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N° 24430/2016 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 1 - SECRETARÍA NRO. 2

Edictos Judiciales REMATES JUDICIALES lunes, 19 de abril de 2021

Texto del aviso

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 1 - SECRETARÍA NRO. 2

LLAMADO A MEJORA DE OFERTA. El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nro. 1, a cargo del

Dr. Alberto Alemán, Secretaría Nº 2, a cargo del Dr. Juan Pablo Sala, sito en Av. Roque Sáenz Peña 1211 5º Piso,

oficina 512 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en los autos: “INDUSTRIAS ALIMENTICIAS MENDOCINAS S.A.S/

Inc. Inc. venta Lamarque”, (Exp. Nº 24430/2016/16), ha dispuesto el llamado a mejorar la oferta para la adquisición

del inmueble, compuesto por: a) Una fracción de terreno (Planta Lamarque) ubicada en España s/n, Lamarque,

Provincia de Rio Negro, con una superficie de 13.826,40 mts2, designada como Lote “B” de la subdivisión de la

Chacra 16, Sección IX de la Colonia de Choele Choel, Dpto. Avellaneda. Provincia de Rio Negro. Lindando al NE

con Av. En medio de 50 mts. de ancho con el égido del pueblo de Lamarque, al SO con la fracción “g” de la chacra

16 de la sección IX, al SE con el lote “c” y al NO, zona canal en medio con el lote “a”. Designación catastral 07-2-

k-007- 02; y b) Tres fracciones de terreno (Planta Lamarque) ubicada en España s/n – Lamarque, Prov. Rio Negro,

registrada en la escritura 192 F° 246 del protocolo auxiliar, designación catastral: 07-2-k-007- 04”a”, 07-2-k-007-01

y 07-2-k-007-19, en adelante Planta. Consecuentemente, se tomará como base, la oferta formulada por Agro

Service S.A. por la suma de pesos $ 8.005.540 (pesos ocho millones cinco mil quinientos cuarenta), pudiendo los

interesados formular las ofertas que igualen la misma o la superen como condición para participar en la audiencia

de mejora de oferta. Los oferentes tienen la posibilidad de consultar vía internet el expediente ingresando a: scw.

pjn.gov.ar/home.seam, linkeando el botón vinculados de este incidente Nº 16. La posibilidad de presentarse ésta

abierta a cualquier interesado. Los números telefónicos de la sindicatura y la martillera son: 114423-8251 y 114181-

4375 respectivamente. El CUIT de la fallida y de la martillera es 30-54679816-6 y 27-11735026-1 respectivamente.

Están prohibidas las compras en comisión y la cesión de la adjudicación. El inmueble se encuentra desocupado y

contiene cosas muebles de terceros que el adquirente permitirá retirar en un plazo no mayor de 60 días. La

exhibición en cuanto a fechas y horas deberá ser coordinada con la sindicatura. Los interesados deberán solicitar

mediante la casilla electrónica de e-mail habilitada por el Juzgado a ese fin, jncomercial1.sec2@pjn.gov.ar, que se

le asigne un turno (día y hora) a los fines de presentar en el tribunal su oferta bajo sobre cerrado, en cuya parte

exterior deberá constar, en forma legible “Mejora de oferta en autos Industrias Alimenticias Mendocinas S.A. s/

Quiebra s/incidente de venta Planta Lamarque” (Expte. N° 24430/2016/16), sin otro dato que identifique al

presentante, el ofertante se constituirá en el día y la hora asignados, con el sobre cerrado conteniendo la oferta y

comprobante del turno asignado. Las ofertas efectuadas en su interior deberán contener los siguientes datos: a)

Nombre de la persona de existencia visible o ideal oferente, precio ofrecido, domicilio real y especial constituido

en la jurisdicción del Tribunal, y en su caso, datos personales (profesión, documento, estado civil y edad); b) En

caso de tratarse de una sociedad o persona jurídica, fotocopia del contrato social o estatuto, con constancia de

las correspondientes inscripciones ante la Inspección General de Justicia, certificado por escribano que acredite

la personería del firmante, y que se encuentra facultado para asumir las obligaciones establecidas en el proceso

liquidatorio, número de CUIT y estado frente al IVA. Las sociedades que se presenten deberán contar para ello con

la decisión en tal sentido del organismo social competente y, en su caso, facultar al representante para ofertar. El

tribunal tratará dicha documentación con los resguardos requeridos por el DISPO, y resoluciones dictadas al

efecto -vbg. RP Nº 39-20-. Los oferentes podrán ser personas físicas o jurídicas, nacionales o extranjeras; c)

Original de la boleta de depósito en garantía de la oferta a efectuarse, equivalente al 10% de la suma ofertada; d)

Todas las fojas deben estar numeradas y firmadas por el oferente. No se admitirán ofertas en comisión. Las

enmiendas y raspaduras deberán ser salvadas por el oferente al pie de la oferta. Se dejará constancia en el

expediente y registro informático del día y hora de recepción de las ofertas como el nombre del ofertante. En todos

los casos, deberán efectuar una expresa declaración manifestando estar notificados de las resoluciones adoptadas

en el presente, y estado de los bienes. Se establece a cargo del adjudicatario, la comisión de la martillera que se

fija en el 1,5%, conforme es usual en este tipo de modalidades de venta. A los fines de permitir a los interesados

tomar conocimiento de las deudas y demás condiciones del inmueble objeto del presente, se fija como plazo hasta

el cual se podrán presentar las ofertas por escrito en el expediente, en sobre cerrado hasta las 10 hs. del día previo

a la celebración de la audiencia de mejora de oferta. Se procederá a la apertura de los sobres presentados al día

siguiente a la misma hora. Será requisito de admisibilidad de las propuestas la constancia de depósito en garantía

en un 10% de la oferta presentada, la que deberá ser depositada en el Banco de la ciudad de Buenos Aires

-Sucursal Tribunales-, en la cuenta abierta a nombre de estas actuaciones, bajo el Nº 002-001-002-0826-0433-5,

CBU 02900759- 00201082604337. CUIT del Banco Ciudad 30-99903208-3. En esa cuenta, deberá integrarse el

saldo de precio, restituyéndose en caso contrario, una vez firme la adjudicación y a petición del interesado. Fíjese

como fecha de audiencia de apertura de sobres y puja para mejorar ofertas el día 20/05/21, a las 12:00 hs. en punto

en la Sala de audiencias del tribunal, sita en el 5to. piso, of. 512, conforme a las disposiciones del DISPO, pudiéndose

BOLETÍN OFICIAL Nº 34.634 - Segunda Sección 86 Lunes 19 de abril de 2021

derivar a las partes a la Sala de audiencias de la Excma. Cámara en caso de evidenciarse más propicio a los fines

de su cumplimiento. Si por una situación extraordinaria, o a criterio del tribunal ello pueda resultar conducente para

llevar adelante el acto con mayor seguridad, el tribunal se reserva la posibilidad de celebrar la audiencia mediante

la plataforma digital que se comunique, lo que será informado a las partes al domicilio electrónico que indiquen al

momento expuesto en el punto previsto a los fines de obtener turno para realizar sus ofertas-. Ello será informado

con la mayor antelación posible, y con un límite de 24hs anteriores a la audiencia (19/5/21 a las 12:00hs). Ante

igualdad de mejoras de ofertas se tomará como punto de partida para abrir el acto de venta la que temporalmente

por cargo, se hubiere presentado en primer término, a los fines de eliminar la paridad de ofertas e iniciar la puja.

Los oferentes podrán mejorar sus propuestas en la misma audiencia, sin límite, imponiéndose como única

condición para ser aceptadas, que sólo podrán formularse aquellas que superen en un 5% la última oferta

efectuada. Se rechazará liminarmente toda oferta que no cumpla con la totalidad de las condiciones establecidas

en esta resolución, sin posibilidad de recurso alguno. Hágase saber a los interesados que únicamente podrá

ingresar al acto el correspondiente oferente, y que no se permitirá la utilización de teléfonos celulares o dispositivos

electrónicos de ninguna especie en ese acto, expulsándose del mismo a todo aquél que incumpla con dicha

disposición, sin perjuicio de las sanciones que pudieran aplicársele (cfr. análog. art. 446 del Código Procesal). La

integración del saldo de precio deberá ser transferido dentro de los cinco días de anoticiado el auto de adjudicación,

bajo apercibimiento de declararse postor remiso (cpr. 584) y se perderá la garantía en favor de la quiebra, debiendo

acreditarlo en autos en idéntico plazo. En ese supuesto, en caso de así entenderlo procedente el tribunal, la

adjudicación recaerá sobre el segundo, el que deberá proceder a integrar el saldo conforme los términos aquí

previstos dentro del quinto día de notificado. En caso de corresponder deberá depositar el I.V.A. En todos los

casos en el que por cualquier causa la aprobación de la adjudicación se efectué transcurridos más de 30 días

corridos desde la fecha de celebración de la audiencia del llamado de mejora de oferta, el comprador deberá

abonar al contado el saldo de precio con más los intereses -a partir de la fecha de la celebración de la audiencia

y hasta su efectivo pago-, que cobre el Banco de la Nación Argentina para sus operaciones ordinarias de descuento

a treinta días (conf. CNCom., en pleno, 27-10-94, “SA La Razón s/ quiebra s/ incidente de pago de los profesionales”).

Se hace saber que respecto del inmueble en cuestión, los impuestos, tasas y contribuciones devengados con

anterioridad al decreto de quiebra, deberán ser verificados en autos por los organismos respectivos; los devengados

a partir del decreto de quiebra hasta la toma de posesión serán a cargo de la quiebra, quedando a cargo únicamente

del adquirente los devengados con posterioridad a la toma de posesión, Se hace saber que el inmueble se vende

en las condiciones que surgen de la constatación efectuada en el expediente y en el estado en que se encuentra,

y que la participación en el acto, impide formular reclamos de ninguna especie, ante la posibilidad de exhibición

que se ha brindado a los interesados. Desde el día que se celebre la audiencia de mejora de oferta, se autoriza al

oferente que realice la oferta más elevada a brindar la seguridad que considere propicia para el predio –la que

estará a su cargo-, debiendo coordinar ello con la sindicatura. Publíquese por cinco (5) días en el Boletín Oficial de

la República Argentina. Buenos Aires, 8 de Abril de 2021. Alberto Alemán, Juez. Buenos Aires, abril de 2021. Juan

Pablo Sala Secretario

e. 15/04/2021 N° 23262/21 v. 21/04/2021