N° 31/20 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 16 - SECRETARÍA NRO. 32
Texto del aviso
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 16 - SECRETARÍA NRO. 32
El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N° 16 a cargo del Dr. Fernando G. D´Alessandro,
Secretaría 32 a mi cargo, sito en Callao 635, PB, de CABA comunica que con fecha 12/4/2021 se decretó la
quiebra de GEMISON CONSTRUCCIONES SRL (CUIT 30711644802) en los autos “Gemison Construcciones SRL
s/quiebra” (Expte. 10066/2018). La síndica designada es Mariana Lorizio con domicilio en la calle Freire 674 piso 1°
de la Ciudad de Buenos Aires de CABA (domicilio electrónico: 27220428619) ante quien los acreedores deberán
presentar los títulos justificativos de sus créditos hasta el 10/06/21. En el marco de la excepcional situación de
emergencia sanitaria se adecuó el procedimiento de verificación tempestiva del siguiente modo: las solicitudes
de verificación, observaciones y comprobante del pago del arancel deberán enviarse por correo electrónico a:
estudioyaryurarivello@gmail.com (Teléfono: 1135150003,). El arancel debe pagarse por transferencia al CBU N°:
0290000110000016566775-CUIT: 27-25999606-1 – Caja de Ahorro en pesos Nro. 000001110201656677 del Banco
Ciudad de Buenos Aires - cuenta de titularidad de Romina Gabriela Rivello.
Los correos electrónicos deberán enviarse conforme las pautas fijadas en el auto de apertura que puede ser
consultado en el sitio web del PJN.gov.ar. Los documentos informáticos acompañados deberán ajustarse a lo
establecido en la Acordada N° 31/20 CSJN. La documentación que se digitalice y acompañe al pedido de verificación
se le conferirá verosimilitud, en cuanto a su existencia y contenido, siempre y cuando se encuentre acompañada
de la declaración jurada prestada por los insinuantes en la misma demanda de verificación sobre su existencia,
posesión y correspondencia con la original y bajo su responsabilidad, pudiendo el Juzgado requerir su exhibición
cuando lo entendiera necesario para resolver cualquier cuestión. Deberá denunciarse junto con la información
que exige la LCQ: 32, la dirección de correo electrónico y un teléfono de contacto para que la sindicatura pueda
BOLETÍN OFICIAL Nº 34.664 - Segunda Sección 82 Miércoles 26 de mayo de 2021
comunicarse en su caso a los fines previstos por la LCQ: 33. Dentro de las 24 horas de vencido el plazo previsto
por la LCQ: 32 y a los fines previstos por la LCQ: 34, el síndico presentará en autos las insinuaciones recibidas para
que la deudora y demás acreedores tomen conocimiento a los efectos de la norma citada. e) Las observaciones
deberán ser también enviadas al correo electrónico informado por la sindicatura dentro del plazo previsto por la
LCQ: 34 conforme las pautas dispuestas en el auto de apertura. Los informes previstos en los arts. 35 y 39 LCQ,
deberán presentarse los días 16/07/21 y 29/09/2021. Publíquese por cinco días en el Boletín Oficial sin previo pago.
Buenos Aires, 19 de mayo de 2021. Fernando D´Alessandro Juez - Pedro Manuel Crespo Secretario Interino
e. 20/05/2021 N° 34187/21 v. 28/05/2021