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N° 25964/21 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO EN LO CIVIL Y COMERCIAL NRO. 1 - MAR DEL PLATA

Edictos Judiciales jueves, 10 de junio de 2021

Texto del aviso

JUZGADO EN LO CIVIL Y COMERCIAL NRO. 1 - MAR DEL PLATA

El Juzgado Civil y Comercial N° 1 de Mar del Plata, a cargo del Dr Heber Daniel Amalfi, Secretaria UNICA, sito

en Almirante Brown 2257 de Mar del Plata, informa que con fecha 07 de noviembre de 2020 la ASOCIACION DE

DEFENSA DE DERECHOS DE USUARIOS Y CONSUMIDORES promovió demanda colectiva contra FIDEN SA con

domicilio en calle Rivadavia 3045 de MAR DEL PLATA con el siguiente objeto: teniendo en cuenta el objeto de la

pretensión y los hechos y fundamentos expuestos para sustentar la demanda promovida, dado el estadio de la causa,

y no dejando de valorar que no existen en la actualidad aún normas adjetivas que determinen las pautas a seguir

en los procesos de índole “colectiva”; a título de “certificación de clase”, dejo sentado, por lo menos “prima facie”,

los siguientes aspectos: a) que se persigue la protección de intereses individuales homogéneos (correspondiente

a los usuarios titulares de los servicios que presta el accionado, Fiden S.A.);b) que las circunstancias fácticas

de las que se origina la reclamación son también homogéneas (estarían dadas por la operatoria realizada por la

demandada consistente en aplicar, ante la mora en el pago del resumen de tarjeta, el cobro de comisiones por

“cargo por gestión de cobranza” o denominación similar; solicitando que se declare la nulidad en los términos del

art. 14 de la Ley 25065 y del art. 37 ley 24240 de las cláusulas impuestas en los contratos de tarjeta de crédito.);c)

que la trascendencia económica desde el punto de vista individual en relación a cada uno de los consumidores

es menor, lo que no justificaría que cada uno de los posibles afectados de la clase de los sujetos involucrados

promueva una acción individual, por lo que se configuraría una clara afectación del acceso a la justicia. Se invita

a las Asociaciones de Consumidores y Usuarios y/o a los consumidores a participar del procedimiento y en su

caso denunciar la existencia de otro procedimiento judicial promovido con el mismo objeto, ello dentro del término

de cinco días hábiles computables a partir del día hábil siguiente al de la última publicación edictal (arts. 54 ley

24240, 28 inc. a) ley 13133). El presente Edicto se deberá publicar por tres días en el Boletín Oficial de la República

Argentina, sin costo alguno en cuanto resulta aplicable el art. 25 de la ley 13.133 Mar del Plata 22 de abril de 2021.

e. 10/06/2021 N° 25964/21 v. 14/06/2021