N° 32706/21 Aviso del Boletín Oficial
TMF TRUST COMPANY (ARGENTINA) S.A.
Texto del aviso
TMF TRUST COMPANY (ARGENTINA) S.A.
(CUIT 30-70832912-2) TMF Trust Company (Argentina) S.A., en su exclusivo carácter de Fiduciario (el “Fiduciario”)
bajo el contrato de Fideicomiso de Garantía “Pagarés Bursátiles” (el “Contrato de Fideicomiso”) instrumentado
mediante la propuesta de Agrofina S.A. en su carácter de Fiduciante (el “Fiduciante”) de fecha 29 de abril de 2021
y la aceptación en idéntica fecha, emitida por TMF Trust Company (Argentina) S.A., en su carácter de fiduciario
y no a título personal y la aceptación de fecha 11 de mayo de 2021 emitida por Ternium Argentina S.A. en su
carácter de beneficiario (el “Beneficiario”), hacen saber y notifican que con motivo de la celebración del Contrato
de Fideicomiso, el Fiduciante cedió fiduciariamente a favor del Fiduciario, en forma irrevocable, con fines de
garantía y en beneficio único y exclusivo del Beneficiario, y de conformidad con lo establecido en el Capítulo
30 del Título IV del Libro Tercero del Código Civil y Comercial de la Nación, todos y cada uno de los siguientes
derechos: (i) las Facturas en Garantía de Repago (conforme éste término se define en el Contrato de Fideicomiso)
Nro. 0055-00015566; 0055-00015768; 0055-00015903; 0055-00015936; 0055-00016010; 0055-00016081; 0055-
00016096; 0055-00016170; 0055-00016264; 0055-00016286; 0055-00016287; 0055-00016333; 0055-00016334;
0055-00016337; 0055-00016338; 0055-00016339; 0055-00016346; 0055-00016354; 0055-00016366; 0055-
00016376; 0055-00016377; 0055-00016381; 0055-00016418; 0055-00016424; 0055-00016436; 0055-00016445;
0055-00016462; 0055-00016463; 0055-00016464; 0055-00016470; 0055-00016479; 0055-00016489; 0055-
00016491; 0055-00016492; 0055-00016503; 0055-00016514; 0055-00016515; 0055-00016519; 0055-00016520;
0055-00016521; 0055-00016522; 0055-00016523; 0055-00016524; 0055-00016525; 0055-00016531; 0055-
00016540; 0055-00016542; 0055-00016546; 0055-00016556; 0055-00016558; 0055-00016571; 0055-00016575;
0055-00016576; (ii) todos los demás créditos, derechos, indemnizaciones y compensaciones por cualquier causa
relacionada con las Facturas en Garantía de Repago; (iii) cualquier otro bien que en el futuro pudiera incluirse con
la conformidad expresa de todas las Partes; (iv) los Fondos Fiduciarios (conforme éste término se define en el
Contrato de Fideicomiso); (v) fondos en efectivo que, en su caso, sean transferidos por el Fiduciante al Fiduciario
de conformidad con el presente Contrato; y (vi) los bienes que reemplacen a, o resulten de, o se devenguen de,
los enumerados en los puntos (i), (ii), (iii) y (iv) precedentes (conjuntamente, los “Bienes Fideicomitidos”). Por
la presente, se instruye a los pagadores de las Facturas en Garantía de Repago (los “Deudores Cedidos”) que
continúen realizando todos los pagos que corresponda realizar en virtud de los Bienes Fideicomitidos en las
cuentas indicadas por el Fiduciante. Asimismo, se les informa que solamente ante la recepción de una Notificación
de Incumplimiento (conforme dicho término se define en el Contrato de Fideicomiso) por parte del Fiduciario, éste
instruirá a los Deudores Cedidos a que depositen todos los pagos correspondientes a los Bienes Fideicomitidos en
la cuenta que el Fiduciario informe a los Deudores Cedidos en dicha oportunidad por este o cualquier otro medio.
La cesión con fines de garantía instrumentada bajo el Contrato de Fideicomiso que por la presente se notifica
en los términos de los Artículos 1615 y siguientes del Código Civil y Comercial de la Nación, y 142, apartado II
de la Ley de Financiamiento Productivo Nº 27.440 subsistirá hasta tanto el Fiduciario comunique a los Deudores
Cedidos en forma fehaciente que la misma ha quedado sin efecto por este o cualquier otro medio. Autorizado
según instrumento público Esc. Nº 71 de fecha 13/06/2018 Reg. Nº 509
Luciana Graciela Calia - T°: 73 F°: 168 C.P.A.C.F.
e. 14/05/2021 N° 32706/21 v. 14/05/2021