N° 35976/21 Aviso del Boletín Oficial
ESTANCIA LA CARRETA S.A.
Texto del aviso
ESTANCIA LA CARRETA S.A.
30-62246309-8. Por Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria N° 18 del 15/01/2021 se resolvió, entre otros
reformar los Artículos 13 y 18 del Estatuto Social, quedando los mismos redactados en los siguientes términos:
“Artículo Décimo Tercero: El Directorio se reunirá cuando fuese convocado por el Presidente o bien por quién
lo reemplace, o bien a solicitud de un Director o el Síndico. Funciona con la presencia de la mayoría de sus
miembros presentes o comunicados entre sí por teleconferencia u otros medios de transmisión simultánea de
sonido, imágenes y palabras, que garanticen la libre accesibilidad de todos los participantes a las reuniones, así
como la participación con voz y voto de todos sus miembros y del órgano de fiscalización. Los directores que
asistan por cualquiera de los medios antes indicados se considerarán presentes a todos los efectos, incluyendo
a los efectos del cómputo del quórum, pudiendo las personas que participen de la reunión a distancia delegar
la firma del acta en los miembros presentes físicamente. Se dejará constancia en las actas correspondientes a
cada reunión de los nombres de las personas que han participado de la misma a distancia, del lugar donde se
encuentran y del medio utilizado para participar de la reunión. En el caso de reuniones de Directorio celebradas
a distancia, el representante legal conservará una copia en soporte digital de la reunión por el término de 5 años,
la que estará a disposición de cualquier accionista que la solicite. Las actas serán confeccionadas y firmadas
por los miembros presentes y el Síndico. El Presidente o quien lo reemplace, tendrá voto y voto decisivo en caso
de empate.”; y “Artículo Décimo Octavo: Las Asambleas serán Ordinarias y Extraordinarias y se celebrarán a los
efectos determinados en los artículos 234 y 235 de la Ley General de Sociedades N° 19.550. Toda Asamblea
será citada, en primera y segunda convocatoria en la forma establecida por el artículo 237 de la Ley General de
Sociedades N° 19.550, sin perjuicio de lo allí dispuesto para el caso de Asamblea Unánime. En la convocatoria se
informará el medio de comunicación elegido y el modo de acceso a los efectos de permitir la libre accesibilidad
de todos los participantes. Toda Asamblea Ordinaria será convocada en primera y segunda convocatoria en forma
simultánea. Las Asambleas Ordinarias y Extraordinarias podrán celebrarse con la presencia de los accionistas
de la Sociedad en forma física o comunicados entre sí a través de medios de transmisión simultánea de sonido,
imágenes y palabras, que permitan la participación con voz y voto de los participantes, asegurando el principio
de igualdad de trato de los mismo. El representante legal conservará una copia en soporte digital de la reunión
por el término de 5 años, la que estará a disposición de cualquier accionista que la solicite. Las actas serán
confeccionadas y firmadas por los miembros presentes y el Síndico. Deberá dejarse constancia en el acta de los
sujetos y el carácter en que participaron en el acto a distancia, el lugar donde se encontraban, y de los mecanismos
técnicos utilizados”. Autorizado según instrumento privado Acta de Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria
N° 18 de fecha 15/01/2021
JUAN JOSE RODRIGUEZ QUINTANA - T°: 127 F°: 106 C.P.A.C.F.
e. 28/05/2021 N° 35976/21 v. 28/05/2021