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N° 16670/21 Aviso del Boletín Oficial

FORTERAS INTERMEDIACIÓN DE NEGOCIOS S.A.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES ANONIMAS lunes, 22 de marzo de 2021

Texto del aviso

FORTERAS INTERMEDIACIÓN DE NEGOCIOS S.A.

Por Esc. 78 del 18-3-21 se constituyó la sociedad. Socios: RAÚL FELIPE MELO FAJARDO, argentino, 20/1/1997,

DNI 19027034, domicilio real en Av. Santa Fe 5211, C.A.B.A.; y JORGE HERNÁN MELANO SOTO, colombiano,

29/12/1994, DNI 95253769, domicilio real en Guido 1948, 8° Piso, Depto. “K”, C.A.B.A.; ambos solteros y

empresarios. Plazo: 99 años; Objeto: Compra, venta, importación, exportación, e intermediación de servicios y

bienes informáticos, intercambio electrónico de datos, tokens digitales, y bienes digitales, transferencia electrónica

de fondos, organización, desarrollo, administración y operación de plataformas electrónicas informáticas

automatizadas, páginas web y/o redes sociales para la compra y venta de todo tipo de bienes en especial de bienes

electrónicos, creados o a crearse por la sociedad o por terceros, servicios de intermediación que incluyen pagos

por cuenta y orden de terceros. Las actividades mencionadas deberán ser efectuadas por personas con título

habilitante cuando así lo requiera la normativa vigente. Quedan excluidas las cobranzas judiciales y las actividades

reservadas exclusivamente a entidades financieras, o administradoras de fondos comunes de inversión, y otras

actividades que requieren expresa autorización, de acuerdo a la legislación y reglamentaciones aplicables. Capital:

$ 100.000 dividido en 1.000 acciones de $ 100 cada una, suscripto de la siguiente forma: Raúl F. Melo Fajardo 950

acciones, y Jorge H. Melano Soto, 50 acciones. Presidente: Raúl Felipe Melo Fajardo; Director Suplente: Jorge

Hernán Melano Soto, ambos con domicilio especial en sede social. Sindicatura: prescinde; Cierre de ejercicio:

31/12; Sede: Av. Corrientes 1386, 10° Piso, C.A.B.A. Autorizado según instrumento público Esc. Nº 78 de fecha

18/03/2021 Reg. Nº 1970

Rodrigo Monti - T°: 68 F°: 764 C.P.A.C.F.

e. 22/03/2021 N° 16670/21 v. 22/03/2021