W20 Argentina W20Argentina

N° 37441/21 Aviso del Boletín Oficial

LIONGTERS CENTER S.R.L.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES DE RESPONSABILIDAD LIMITADA jueves, 3 de junio de 2021

Texto del aviso

LIONGTERS CENTER S.R.L.

Rectifica tramite número 31083/21 de la publicación de fecha 10/05/2021: por instrumento de fecha 21/05/2021 se

modificó el artículo 3 del contrato social: “Artículo 3. OBJETO SOCIAL: La sociedad tiene por objeto dedicarse,

por cuenta propia o ajena, o asociada a terceros, dentro o fuera del país a: servicios de call center, publicidad,

promoción, relaciones públicas, planificación y ejecución de programas de promoción de ventas, eventos, diseño

y producción de campañas publicitarias y demás material relacionado con tales actividades. La sociedad tiene

plena capacidad de derecho para realizar cualquier acto jurídico en el país o en el extranjero, realizar toda actividad

lícita, adquirir derechos y contraer obligaciones. La sociedad tiene plena capacidad jurídica para realizar todos los

actos, contratos y operaciones tendientes al cumplimiento de su objeto social, como así también todo otro acto que

se vincule directa o indirectamente con aquél y que no esté prohibido por la normativa vigente. La Sociedad podrá

participar en sociedades, consorcios, uniones transitorias de empresas y cualquier otro contrato asociativo o de

colaboración, vinculado total o parcialmente con el objeto social. La Sociedad podrá instalar agencias, sucursales,

establecimientos o cualquier otra clase de representación dentro y fuera del país”. Asimismo, se rectifica que el

domicilio real del Socio Santiago Chotsourian es Arribeños 2215, piso 4, departamento D, CABA y que el domicilio

de la sede social de la sociedad es Arribeños 2215, piso 4, departamento D, CABA. Daniel Esteban Carosella,

abogado, autorizado en instrumento privado de 29/04/2021. Autorizado según instrumento privado CONTRATO

CONSITUTIVO de fecha 29/04/2021

DANIEL ESTEBAN CAROSELLA - T°: 66 F°: 846 C.P.A.C.F.

e. 03/06/2021 N° 37441/21 v. 03/06/2021