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N° 22925/21 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 9 - SECRETARÍA NRO. 18

Edictos Judiciales martes, 20 de abril de 2021

Texto del aviso

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 9 - SECRETARÍA NRO. 18

El Juzg. Nac. de 1ra. Instancia en lo Comercial N° 9 a cargo de la Dra. Paula M. Hualde, Sec. N° 18 a mi cargo,

sito en M. T. de Alvear 1840, Piso 4º CABA, hace saber por cinco días que con fecha 30.03.21 en los autos

“DIAMANTE ROJO INDUSTRIAS TEXTILES S.A. S/QUIEBRA” (Exp. Nro. 30239/2019) se decretó la quiebra de

DIAMANTE ROJO INDUSTRIAS TEXTILES S.A. (CUIT 30-71228046-4) con domicilio en la calle Cachimayo 1890

CABA inscripta en el Registro Público de Comercio a cargo de la Inspección General de Justicia bajo el Nro. 7008

del L° 54 de Sociedad por Acciones con fecha 13.04.11. Hasta el 09.06.21 podrán los acreedores con asistencia

letrada ingresar digitalmente sus insinuaciones junto con toda la documentación respaldatoria en el inc. Nro.

30239/2019/1, a cuyo fin deberán dar estricto cumplimiento a lo dispuesto con fecha 30.03.21 a lo que se remite (v.

pto. II ap. “i 1° ”). En tal inc. deberán también formularse digitalmente las observaciones a que alude el art. 34 LCQ y

sus contestaciones, según lo autorizado en dicho decisorio. El arancel previsto por el art. 32 LCQ deberá abonarse

por transferencia a la cuenta identificada con CBU 02900582210000540727457 de titularidad del síndico Eduardo

Gabriel Gastón Poeymirou (CUIT 20-17572744-3). A los fines de presentar su solicitud de verificación en soporte

papel los acreedores que no cuente con asistencia letrada deberán solicitar turno al síndico Eduardo Gabriel

Gaston Poeymirou -con domicilio en la calle 25 de mayo 758, Piso 8º Of. “G” CABA y tel. -49824630/43111635-

mediante email a gastonpoey@gmail.com. A tal fin deberán dar estricto cumplimiento a las pautas fijadas en el

pto. II ap. “i” del decisorio de fecha 30.03.21, a lo que se remite. El síndico presentará los informes que disponen

los arts. 35 y 39 los días 09.08.21 y 21.09.21 -respectivamente-. La fecha para dictar el auto verificatorio vence

el 24.08.21. La audiencia de explicaciones se llevará a cabo el 14.09.21 a las 11:00 hs. en la sala de audiencias

del tribunal. Se intima a la fallida y a 3ros. para que entreguen al síndico los bienes del deudor que tengan en su

poder y se hace saber la prohibición de hacerle pagos, bajo apercibimiento de declararlos ineficaces. Intímese

al deudor y a sus administradores para que dentro de las 48 hs. cumplan los requisitos a previstos por el art. 86

LCQ y constituyan domicilio procesal en esta jurisdicción, bajo apercibimiento de tenerlo por constituido en los

estrados del Juzgado. Buenos Aires, 12 de abril de 2021. PAULA MARIA HUALDE Juez - FLORENCIA MARIA

CLAUS SECRETARIA

e. 14/04/2021 N° 22925/21 v. 20/04/2021