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N° 37046/21 Aviso del Boletín Oficial

PARTNERS I S.A.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES ANONIMAS miércoles, 2 de junio de 2021

Texto del aviso

PARTNERS I S.A.

(CUIT: 30-71029701-7) comunica que Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria Unánime de fecha 25/11/2020

se resolvió: a) reorganizar el capital social de la Sociedad en 5 clases de acciones, reformando así los Artículos

Cuarto y Noveno del Estatuto Social conforme al siguiente texto: “ARTÍCULO CUARTO: El capital social es de

$ 7.772.793 representado por (i) 1.376.503 acciones ordinarias Clase “A” nominativas no endosables de un Peso

valor nominal cada una y con derecho a un voto por acción, (ii) 60.000 acciones ordinarias Clase “B” nominativas

BOLETÍN OFICIAL Nº 34.669 - Segunda Sección 8 Miércoles 2 de junio de 2021

no endosables de un Peso valor nominal cada una y con derecho a cinco votos por acción, (iii) 6.195.982 acciones

preferidas Clase “C” nominativas, no endosables, de valor nominal Un Peso por acción y sin derecho a voto, (salvo

los supuestos previstos en el último párrafo del artículo 244 de la Ley de Sociedades Comerciales o en las demás

circunstancias previstas en la Ley de Sociedades Comerciales), y con preferencia sólo en la liquidación o disolución

de la Sociedad, (iv) 91.000 acciones ordinarias Clase “D” nominativas no endosables de un Peso valor nominal cada

una y con derecho a cinco votos por acción, y (v) 49.308 acciones ordinarias Clase “E” nominativas no endosables

de un Peso valor nominal cada una y con derecho a cinco votos por acción. El capital podrá ser aumentado por

decisión de la asamblea general y/o especial según corresponda hasta el quíntuplo de su monto conforme lo

establece el artículo 188 de la Ley de Sociedades Comerciales, pudiendo la asamblea delegar en el Directorio la

fijación de la época de la emisión, forma y condiciones de pago. Las decisiones de aumento de capital deberán ser

elevadas a escritura pública en los casos en que así lo disponga la respectiva asamblea.”; y “ARTÍCULO NOVENO:

La administración de la Sociedad estará a cargo de un directorio compuesto por 5 (cinco) directores titulares y

5 (cinco) directores suplentes. Las Accionistas titulares de las acciones Clase “B” tendrán derecho a designar 2

(dos) directores titulares e igual número de directores suplentes. Los Accionistas titulares de las acciones Clase

“D tendrán derecho a designar 2 (dos) directores titulares e igual número de directores suplentes. Los Accionistas

titulares de las acciones Clase “E” tendrán derecho a designar 1 (un) director titular e igual número de directores

suplentes. En caso de producirse una vacancia en el directorio, por cualquier razón, la misma será cubierta por

uno de los directores suplentes nombrado por la clase de acciones que nombró a su predecesor de conformidad

con el presente Artículo. Los directores titulares y los directores suplentes permanecerán en sus cargos 1 (un)

ejercicio social, pudiendo ser reelectos indefinidamente. El Presidente de la Sociedad y el Vicepresidente serán

designados por mayoría absoluta del directorio. El directorio funciona con la presencia de la mayoría absoluta

de sus miembros y las resoluciones se adoptan por mayoría simple de votos. El directorio podrá sesionar, ya

sea en forma física o comunicados entre sí por otros medios de trasmisión simultánea de sonido, imágenes y

palabras, siempre que todos los participantes puedan tener libre accesibilidad, ser identificados y puedan seguir

la deliberación e intervenir en la misma en tiempo real, con voz y voto. A los efectos del quórum y de las mayorías

se computará tanto los directores presentes físicamente, como los que participen a distancia. Las decisiones se

adoptarán con el voto de la mayoría absoluta. En caso de empate, el Presidente tendrá voto doble. En caso de que

asistan miembros a distancia, además, se deberá dar cumplimiento a las siguientes formalidades: (i) (i) la reunión

deberá ser grabada en soporte digital, (ii) el Presidente del directorio deberá conservar copia en soporte digital de

la reunión por el termino de 5 (cinco) años, la que deberá estar a disposición de cualquier socio que la solicite, (iii)

la reunión celebrada deberá ser transcripta en el libro de actas del Directorio, dejándose expresa constancia de

las personas que participaron y estar suscriptas por el Presidente, y (iv) en la convocatoria y en su comunicación

por la vía legal y estatutaria correspondiente, se deberá informar de manera clara y sencilla cuál es el medio de

comunicación elegido y cuál es el modo de acceso a los efectos de permitir la participación a distancia en la

reunión. El Síndico dejará constancia en el acta de la regularidad de las decisiones adoptadas en el curso de la

reunión. De las resoluciones se labrarán actas en un libro especial que firmarán todos los presentes.. La asamblea

fijará la remuneración del directorio. El directorio se encuentra revestido de las más amplias facultades legales y

estatutarias para la administración de la Sociedad, teniendo para ello facultades suficientes para realizar cualquier

acto relacionado directa o indirectamente con el objeto social, y los únicos actos que el directorio no puede realizar

son aquellos prohibidos por la ley y/o de otro modo limitados y/o prohibidos por este Estatuto.” Autorizado según

instrumento privado Acta de Asamblea de fecha 25/11/2020

Delfina Lynch - T°: 124 F°: 884 C.P.A.C.F.

e. 02/06/2021 N° 37046/21 v. 02/06/2021