N° 32720/21 Aviso del Boletín Oficial
DIAGNÓSTICO MAIPÚ POR IMÁGENES S.A.
Texto del aviso
DIAGNÓSTICO MAIPÚ POR IMÁGENES S.A.
CUIT: 33-61241756-9. Por Acta de Asamblea Ordinaria y Extraordinaria de fecha 15.04.2021 por unanimidad se
resolvió: (i) reformar el artículo sexto del Estatuto Social que quedó redactado de la siguiente manera: “ARTICULO
SEXTO: Las acciones y los certificados provisionales que se emitan contendrán las menciones del artículo 211 y
212 de la Ley 19.550. Se pueden emitir títulos de más de una acción”. (ii) Reformar el artículo décimo del Estatuto
Social que quedó redactado de la siguiente manera: “ARTICULO DECIMO: Sujeto a las limitaciones establecidas
en este Estatuto, el directorio tiene todas las facultades para administrar y disponer de los bienes incluso aquella
que para las cuales la ley requiera poderes especiales conforme al artículo 375 del Código Civil y Comercial de
la Nación y artículo 9º del Decreto Ley 5965/63.- Puede en consecuencia, celebrar en nombre de la sociedad,
toda clase de actos jurídicos que tiendan al cumplimiento del objeto social, entre ellos, operar con los bancos
de la Nación Argentina, Nacional de Desarrollo, de la Provincia de Buenos Aires, Hipotecario Nacional y demás
instituciones de créditos oficiales o privados, establecer agencias, sucursales u otra especie de representación
dentro o fuera del país; otorgar a una o más personas poderes judiciales inclusive para querellar criminalmente o
extrajudiciales, con el objeto y extensión que juzgue conveniente. El directorio requerirá la previa aprobación de la
asamblea de accionistas para los siguientes asuntos: - Aprobar cualquier transacción o conjunto de transacciones
cuyo valor sea igual o superior al equivalente a USD 200.000 (doscientos mil dólares estadounidenses) entre la
Sociedad y (a) los accionistas que ejerzan el poder de control de la Sociedad, según lo dispuesto en el artículo
33 de la Ley General de Sociedades, (b) cualquier persona física, incluido el cónyuge y los parientes de hasta el
tercer grado, o entidad jurídica que directa o indirectamente sea propietaria de los accionistas controlantes de
la Sociedad que sean personas jurídicas, o (c) cualquier persona jurídica en la que cualquiera de los Accionistas
de controlantes, directa o indirectamente, incluido el cónyuge y los parientes de tercer grado, tengan un interés
corporativo; - Aprobar la celebración por parte de la Sociedad de cualquier contrato, cuyo valor individual o
conjunto de transacciones relacionadas sea igual o superior al equivalente de USD 500.000 (quinientos mil dólares
estadounidenses); - Autorizar la adquisición o enajenación, de bienes muebles o inmuebles, cuyo valor individual,
o en conjunto de todos los activos adquiridos en una sola compra, sea igual o superior a USD 500.000 (quinientos
mil dólares estadounidenses); - Aprobar la adquisición o enajenación de acciones o participaciones sociales
de cualquier sociedad u otros valores convertibles o intercambiables en acciones; - Aprobar la constitución de
garantías reales sobre los activos de la Sociedad o el otorgamiento de cualquier otro tipo de garantía a terceros
cuando no estuviera especialmente previsto en el presupuesto anual y que, en su conjunto superen los USD 500.000
(quinientos mil dólares estadounidenses) anuales; - Autorizar cualquier endeudamiento, en forma de préstamo o de
emisión de obligaciones negociables o debentures o cualquier otro acto que afecte a la estructura del capital de
BOLETÍN OFICIAL Nº 34.656 - Segunda Sección 7 Viernes 14 de mayo de 2021
la Sociedad por un valor superior a USD 500.000 (quinientos mil dólares estadounidenses) anuales, excepto para
medidas cautelares o órdenes de seguridad en asuntos urgentes; - Autorizar la realización de operaciones con
instrumentos financieros derivados, considerando así cualquier contrato que genere activos y pasivos financieros
para sus partes, independientemente del mercado en el que se negocien o registren o de la forma de realización,
y exclusivamente a los efectos de la protección de activos; La representación de la sociedad corresponde al
Presidente o al Vicepresidente del Directorio en su caso.” Autorizado según instrumento privado Acta de Asamblea
de fecha 15/04/2021
LUCIA LOPEZ LAXAGUE - T°: 117 F°: 34 C.P.A.C.F.
e. 14/05/2021 N° 32720/21 v. 14/05/2021