N° 12748/21 Aviso del Boletín Oficial
TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL PARANÁ - ENTRE RÍOS
Texto del aviso
TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL PARANÁ - ENTRE RÍOS
Por disposición de la Sra. Presidente, Dra. Lilia G. Carnero; se ha ordenado comunicar la parte resolutiva en lo
pertinente de fs. 283/284, de la causa FPA 9100696/2002/TO1 caratulado “PONCE, JUAN CARLOS S/TENTATIVA
DE CONTRABANDO”, que tramitara ante este Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Paraná, a los fines de la
notificación del SOBRESEIMIENTO de Juan Carlos PONCE, sin sobrenombre o apodo, de nacionalidad uruguaya,
C.I. uruguaya N° 3.952.539-7, nacido el 30 de marzo de 1934, en Paysandú, Rca. Oriental del Uruguay, de estado
civil casado, de instrucción primaria completa, sin ocupación, hijo de Julia Ponce, con último domicilio denunciado
en calle Democracia y 25 de Paysandú R.O.U., de acuerdo al siguiente texto que se transcribe: “///raná, 11 de
febrero de 2021.- RESOLUCIÓN N° 10 /21.- ///raná, 12 de Febrero de 2021.- Y VISTOS: El presente expediente
FPA 9100696/2002/TO1 caratulado “PONCE, JUAN CARLOS S/TENTATIVA DE CONTRABANDO”, venido a
consideración del Tribunal, a los fines de resolver la situación procesal del procesado Juan Carlos PONCE, y
CONSIDERANDO:… SE RESUELVE: 1.- DECLARAR EXTINGUIDA LA ACCIÓN PENAL por prescripción (arts. 59
inc. 3 y 62 inc. 2 del C.P.) y, en consecuencia SOBRESEER (arts. 336 inc. 1 y 361 del C.P.P.N.) a Juan Carlos PONCE,
sin sobrenombre o apodo, de nacionalidad uruguaya, C.I. uruguaya N° 3.952.539-7, nacido el 30 de marzo de 1934,
BOLETÍN OFICIAL Nº 34.606 - Segunda Sección 72 Viernes 12 de marzo de 2021
en Paysandú, Rca. Oriental del Uruguay, de estado civil casado, de instrucción primaria completa, sin ocupación,
hijo de Julia Ponce, con último domicilio denunciado en calle Democracia y 25 de Paysandú R.O.U., por el delito
de contrabando de exportación, calificado por la intervención de tres personas, en grado de tentativa (arts. 863,
864 inc. a) y 865 del Código Aduanero). 2.- IMPONER las costas de oficio (art. 531 del C.P.P.N.). REGISTRESE,
publíquese, notifíquese a las partes, líbrense las comunicaciones del caso, y, en estado, archívese. Fdo. Lilia G.
Carnero – Presidente; ante mí Beatriz M. Zuqui –Secretaria.- ”
Lilia Graciela Carnero Juez - Beatriz Maria Zuqui Secretaria de Cámara
e. 08/03/2021 N° 12748/21 v. 12/03/2021