W20 Argentina W20Argentina

N° 20352/21 Aviso del Boletín Oficial

DESTILADOS PORTELA S.R.L.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES DE RESPONSABILIDAD LIMITADA martes, 6 de abril de 2021

Texto del aviso

DESTILADOS PORTELA S.R.L.

Constitución: 05/04/2021.- JUAN IGNACIO ARRIEGUE, Argentino, DNI 30.392.079, casado, CUIT N° 20-30392079-

0, Blanco Encalada 5570, piso 6to, Dpto. A, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, mayor de edad y hábil, LUCAS

PABLO CANAMASAS, Argentino, DNI 30.448.036, divorciado, CUIT 20-30448036-0, Humaitá 2596, frente, Beccar,

San Isidro, Provincia de Buenos Aires, mayor de edad y hábil, JAVIER ALBERTO MURDOCCA, Argentino, DNI

30.746.699, soltero, CUIT 20-30746699-7, Portela 670, PB, Dpto. 4, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, mayor

de edad y hábil, NICOLAS NAZAR, Argentino, DNI 30.449.156, soltero, CUIT N° 20-30449156-7, Tte. Benjamín

Matienzo 1704, piso 6to, Dpto. B, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, mayor de edad y hábil, Y JUAN MARTIN ROJO

JOJOT, Argentino, DNI 30.745.793, casado, CUIT N° 20-30745793-9, Peña 2679, PB, Dpto. 7, Ciudad Autónoma

de Buenos Aires, mayor de edad y hábil. 2.- Destilados Portela S.R.L. 3.- Duración 99 años. 4.- La sociedad

tiene por objeto dedicarse por cuenta propia o de terceros, o asociada a terceros, las siguientes actividades:

a) COMERCIALES, compra, venta, consignación, depósito, importación, exportación, licitación, empaquetado,

envasado, comisión, distribución y representación, por mayor y menor de todo tipo de bebidas con graduación

alcohólica y no alcohólica, así como objetos de merchandising en relación a las mismas, la explotación de

bares, restaurantes, locales comerciales y organización de eventos tendientes a la comercialización y promoción

de los mismos; b) INDUSTRIALES, producción, elaboración, fraccionamiento, transformación, fabricación e

industrialización de los productos referidos en el apartado que antecede, ya sea en establecimientos propios

o de terceros; c) CONSULTORIA, asesoría para emprendimientos de destilación y producción de bebidas con

graduación alcohólica, así como dictado de cursos, seminarios y clases individuales y colectivas con relación a

procesos de producción de bebidas con graduación alcohólica. Para el cumplimiento de estos fines la Sociedad

tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones y ejercer los actos que no sean

prohibidos por las leyes o éste estatuto. 5.- Capital social $ 100.000. 6.- La administración, representación legal

de la sociedad estará a cargo de una gerencia, compuesta por el número de gerentes -socios o no- que fije la

reunión de socios, entre un mínimo de uno y un máximo de 5 con mandato por tiempo indeterminado. La reunión

de socios puede designar suplentes en igual o menor número que los titulares y por un mismo plazo, a fin de llenar

las vacantes que se produjeran, en el orden de su elección. La gerencia funciona con la presencia de la mayoría

absoluta de sus miembros y resuelve por mayoría de votos presentes. La representación legal y administración de

la sociedad estará a cargo indistintamente de cualquiera de los gerentes. En el supuesto que la reunión de socios

fije en uno el número de gerentes, la representación y administración de la sociedad estará a cargo de dicho

gerente en forma exclusiva. Se rige supletoriamente en todo lo que no esté expresamente previsto en este estatuto

por lar normas que rigen el funcionamiento del directorio de las sociedades anónimas. La reunión de socios fija

la remuneración de los gerentes. 7.- Los gerentes constituyen garantía de $ 10.000 por el ejercicio de su función..

8.- Los gerentes tienen todas las facultades para administrar y disponer de los bienes, incluso aquellas para las

cuales se requiere poderes especiales. Pueden en consecuencia celebrar en nombre de la sociedad toda clase

de actos jurídicos que tiendan al cumplimiento del objeto social, entre ellos, operar con el Banco de la Nación

Argentina, Hipotecario S.A., de la Provincia de Buenos Aires y demás instituciones de crédito oficiales o privadas,

establecer agencias, sucursales u otra especie de representación dentro o fuera del país, otorgar a una o más

personas poderes judiciales -inclusive para querellar criminalmente- o extrajudiciales con el objeto y extensión que

juzguen conveniente. La representación legal de la sociedad corresponde a cualquiera de los gerentes actuando

en forma individual e indistinta. 9.- La sociedad prescinde de la sindicatura. 10.- Las resoluciones sociales se

adoptarán conforme a lo dispuesto en el artículo 159 de la ley N° 19.550. 11.- Las cuotas sociales no son libremente

transmisibles. Éstas otorgan a su titular el derecho preferente a la suscripción de nuevas cuotas sociales en

proporción a las que posea. En caso de que sea voluntad de uno o varios de los socios transmitir sus cuotas sociales,

deberá/n primeramente hacer ofrecimiento de las mismas al resto de los socios, a través de notificación fehaciente

al domicilio social y otorgar un plazo de 30 días corridos a los efectos de que los socios ejerzan su derecho de

opción. Vencido el plazo indicado en el párrafo anterior, sin que ninguno de los socios haya hecho ejercicio de su

derecho de opción, el/los socio/s cuya voluntad fuere transmitir sus cuotas sociales podrá/n hacerlo libremente.

Es causal de resolución parcial del presente contrato la muerte de un socio. 12.- 30 de abril de cada año. 13.- La

liquidación será practicada por el/los gerente/s o por la persona que designen los socios, bajo la vigilancia del

síndico, en su caso. Cancelado el pasivo y reembolsado el capital, el remanente se repartirá entre los socios, en

proporción a sus respectivas tenencias. 14.- JUAN IGNACIO ARRIEGUE, 20.000 cuotas por un capital de $ 20.000,

LUCAS PABLO CANAMASAS, 20.000 cuotas por un capital de $ 20.000, JAVIER ALBERTO MURDOCCA, 20.000

cuotas por un capital de $ 20.000, NICOLAS NAZAR, 20.000 cuotas por un capital de $ 20.000 y JUAN MARTIN

BOLETÍN OFICIAL Nº 34.624 - Segunda Sección 24 Martes 6 de abril de 2021

ROJO JOJOT, 20.000 cuotas por un capital de $ 20.000. Todas las cuotas tendrán derecho a un voto por cuota.

La integración será 25% en efectivo y el saldo el término de 2 años a contar de la fecha. 15.- Gerente Titular: JUAN

MARTIN ROJO JOJOT. Constituye domicilio especial en Peña 2679, PB, Dpto. 7, Ciudad Autónoma de Buenos

Aires. Gerente Suplente: JAVIER ALBERTO MURDOCCA. Constituye domicilio especial en Portela 670, PB, Dpto.

4, Ciudad Autónoma de Buenos Aires 16.- Sede Social Portela 670, PB, Dpto. 4, Ciudad Autónoma de Buenos

Aires.- Autorizado según instrumento privado Reunión de Socios de fecha 05/04/2021

Javier Alberto Murdocca - T°: 103 F°: 556 C.P.A.C.F.

e. 06/04/2021 N° 20352/21 v. 06/04/2021