N° 25130/2018 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 8 - SECRETARÍA NRO. 15
Texto del aviso
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 8 - SECRETARÍA NRO. 15
El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº8, a cargo del Dr. Javier J. Cosentino, Secretaría
Nº15, a cargo de la Dra. María Teresa Berdeal, sito en Avda. Roque Sáenz Peña 1211, Piso 7º de Capital Federal,
comunica por cinco días en los autos “MVA TRADING S.A. s/QUIEBRA” (Expte. Nº25130/2018) que, con fecha 09
de abril del 2021 se decretó la quiebra de MVA Trading S.A. (CUIT: 30- 71246306-2), inscripta en la Inspección
General de Justicia el 29 de agosto del 2012, bajo el N° 14.813 del Libro 61 de Sociedades por Acciones, y de
Jorge Javier Nardea (DNI 21.425.338 - CUIT 20-21425338-1), en su carácter de garante de MVA Trading S.A., en los
autos “NARDEA, JORGE JAVIER s/QUIEBRA (Expte. Nº4858/2019). Que el Síndico designado en ambas causas
es el Dr. Fernando J. Oporto (Te. 11-3760-2694) email: estudio_oporto@hotmail.com, con domicilio en Viamonte
1336, Piso 5, “29”, CABA. Que el 08 de junio del 2021 vence el plazo para que los acreedores presenten ante la
sindicatura los pedidos de verificación y títulos justificativos de los créditos mediante el proceso de verificación
no presencial ingresando al sitio web https://sites.google.com/view/mvatradingsa/procesos-activos (“MVA
TRADING S.A. s/QUIEBRA” -Expte. Nº25130/2018-) y https://sites.google.com/view/nardeajorgejavier/procesos-
activos (“NARDEA, JORGE JAVIER s/QUIEBRA” -Expte. Nº4858/2019-), según protocolo: https://drive.google.
com/file/d/1aJhcNZWZEBhqeE21w86d1VpivQ_oBM2m/view?usp=sharing. Que el plazo para la presentación de
los informes arts. 35 y 39 de la ley concursal vencen los días los días 05 de agosto del 2021 y 17 de septiembre
del 2021, respectivamente. Se intima a los deudores para que cumplimenten los siguientes recaudos: a) entregar
al síndico los libros, papeles y bienes que tuviere en su poder, en el término de 24 horas; b) se abstenga/n los
administradores de salir del país sin autorización previa del Juzgado (L.C.:103). Se prohíbe los pagos y/o entrega
de bienes al/la fallida/o so pena de considerarlos ineficaces y se intima a quienes tengan bienes y/o documentos
del/la fallida/o en su poder, para que los pongan a disposición del síndico en el término de cinco días. FDO:
JAVIER J. COSENTINO. JUEZ. El presente edicto deberá publicarse sin necesidad de previo pago de aranceles,
BOLETÍN OFICIAL Nº 34.648 - Segunda Sección 104 Miércoles 5 de mayo de 2021
impuestos, tasas y otros gastos sin perjuicio de su oportuna consideración dentro de los créditos a que se refieren
los art. 240, 273 inc. 8 Ley 24.522. Buenos Aires, 30 de abril del 2021.
JAVIER J. COSENTINO Juez - MARIA TERESA BERDEAL SECRETARIA
e. 03/05/2021 N° 28674/21 v. 07/05/2021