N° 23543/21 Aviso del Boletín Oficial
COMECS S.R.L.
Texto del aviso
COMECS S.R.L.
CUIT 33-70815487-9. Por Acta de asamblea del 22/09/2020, de reunión de socios, se resolvió por unanimidad
reformar en el contrato social, los artículo 3º referido al objeto social y el artículo 5º referido a la administración
quedando redactados: “ARTICULO TERCERO: “La sociedad tiene por objeto dedicarse por cuenta propia o de
terceros o asociada a terceros, dentro o fuera del país, a las siguientes actividades: COMERCIAL: mediante la
compra, venta, comercialización, importación, exportación, cesión, alquiler, leasing, consignación, y distribución,
al por mayor y/o mejor, de productos plásticos, publicitarios y afines. A tal fin la sociedad tiene plena capacidad
jurídica para adquirir derechos contraer obligaciones y ejercer los actos que no sean prohibidos por la ley o por
este estatuto inclusive las prescriptas por los artículos 1881 y concordantes del Código Civil y artículo 5° del libro
II, título X del Código de Comercio. En el desarrollo de las actividades descriptas en el objeto social, la Sociedad
además de crear valor económico, generará un impacto material, social y ambiental, en beneficio de la sociedad, el
ambiente y las personas o partes vinculadas a ésta”; y “ARTICULO QUINTO: “La administración social será ejercida
por dos o más socios en forma conjunta, lo mismo que el uso de la firma social con el cargo de gerentes. Podrán,
como tales, realizar todos los actos y contratos necesarios para el desenvolvimiento del objeto social dentro de los
límites de los artículos 58 y 59 de la Ley 19.550. Durarán en sus cargos todo el término de duración de la sociedad
pudiendo ser removidos con las mayorías del artículo 160 de la Ley de Sociedades Comerciales modificada por
la Ley 22.903. En el desempeño de su cargo, los administradores deberán tener en cuenta en sus decisiones y
actuaciones los efectos de dichas decisiones o actuaciones con respecto a los intereses de la Sociedad, sus
socios, empleados y los clientes, proveedores y otras partes vinculadas a la Sociedad. Asimismo, deberán velar
por la protección del ambiente. El cumplimiento de la obligación antedicha por parte de los administradores
sólo podrá ser exigible por los socios y la Sociedad” Autorizado según instrumento público Esc. Nº 47 de fecha
06/04/2021 Reg. Nº 2186
ANA BELLO - Matrícula: 5442 C.E.C.B.A.
e. 16/04/2021 N° 23543/21 v. 16/04/2021