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N° 17764/21 Aviso del Boletín Oficial

MEDPROTEC S.A.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES ANONIMAS jueves, 25 de marzo de 2021

Texto del aviso

MEDPROTEC S.A.

Se hace saber que por escritura pública N° 284 de fecha 16/03/2021 se constituyó una sociedad anónima: 1)

Accionistas: Ariel Sergio Márquez de la Serna, empleado, soltero, argentino, nacido el 05/06/1980, DNI 28.230.456

y CUIT N° 20-28230456-3, con domicilio en Caseros 2618, Olivos, Vicente López, Provincia de Buenos Aires y Juan

Martín Campos, empleado, soltero, argentino, nacido el 01/06/1990, DNI 35.228.678 y CUIT N° 20-35228678-9,

con domicilio en Sucre 1023, Barrio Los Horneros, Lote 18, Ingeniero Maschwitz, Escobar, Provincia de Buenos

Aires; 2) Denominación Social: Medprotec S.A.; 3) Sede Social: Niceto Vega 4709, Ciudad Autónoma de Buenos

Aires.; 4) Objeto: comercializar, en cualquier parte de la República Argentina o del extranjero, a los siguientes

servicios: I) Medicina Integral: La prestación de servicio de asistencia, asesoramiento y orientación médica,

organización, ofreciendo y prestando toda clase de tratamiento médico, odontológico, quirúrgico, físico, químico,

psíquico electrónico y nucleico, basados en procedimientos científicos aprobados, a realizarse por medio de

profesionales con título habilitante de acuerdo con las reglamentaciones en vigor. II) Laboratorios de Análisis

Clínicos: La prestación de servicios de laboratorio y análisis clínicos y especialidades medicinales. Cuando sea

requerido por disposición de las leyes o reglamentaciones en vigencia, todas las actividades relacionadas que

signifiquen ejercicio de la medicina serán realizadas por profesionales con título habilitante. Para el cumplimiento

de su objeto social, la sociedad tendrá plena capacidad legal para adquirir derechos, contraer obligaciones y

llevar a cabo todo acto que no esté prohibido por la ley o por el estatuto; 5) Duración: 99 años a contar desde

la inscripción del estatuto en el Registro Público; 6) Capital: $ 100.000. Se representan en 100.000 de acciones

nominativas no endosables de pesos uno ($ 1) valor nominal cada una, y con derecho a un voto por acción.

El capital puede aumentarse al quíntuplo por Asamblea ordinaria, mediante la emisión de acciones legales de

iguales características a las que se hallan en curso, emisión que la Asamblea podrá delegar en el directorio en

los términos del Artículo 188 de la Ley 19.550. Suscripción e integración: Ariel Sergio Márquez de la Serna 95.000

acciones nominativas no endosables de $ 1 valor nominal, es decir por 95.000 pesos, equivalente al 95% del

capital social y votos de la sociedad, y Juan Martín Campos suscribe 5.000 acciones nominativas no endosables

de $ 1 valor nominal, que corresponden a 5.000 pesos, equivalente al 5% del capital social y votos de la sociedad.

Los accionistas en este acto integran el veinticinco por ciento (25%) de la suscripción. El setenta y cinco por ciento

(75%) restante del capital social será integrado en el plazo legal establecido por la Ley General de Sociedades

número 19.550, en efectivo.; 7) Administración: mínimo de 1 (uno) y un máximo de 5 (cinco) directores titulares

e igual o menor número de suplentes. Los directores designarán al Presidente del Directorio y, en caso de estar

BOLETÍN OFICIAL Nº 34.617 - Segunda Sección 10 Jueves 25 de marzo de 2021

compuesto el Directorio por más de un miembro, un Vicepresidente. Director titular: Ariel Sergio Márquez de

la Serna, con domicilio en Caseros 2618, Olivos, Vicente López, Provincia de Buenos Aires. Director Suplente:

Juan Martín Campos, con domicilio en Sucre 1023, Barrio Los Horneros, Lote 18, Ingeniero Maschwitz, Escobar,

Provincia de Buenos Aires; 8) Representación legal: corresponde al Presidente, y al Vicepresidente en caso de

ausencia o impedimento de aquel; 9) Fiscalización: prescinde de la Sindicatura; 10) Cierre de ejercicio: 31 de

diciembre. Autorizado según instrumento público Esc. Nº 284 de fecha 16/03/2021 Reg. Nº 359

Micaela Palomo - T°: 114 F°: 291 C.P.A.C.F.

e. 25/03/2021 N° 17764/21 v. 25/03/2021