N° 39656/21 Aviso del Boletín Oficial
ESTUDIO SCACHI Y STREIBL ASOCIADOS S.R.L.
Texto del aviso
ESTUDIO SCACHI Y STREIBL ASOCIADOS S.R.L.
1) Alejandro SCACHI, 03/04/1980, DNI 28042432, José C. Paz 926, Tigre, Prov Bs Bs; Federico Francisco José
STREIBL, 13/01/1980, DNI 27832279, Ruta 25 km 1,5, Pilar, Prov Bs As; todos argentinos, casados, contadores
públicos. 2) 03/06/2021.3) ESTUDIO SCACHI Y STREIBL ASOCIADOS SRL. 4) SUIPACHA 472, piso 1, oficina 113,
CABA. 5) Auditoría contable y operacional, consultoría administrativa, asesoramiento a empresas, planeamiento
financiero e impositivo, servicios de contabilidad y asesoramiento fiscal.La sociedad, por sí o a través de
terceros también profesionales, en forma coordinada o individual, podrá ejercer las incumbencias profesionales
correspondientes al título universitario habilitante vigente.Para el cumplimiento de sus fines, la sociedad actuará
según la respectiva incumbencia profesional, bajo la actuación, responsabilidad y firma de cualquiera de los socios,
conforme las respectivas normas legales y reglamentarias que rigen a la materia, en función de la incumbencia
del firmante.La sociedad solamente podrá ofrecer los servicios profesionales propios de la carrera universitaria
de Contador Público, por lo que todos los socios deben poseer los respectivos títulos y encontrarse debidamente
matriculados.Se deja expresa constancia que se excluye de la limitación de la responsabilidad derivada del tipo
social adoptado, toda obligación o responsabilidad asumida en el ejercicio de la profesión de los socios. 6) 99
años. 7) $ 120.000, suscripto: Alejandro SCACHI y Federico Francisco José STREIBL suscribieron cada uno 60
cuotas sociales $ 1000 y derecho 1 voto cada una.Integración: 25%:$ 30.000.8) Gerencia: Alejandro SCACHI y
Federico Francisco José STREIBL.Aceptan cargos y constituyen domicilio especial sede social. 9) Gerencia; 10)
31/03 Autorizado según instrumento privado Contrato de fecha 03/06/2021
Maricel Paula Marcos - T°: 136 F°: 894 C.P.A.C.F.
e. 10/06/2021 N° 39656/21 v. 10/06/2021