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N° 21380/21 Aviso del Boletín Oficial

ACUARIANOS AL PODER S.R.L.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES DE RESPONSABILIDAD LIMITADA viernes, 9 de abril de 2021

Texto del aviso

ACUARIANOS AL PODER S.R.L.

C.U.I.T 30-71559165-7.- Por escritura del 22/03/2021 se modificaron los artículos tercero y sexto del estatuto

social de “ACUARIANOS AL PODER S.R.L. “ los cuales quedaron redactados de la siguiente manera: ARTÍCULO

TERCERO: Tiene por objeto realizar por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros, en cualquier parte de la

República o del extranjero, las siguientes actividades: La comercialización y/o producción artística de espectáculos

BOLETÍN OFICIAL Nº 34.627 - Segunda Sección 22 Viernes 9 de abril de 2021

y eventos especiales como producciones teatrales, televisivas, radiales, fílmicas, discográficas, musicales y de

conciertos en cualquier formato; y la representación y contratación de artistas así como también todo otro evento

o servicio que se relacione con la industria del espectáculo y la música en general y la compra, venta, importación,

exportación, de material musical y fílmico, equipamiento de audio, instrumentos musicales, derechos televisivos,

de cine y demás formatos, artículos de colección.- A tal fin, la sociedad tiene plena capacidad jurídica para

adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer los actos que no sean prohibidos por las leyes o este estatuto.-

ARTÍCULO SEXTO: La administración y representación legal y el uso de la firma social, estará a cargo de uno o más

gerentes en forma indistinta, que durarán en sus funciones por toda la vigencia del contrato.- En el ejercicio de sus

funciones, pueden celebrar en nombre de la sociedad toda clase de actos jurídicos que tiendan al cumplimiento del

objeto social, entre ellos, constituir derechos reales, vender, comprar, permutar, ceder, y tomar o dar en locación

bienes muebles‚ inmuebles, como otorgar poderes generales y especiales con el objeto y extensión que estime

conveniente, inclusive judiciales, y para querellar criminalmente, absolver posiciones, operar con los Bancos de

la Nación Argentina, Nacional de Desarrollo, de la Provincia de Buenos Aires, Hipotecario Sociedad Anónima, y

demás instituciones de crédito, tanto oficiales como privadas, abriendo cuentas bancarias con o sin provisión de

fondos, girar contra ellas, firmar o endosar cheques, vales o pagar‚ y suscribir en general toda clase de contratos

bancarios.- Se deja constancia que la precedente enumeración no es taxativa sino simplemente enunciativa,

debiendo considerarse comprendidos todos los actos y contratos que se relacionen directa o indirectamente

con el objeto social, incluso los actos para los cuales se requieren poderes especiales, como los previstos en los

artículos 375 del Código Civil y Comercial de la Nación y 9º del Decreto ley 5965/63, con la única limitación de que

la firma social no podrá comprometerse en prestaciones gratuitas o en avales y/o fianzas a favor de terceros.- Los

gerentes depositarán en la sociedad, en concepto de garantía, la suma de quinientos pesos, en efectivo, o en

títulos públicos Autorizado según instrumento público Esc. Nº 145 de fecha 26/03/2021 Reg. Nº 526

Jorge Alberto Molinari - Matrícula: 2116 C.E.C.B.A.

e. 09/04/2021 N° 21380/21 v. 09/04/2021