N° 19576/21 Aviso del Boletín Oficial
PRICEWATERHOUSECOOPERS SERVICE DELIVERY CENTER (ARGENTINA) S.R.L.
Texto del aviso
PRICEWATERHOUSECOOPERS SERVICE DELIVERY CENTER (ARGENTINA) S.R.L.
(30-71141665-6) Por Reunión de Socios del 12 de noviembre de 2019 se resolvió reformular el artículo 3 del
Contrato social de que la siguiente manera: “ARTÍCULO TERCERO: Objeto Social: La Sociedad tendrá por objeto
el desarrollo de las siguientes actividades por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros, dentro de la
República Argentina y/o en el extranjero: I) Servicios: Prestación de toda especie de servicios de asesoramiento,
servicios de contabilidad general, revisión de sistemas, procesos y controles, verificación de cumplimiento de
normas, generación de información a partir de datos suministrados, examinar y/o procesar y/o manejar información
BOLETÍN OFICIAL Nº 34.621 - Segunda Sección 29 Miércoles 31 de marzo de 2021
y/o documentación comercial y/o industrial de terceros para actualizar todo tipo de registros y/o asegurar y/o
mejorar y/o controlar y/o comprobar la exactitud, calidad, veracidad, completitud, relevancia, orden, utilidad,
comprensión, o cualquier otra característica de la misma, o de su contexto, y tareas administrativas relacionadas,
con el fin de que los usuarios de esa información y/o documentación puedan continuar con otros procesos y/o
tomar decisiones con mayor conocimiento y precisión, excluyendo la emisión de dictámenes en materia económica
y contable a fines judiciales, administrativos o que estén destinados a hacer fe pública, para los que resulte
necesario título de contador público nacional según Ley N° 20.488 y, en general, toda prestación de servicios
profesionales que requiera título habilitante extendido a personas físicas conforme a las leyes de la República
Argentina. Las prestaciones de servicios podrán desarrollarse dentro del territorio de la República Argentina y/o
en el extranjero con destino a prestatarios en el exterior y/o, eventualmente, a sujetos en el país; II) Servicios
vinculados a tecnología: Creación, diseño, desarrollo, producción e implementación o adaptación de productos
y servicios y su documentación técnica asociada, tanto en su aspecto básico como aplicado, incluyendo el que
se elabore para ser incorporado a procesadores y/u otros dispositivos tecnológicos: (a) desarrollo de productos
y servicios de software aplicables a actividades de e-learning, marketing interactivo, e-commerce, servicios de
provisión de aplicaciones, edición y publicación electrónica de información, (b) desarrollo y puesta a punto para
terceros de productos software propios o creados para terceros y de productos registrados, (c) desarrollo de
software a medida, (d) servicios informáticos para mejorar la seguridad de equipos y redes, la confiabilidad de
programas y sistemas de software, la calidad de los sistemas y datos y la administración de la información y el
conocimiento de las organizaciones, (e) desarrollo de partes de sistemas, módulos, rutinas, procedimientos y
documentación y su integración a productos software, (f) Entrenamiento y educación de personas en la aplicación,
operación, programación, reparación y mantenimiento de los equipos y programas mencionados; (g) servicios de
diseño, codificación, implementación, mantenimiento, soporte a distancia, resolución de incidencias, conversión
y/o traducción de lenguajes informáticos, adición de funciones, preparación de documentación para el usuario y
garantía o asesoramiento de calidad de sistemas, y/o (h) Operación de centros de computación y la prestación
de servicios a terceros. Las actividades podrán desarrollarse dentro del territorio de la República Argentina y/o
en el extranjero con destino a prestatarios en el exterior y, eventualmente, a sujetos en el país; y iii) Servicios
relacionados a soluciones de automatización: Fabricación, puesta a punto, mantenimiento e introducción de bienes
y servicios orientados a soluciones de automatización en la producción que incluyan ciclos de retroalimentación
de procesos físicos a digitales y viceversa, estando en todo momento, exclusivamente caracterizado por el uso
de tecnologías de la industria 4.0, tales como inteligencia artificial, robótica e internet industrial, internet de las
cosas, sensores, manufactura aditiva, realidad aumentada y virtual. A tales efectos, la Sociedad podrá celebrar y
ejecutar, por cuenta propio o de terceros, toda clase de acuerdos y actos jurídicos, sean civiles o comerciales, con
entidades públicas o privadas, incluyendo su participación en licitaciones públicas o privadas, o cualquier otro tipo
de acuerdos, sean contratos principales o de garantía sobre bienes de la Sociedad, directamente vinculados al
objeto social y que se consideren convenientes para el cumplimiento del mismo. Para el cumplimiento de su objeto
social, la Sociedad tendrá plena capacidad legal para adquirir derechos, contraer obligaciones y llevar a cabo todo
acto que no esté prohibido por la ley o por este contrato social”. Autorizado según instrumento privado Acta de
Reunión de Socios de fecha 12/11/2019
GUIDO ANTOLINI - T°: 132 F°: 445 C.P.A.C.F.
e. 31/03/2021 N° 19576/21 v. 31/03/2021