N° 37026/21 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO FEDERAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 1 -
Texto del aviso
JUZGADO FEDERAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 1 -
SECRETARÍA NRO. 1 - LOMAS DE ZAMORA - BUENOS AIRES
Por ante este Juzgado Federal de Primera Instancia en lo Criminal y Correccional Nº 1 de Lomas de Zamora, a
mi cargo, tramita la causa FLP 33285/2019: “NN: N.N. Y OTRO s/HURTO DENUNCIANTE: ANZALONE, ANDREA
VIVIANA” del registro de la Secretaría Nº 1 de la Dra. Guadalupe Jantus Dinale, en la que se ha resuelto CITAR Y
EMPLAZAR a FABIÁN ANDREI ARAKE LERMA (de nacionalidad colombiano, titular de la Cédula de Ciudadanía
de la República de Colombia Nº 1.107.511.148, teléfono de contacto el 3884746993); JONATHAN HERNÁN
ENCISO SÁENZ (de nacionalidad colombiano, titular de la Cédula de Ciudadanía de la República de Colombia
Nº 1.106.484.744, teléfono de contacto el 1161736906); LUIS DONATO SCHINOCCA (de nacionalidad argentino,
titular del DNI Nº 12.082.222, teléfono de contacto el 1170393884); y ÁNGELA AGUDELO GARCÍA (de nacionalidad
colombiana, titular de la Cédula de Ciudadanía de la República de Colombia Nº 52.548.221), para que comparezcan
a estar a derecho dentro del quinto día de la última publicación del presente edicto judicial, bajo apercibimiento, en
caso de no hacerlo, de ser declarados rebeldes y ordenar su consecuente detención (artículo 288 y cc. del Código
Procesal Penal de la Nación). A mayor abundancia e ilustración, transcríbole la parte pertinente del decreto que
ordena la medida: “//mas de Zamora, 28 de mayo de 2021.Por devueltos del Superior, tómese razón en el sistema
de Gestión Integral de Expedientes Judiciales. Atento a lo resuelto por la Sala II de la Excelentísima Cámara Federal
de Apelaciones de la ciudad de La Plata y surgiendo de las constancias existentes en las presentes actuaciones
que se desconoce el actual paradero de los imputados de autos, a los efectos de ser habidos y así poder continuar
con los actos procesales pendientes, cíteselos por medio de edicto judicial, conforme lo establecido en el artículo
150 del Código Procesal Penal de la Nación, debiendo comparecer dentro del término del quinto día de la última
publicación de aquél, bajo apercibimiento de ser declarados rebeldes y ordenar su consecuente detención artículo
288 y cc. del Código Procesal Penal de la Nación. A dicho fin, procédase a la publicación del correspondiente
edicto mediante el sistema informático del Boletín Oficial, debiendo dejarse constancia del diligenciamiento de
ello. Notifíquese a las partes mediante cédula digital. Fdo. Federico Hernán Villena, Juez Federal; Guadalupe
Jantus Dinale, Secretaria Federal.”
Dado, sellado y firmado en la Sala de mi público despacho en la ciudad de Lomas de Zamora, a los 28 días del
mes de mayo del año dos mil veintiuno. Federico Hernán Villena Juez - Juez Federal
e. 02/06/2021 N° 37026/21 v. 04/06/2021