUEZ: 285 cuotas;

Norberto Néstor RODRIGUEZ: 285 cuotas; Hernán Pablo RODRIGUEZ CANCELO: 28 cuotas; Alejandro Javier

ROSA: 285 cuotas; Edgardo Horacio SAJON: 285 cuotas; Diego Luís SISTO: 285 cuotas; Martín Tomás STURMER:

28 cuotas; Andrés SUAREZ: 285 cuotas; Ricardo Daniel TAVIERES: 729 cuotas; Mariano Carlos TOMATIS; 285

cuotas; Marcelo Alejandro TRAMA: 285 cuotas; Miguel Ángel URUS: 556 cuotas; Gustavo Ariel VIDAN: 285 cuotas;

Raúl Leonardo VIGLIONE: 285 cuotas; Jorge Frederico ZABALETA: 285 cuotas; y Walter Rafael ZABLOCKY: 285

cuotas.”; y 3) Se reformó el artículo noveno del Contrato Social, quedando redactado: “ARTICULO NOVENO:

Administración. La administración y representación de la sociedad estará a cargo de los socios que se indican

BOLETÍN OFICIAL Nº 34.602 - Segunda Sección 24 Lunes 8 de marzo de 2021

a continuación y que tendrán la calidad de socios gerentes: Paula Verónica ANIASI, D.N.I 24.892.381; Sebastián

AZAGRA, D.N.I 23.513.391, María Mercedes BAÑO, D.N.I 29.151.609; Carlos Martín BARBAFINA, D.N.I 17.341.756;

Pablo BORUCHOWICZ, D.N.I 13.071.439; Guillermo Miguel BOSIO, D.N.I 22.738.386; Carlos Javier BRONDO, D.N.I

22.407.041; Nicolás Ángel CARUSONI, D.N.I 22.970.512; Claudia Noemí COPPOLA, D.N.I 21.110.403; Reinaldo

Sergio CRAVERO, D.N.I 25.061.783; Marcelo Pablo DE NICOLA, D.N.I 17.367.950; Héctor Diego ETCHEPARE, D.N.I

12.081.496; Juan Manuel GALLEGO TINTO, D.N.I 27.685.235; María Carolina GARCIA ZUÑIGA, D.N.I 22.500.258;

Silvia Patricia GIORDANO, D.N.I 14.038.305; Gastón INZAGHI, D.N.I 24.445.582; Mario Ángel JULIO, D.N.I

22.709.475; Eduardo Alfredo LOIACONO, D.N.I 20.026.327; Diego Hernán LOPEZ, D.N.I 23.906.685; Carlos Néstor

MARTINEZ, D.N.I 12.982.447; Gabriel Rolando MARTINI, D.N.I 16.054.191; Santiago José MIGNONE, D.N.I 17.119.447;

Ezequiel Luis MIRAZON D.N.I 21.475.522; Norberto Fabián MONTERO, D.N.I 14.851.358; Sebastián MORAZZO,

D.N.I 23.697.681; Carlos Alberto PACE, D.N.I 14.101.020; Hernán Rodolfo PÉREZ RAFFO, D.N.I 20.694.494; Gabriel

Marcelo PERRONE, D.N.I 16.976.548; Marcelo Daniel PFAFF, D.N.I 14.152.652; Armando Luis RIOPEDRE, D.N.I

14.018.854; Fernando Alberto RODRIGUEZ, D.N.I 16.402.198; Norberto Néstor RODRIGUEZ, D.N.I 17.050.887;

Hernán Pablo RODRIGUEZ CANCELO, D.N.I 21.478.674; Alejandro Javier ROSA, D.N.I 24.886.300; Edgardo

Horacio SAJON, D.N.I18.737.460; Diego Luís SISTO, D.N.I22.293.085; Martín Tomás STURMER, D.N.I 28.752.716;

Andrés SUAREZ, D.N.I 17.203.505; Ricardo Daniel TAVIERES, D.N.I12.776.945; Mariano Carlos TOMATIS, D.N.I

22.147.772; Marcelo Alejandro TRAMA, D.N.I14.643.938; Miguel Ángel URUS, D.N.I 17.781.536; Gustavo Ariel

VIDAN, D.N.I16.321.217; Raúl Leonardo VIGLIONE, D.N.I 17.254.854; Jorge Frederico ZABALETA, D.N.I92.454.330;

Walter Rafael ZABLOCKY, D.N.I 22.870.443. Su designación será por tiempo indeterminado mientras dure su

calidad de socios, sin prejuicio de la revocación de su designación por el voto de la mayoría de los socios. La

designación y la remoción deberán ser publicadas e inscriptas en el Registro Público de Comercio. Gerentes. La

actuación de los socios gerentes será individual, no integrando los mismos una gerencia colegiada, y pudiendo

cualquiera de ellos realizar, en forma indistinta, los actos de administración, bajo su responsabilidad individual.

Gerentes Delegados. En el supuesto en que el número de gerentes designados excediera de ocho, la reunión de

socios designará anualmente, de entre los mismos, a cinco de ellos que actuarán, por delegación del conjunto de

los socios, como Gerentes Delegados, y a otros tres que, como suplentes, reemplazarán a los Gerentes Delegados

en caso de ausencia o impedimento de éstos. Los Gerentes Delegados tendrán la responsabilidad de celebrar y

llevar adelante ciertos actos de administración mediante la firma conjunta de dos de ellos, sin que esto implique

el desempeño de una gerencia colegiada ni acarree para los firmantes una responsabilidad que exceda la que

les corresponda por su intervención directa en los actos en que hayan participado. Se requerirá la actuación de

al menos dos Gerentes Delegados para obligar a la sociedad en los siguientes casos: i) para realizar actos de

disposición de bienes de la sociedad; ii) para celebrar alianzas, estratégicas, uniones transitorias de empresas,

agrupaciones de colaboración, consorcios u otra forma legal de actuar conjuntamente con otra sociedad o firma;

iii) Celebración de contratos relevantes entendiéndose por tales, aquellos cuyo monto supere el que anualmente

establezca al efecto la reunión de socios. No se encuentran incluidos en esta limitación los contratos de venta

de servicios propios del objeto social, los que podrán ser celebrados individualmente por cada socio gerente; iv)

para endeudar a la Sociedad por una suma mayor a la que anualmente determine al efecto la reunión de socios;

v) para suscribir pagarés, letras de cambio y otros títulos de crédito, u otorgar fianzas o avales, que obliguen a la

Sociedad. Los socios gerentes tienen prohibido comprometer a la Sociedad en actos extraños al objeto social, o

dar fianzas o avales a favor de terceras personas por razones ajenas a las actividades sociales. La sociedad podrá

disponer por el voto de la mayoría de sus socios que todos o algunos de los socios gerentes se desempeñen en

relación de dependencia. La garantía que prestarán los socios gerentes será de pesos $ 10.000 o su equivalente,

o el mayor importe que pudiera exigir la normativa vigente al momento de cada designación. Dicha garantía deberá

consistir, a opción de cada administrador, en bonos, títulos públicos, sumas de moneda nacional o extranjera

depositadas en entidades financieras o cajas de valores a la orden de la sociedad; o en fianzas o avales bancarios

o seguros de caución o de responsabilidad civil a favor de la sociedad, cuyo costo deberá ser soportado por

cada administrador. En ningún caso se podrá constituir la garantía mediante el ingreso directo de los fondos a la

caja social. Cuando la garantía consista en depósitos de bonos, títulos públicos o sumas de moneda nacional o

extranjera, las condiciones de su constitución deberán asegurar su indisponibilidad mientras esté pendiente el

plazo de prescripción de eventuales acciones de responsabilidad.” Autorizado según instrumento privado Reunión

de Socios de fecha 31/12/2018

THOMAS ALEXANDER SZERMAN FALCON - T°: 129 F°: 574 C.P.A.C.F.

e. 08/03/2021 N° 12670/21 v. 08/03/2021