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N° 15935/2019 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 24 - SECRETARÍA NRO. 48

Edictos Judiciales jueves, 15 de abril de 2021

Texto del aviso

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 24 - SECRETARÍA NRO. 48

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº 24, Secretaría Nº 48 sito en M T. de Alvear 1840 P.B.

de CABA comunica por cinco días en los autos “5 CEPAS SRL S/QUIEBRA”, expte Nº 15935/2019, CUIT Nro. 30-

71522370-4, que el 26.03.2021 se ha decretado la presente quiebra. Los acreedores presentar las peticiones de

verificación y títulos pertinentes ante el síndico (LCQ: 32) hasta el 21.05.2021 ante el Síndico designado Contadora

Gisela Romera, con domicilio electrónico 27-26906991-6 y constituido en Reconquista 715, P. 4, E, Capital Federal,

T.E: 15-2357-5252. A tales efectos se formará un “incidente de insinuación de créditos en los términos del art. 32

de la ley 24.522” a fin de que los acreedores con asistencia letrada ingresen digitalmente sus insinuaciones y la

documentación respaldatoria. Las ingresadas hasta las 20 hs. Se consideraran presentadas en esa fecha, y las

posteriores a dicho horario como presentadas al día siguiente limitándose el Juzgado a incorporarlas sin efectuar

análisis alguno. Vencido el plazo, se procederá a archivar el escrito y las copias de documentación que se presenten

sin despacho alguno al igual que las observaciones presentadas fuera del plazo del art. 34 LCQ. Vencidos estos

plazos, el “incidente” será restringido y archivado digitalmente. La presentación deberá ser suscripta electrónica o

digitalmente por el letrado actuante quien deberá prestar declaración jurada de que las copias digitales cargadas

se corresponden a los antecedentes originales, y que éstos serán presentados al Juzgado o a la sindicatura dentro

de las 48 hs. de que le sean requeridos todo ello, bajo apercibimiento de hacerlo responsable de los eventuales

perjuicios. En caso de ser patrocinante deberá contar con la firma ológrafa del patrocinado. Deberá acreditarse

también –de corresponder- el pago del arancel verificatorio mediante transferencia a realizarse a la Caja de Ahorro

en pesos Nro. 042-180071/5; (CBU: 0720042788000018007154) del Banco Santander Rio perteneciente a Haydee

María Loureiro (DNI : 6231756). La insinuación de quienes no cuenten con asistencia letrada deberá presentarse

directamente ante el síndico acompañando el escrito y su documentación en formato papel previo pedido de turno

a la dirección de mail verificacionessindicatura@gmail.com el que deberá ser concedido a más tardar dentro de

las 48hs. de solicitado, quien le informará los protocolos a seguir para la recepción de las piezas pertinentes. Se

considerará como fecha y hora de presentación la del día de la entrega efectiva de las piezas al síndico, a cuyo

fin deberá éste dar adecuada respuesta a los requerimientos de turno. Una vez recibidas las mismas deberá la

sindicatura, en el plazo de tres días, cargar digitalmente el escrito y documentación en el “incidente de insinuación

de créditos”, con todos los datos que individualicen la petición a los fines de ejercer la facultad prevista por la

LCQ: 34. Para el caso de que los acreedores que se presenten sin asistencia letrada pretendan hacer uso del

derecho que otorga la LCQ: 34, deberá seguirse el mismo protocolo que el establecido para la presentación de las

insinuaciones previstas en el art. 32 de dicha ley. Presentación del informe LCQ: 35: el 08.07.2021. Resolución art.

36 LCQ: 09.08.2021. Presentación del informe LCQ: 07.09.2021. Audiencia informativa para el día 30.08.21 a las

12.00 hs a la que deberán concurrir el síndico y el fallido a este Tribunal sito en M.T. de Alvear 1840, PB. Buenos

Aires, 13 de abril de 2021. HORACIO F. ROBLEDO. Juez - PAULA MARINO SECRETARIA

e. 15/04/2021 N° 23360/21 v. 21/04/2021