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N° 11105/21 Aviso del Boletín Oficial

TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL - CORRIENTES

Edictos Judiciales lunes, 8 de marzo de 2021

Texto del aviso

TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL - CORRIENTES

Por disposición de S. Sa. el Señor Juez de Ejecución ante el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Corrientes, Dr.

FERMÍN AMADO CEROLENI, se ha ordenado la publicación en el Boletín Oficial, por el termino de cinco (5) días,

de lo dispuesto en la Sentencia de Nº 74, de fecha 28 diciembre de 202020, en la causa Nº FCT 3255/2018/TO1

caratulada: “BARRÍA FERNANDEZ, JUAN CARLOS S/ Infracción Ley 23.737 (ART. 5 INC. “C”), respecto de: JUAN

CARLOS BARRÍA FERNANDEZ – alias el negro- DNI Nº 94.593.496, de nacionalidad Paraguaya, con radicación

BOLETÍN OFICIAL Nº 34.602 - Segunda Sección 76 Lunes 8 de marzo de 2021

permanente en la República Argentina, de 38 años de edad, nacido el 12 mayo de 1981, en Coronel Bogado,

República del Paraguay, soltero, albañil, instruido, hijo de Enrique Barría (f) y Julia Fernández (v), con domicilio en

el barrio “Toba” de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe, actualmente cumpliendo detención en la “Colonia

Penal de Sáenz Peña”, provincia del Chaco, dependiente del Servicio Penitenciario Federal.-, la que dispone:

“SENTENCIA Nº 74. CORRIENTES, 28 de diciembre de 2020.- Y VISTOS: Por los fundamentos precedentes; SE

RESUELVE: 1º) DECLARAR formalmente admisible la solicitud de aplicación de procedimiento de Juicio Abreviado

formalizada por las partes.- 2º) CONDENAR a JUAN CARLOS BARRÍA FERNÁNDEZ –alias el negro-, DNI

Nº 94.593.496, ya filiado en autos, a la pena de cuatro (04) años de prisión, y multa de pesos cinco mil ($ 5.000,00),

la que deberá hacerse efectiva en el término de treinta (30) días de quedar firme la presente (artículos 12, 40, 41, y

45 del Código Penal), como autor penalmente responsable del delito previsto y reprimido por el artículo 5º inciso

c) de la Ley 23.737, en la modalidad de “Transporte de Estupefacientes”, con costas (artículos 530, 531 y 533 del

CPPN).- 3º) … 4º) … 5º) … 6º) … 7º) PROTOCOLIZAR, publicar, cursar las comunicaciones correspondientes, una

vez firme este pronunciamiento, practicar por Secretaría el cómputo de Pena, fijando la fecha de su vencimiento

(artículo 493 del CPPN); 8º) OPORTUNAMENTE archivar.- Fdo.: Dr. Fermín Amado Ceroleni – Juez de Cámara –

Tribunal Oral en lo Criminal federal – Corrientes.- Ante mí: Dr. José Alfredo Rach.- Secretario – Tribunal Oral en lo

Criminal Federal – Corrientes.- DR. FERMIN AMADO CEROLENI Juez - DR. SEBASTIAN AVILA SECRETARIO DE

EJECUCIÓN PENAL

e. 02/03/2021 N° 11105/21 v. 08/03/2021