N° 26369/21 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 31 - SECRETARÍA NRO. 61
Texto del aviso
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 31 - SECRETARÍA NRO. 61
El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº 31, a cargo de la Dra. VIVIAN FERNANDEZ GARELLO,
Secretaría Nº 61, a cargo de la Dra. AIMARA DI NARDO, sito en Montevideo 546 piso 7º de esta Capital Federal,
comunica por 5 días que con fecha 29 DE MARZO DE 2021, en los autos caratulados: VOUS S.A. S/ QUIEBRA
(Expte. 18236/2019) se resolvió decretar la quiebra de VOUS S.A. (CUIT 30-71025416-4), designándose sindico
al Contador Alfredo Daniel Kandus, con domicilio en Sarmiento 1179 piso 4 of 44 C.A.B.A. tel. 4383-1397 (cel
4478-6733).- Que el día 29/03/2021 se fijaron las fechas de la etapa de verificación: se comunica a los acreedores
que hasta el dia 17/05/2021 en los términos del art. 32 ley 24.522 podrán presentar sus pedidos de verificación
ante la sindicatura. Hácese saber a los insinuantes que su pretensión verificatoria deberá dirigirse por correo
electrónico a la casilla estudiokanduslence.sindicatura@gmail.com de conformidad con el mecanismo dispuesto
en la decisión adoptada el 29/03/2021 que podrá leerse a través del sistema de consulta de causas del Poder
Judicial de la Nación (www.pjn.gov.ar) ingresando el número de expediente o los autos referidos. Ante cualquier
consulta o imposibilidad, los interesados siempre tendrán un canal de comunicación con el juzgado a través de la
casilla de e-mail: jncomercial31.sec61@pjn.gov.ar.- déjese constancia que la totalidad del proceso continuará en
formato digital de conformidad con lo previsto en la Ac. 31/20 de la CSJN.- El plazo para formular impugnaciones
y observaciones ante el síndico vence el día 03/06/2021 las que podrán ser contestadas hasta el 17/06/2021. El
Sindico deberá presentar los informes que establecen los arts. 35 y 39 de la ley concursal los días 04/08/2021 y
21/09/2021 respectivamente. Se hace saber a la fallida y a terceros que deberán hacer entrega al síndico de los
bienes de aquella, así como la prohibición de realizarle pagos, los que serán ineficaces. Se intima a la deudora para
que entregue al síndico dentro de las 24 hs. los libros de comercio y documentación contable; y que dentro de las
48 hs. constituya domicilio procesal en el radio del Tribunal, bajo apercibimiento de tenerlo por constituido en los
estrados del Juzgado. Publíquese por 5 días en el Boletín Oficial sin necesidad de pago previo y sin perjuicio de
asignarse los fondos cuando los hubiere (art. 89 inc. 3 LC) Buenos Aires, de Abril de 2021.- VIVIAN FERNANDEZ
GARELLO Juez – AIMARA DI NARDO SECRETARIA.- VIVIAN FERNANDEZ GARELLO Juez - AIMARA DI NARDO
SECRETARIA
e. 26/04/2021 N° 26369/21 v. 30/04/2021