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N° 830/2020 Aviso del Boletín Oficial

MOLINOS AGRO S.A.

Convocatorias y Avisos Comerciales CONVOCATORIAS viernes, 11 de junio de 2021

Texto del aviso

MOLINOS AGRO S.A.

CONVOCATORIA A ASAMBLEA ORDINARIA Y EXTRAORDINARIA. CUIT Nº 30-71511877-3. Se convoca a los

señores Accionistas de Molinos Agro S.A. (en adelante, la “Sociedad”) a la Asamblea Ordinaria y Extraordinaria de

Accionistas a celebrarse el día 16 de julio de 2021 a las 10:30 horas en primera convocatoria y a las 11:30 horas en

segunda convocatoria, en caso de fracasar la primera, en este caso sesionando únicamente en carácter de

Ordinaria. En cuanto a la forma y lugar de celebración de la Asamblea se informa que, en tanto se prohíba, limite

o restrinja la libre circulación de las personas en general como consecuencia del estado de emergencia sanitaria

decretado por el Poder Ejecutivo Nacional y las medidas generales de prevención dispuestas concordantemente,

y mientras se encuentren vigentes dichas medidas, la Asamblea se realizará a distancia conforme lo dispuesto por

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la Resolución General de la Comisión Nacional de Valores Nº 830/2020 (en adelante, la “CNV” y la “RG 830”),

mediante el sistema “Microsoft Teams”. En caso de ser levantadas las antes referidas medidas de prevención y las

normas correspondientes de la Comisión Nacional de Valores que permiten la celebración del acto asambleario a

distancia, la celebración de la Asamblea se realizará en forma presencial, en la sede social sita en Bouchard 680,

piso 12°, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, circunstancia que será debidamente informada según se especifica

en más detalle en la Nota 4 más abajo. La Asamblea se convoca para tratar el siguiente: ORDEN DEL DÍA 1.

Realización del acto asambleario a distancia. Designación de un miembro del Directorio para presidir la Asamblea;

2. Designación de dos accionistas para aprobar y firmar el acta de Asamblea; 3. Consideración de la Memoria,

Estado consolidado del resultado integral, Estado consolidado de situación financiera, Estado consolidado de

cambios en el Patrimonio, Estado consolidado de flujo de efectivo, notas a los Estados financieros consolidados,

Estados financieros separados, notas a los estados financieros separados, Informe del Auditor e Informe de la

Comisión Fiscalizadora, correspondientes al ejercicio 6° finalizado el 31 de marzo de 2021 y la reseña informativa

de dichos estados contables en los términos del artículo 4, Capítulo III, Título IV de la Resolución General

N° 622/2013 de la CNV (N.T. 2013 y mod.). Consideración del resultado positivo del ejercicio de $ 6.944.185.000 y

de la propuesta formulada al respecto por el Directorio, consistente en distribuir dividendos en efectivo por un

importe tal que, ajustado por inflación conforme la Resolución General No. 777/2018 de la CNV, resulte en un

monto de hasta $ 4.800.000.000, conforme lo determine la Asamblea; y que el excedente de los resultados, luego

de la distribución mencionada anteriormente, se destine a incrementar la Reserva para futura distribución de

utilidades; 4. Consideración de la gestión del Directorio y de la Comisión Fiscalizadora de la Sociedad; 5.

Consideración de las remuneraciones del Directorio y de la Comisión Fiscalizadora de la Sociedad correspondientes

al ejercicio económico finalizado el 31 de marzo de 2021. Autorización al Directorio para pagar anticipos de

honorarios a los Directores y Síndicos hasta la Asamblea que considere los próximos estados contables; 6.

Determinación del número de miembros del Directorio Titulares y Suplentes; 7. Consideración de la remuneración

del Auditor Externo de la Sociedad correspondiente al ejercicio económico finalizado el 31 de marzo de 2021; 8.

Consideración de la asignación de una partida presupuestaria para el funcionamiento del Comité de Auditoría; 9.

Elección de miembros del Directorio Titulares y Suplentes para cubrir las posiciones vacantes correspondientes.

Elección de Síndicos Titulares y Suplentes; 10. Designación del Auditor Externo Titular y Suplente que dictaminará

sobre los estados contables correspondientes al ejercicio iniciado el 1° de abril de 2021 y determinación de su

retribución; 11. Creación de un nuevo Programa Global para la emisión de obligaciones negociables conforme a lo

dispuesto por la Ley de Obligaciones Negociables N° 23.576, sus modificatorias y complementarias, y a las Normas

de la CNV (N.T. 2013 y Mod.) por un monto máximo en circulación en cualquier momento de hasta U$S 150.000.000

(dólares estadounidenses ciento cincuenta millones) o su equivalente en otras monedas (en adelante, el “Programa

II”), bajo el cual podrán emitirse distintas clases y/o series de obligaciones negociables simples, convertibles en

acciones o no, a corto, mediano o largo plazo, subordinadas o no, con o sin garantía, y a ser denominadas en

pesos, dólares estadounidenses o en cualquier otra moneda o unidades de medida o valor; 12. Consideración de

la solicitud de autorización para (a) la creación del Programa II y de la oferta pública de las clases y/o series que se

emitan oportunamente bajo el mismo en la República Argentina y/o en el exterior; y (b) el listado y/o negociación

de las obligaciones negociables que se emitan bajo el Programa II en Bolsas y Mercados Argentinos S.A., el

Mercado Abierto Electrónico S.A. y/o cualquier mercado de valores de Argentina y/o del exterior; 13. Consideración

de (i) la delegación en el Directorio de las más amplias facultades para determinar la totalidad de los términos y

condiciones del Programa II y de las distintas clases y/o series de obligaciones negociables a ser emitidas bajo el

mismo (incluyendo, sin limitación, época, precio, forma y condiciones de pago de las mismas, destino de los

fondos), pudiendo incluso modificar los términos y condiciones aprobados por la Asamblea, salvo el monto máximo

aprobado, (ii) la autorización al Directorio para, sin necesidad de ratificación posterior por parte de la asamblea,

aprobar, celebrar, otorgar y/o suscribir cualquier acuerdo, contrato, documento, instrumento y/o título relacionado

con el Programa II y/o la emisión de las distintas clases y/o series de obligaciones negociables bajo el mismo, (iii)

la autorización al Directorio para efectuar cualquier solicitud, tramitación y/o gestión ante la Comisión Nacional de

Valores y/o Bolsas y Mercados Argentinos S.A., la Bolsa de Comercio de Buenos Aires, el Mercado Abierto

Electrónico S.A. y/u otras bolsas o mercados de valores, según oportunamente lo determine el Directorio o las

personas autorizadas por el Directorio en relación con el Programa II y/o las obligaciones negociables emitidas

bajo el mismo, y (iv) la autorización al Directorio para subdelegar en uno o más de sus integrantes, y/o en una o

más personas que estos oportunamente consideren, la totalidad de las facultades y autorizaciones referidas en los

puntos (i) a (iii) anteriores de este punto del orden del día, todo ello de conformidad con lo establecido en el artículo

9° de la Ley de Obligaciones Negociables N° 23.576, sus modificatorias y complementarias, y el artículo 1° del

Capítulo II Título II de las Normas de la CNV; 14. Consideración de la emisión de obligaciones negociables simples

(no convertibles en acciones), por hasta un monto máximo en circulación en cualquier momento de hasta

US$ 100.000.000 (dólares estadounidenses cien millones) o su equivalente en otras monedas o unidades de

medida o valor (las “Obligaciones Negociables Privadas”), a ser colocadas en forma privada (sin oferta pública) y

emitidas de conformidad con las disposiciones de la Ley de Obligaciones Negociables N° 23.576, sus modificatorias

y complementarias. 15. Delegación de facultades en el Directorio para determinar todas las condiciones de emisión

de las Obligaciones Negociables Privadas dentro del monto autorizado, incluyendo, sin limitación, época, precio,

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tasa de interés, forma y condiciones de pago. 16. Otorgamiento de las correspondientes autorizaciones para la

realización de los trámites y presentaciones necesarias respecto de lo resuelto por la Asamblea en cuanto al

Programa II (puntos 11, 12 y 13 precedentes), a las Obligaciones Negociables Privadas (puntos 14 y 15 precedentes)

y demás inscripciones correspondientes en cuanto el resto de los puntos del presente Orden del Día. NOTA 1: En

los términos de la RG 830, en caso de que la Asamblea se celebre a distancia, la misma deberá contar con el

quórum exigible para las asambleas extraordinarias y las mayorías serán computadas de conformidad. Se hace

saber a los Sres. Accionistas que la Asamblea sesionará en carácter de Extraordinaria respecto de los puntos 1,

11, 12, 13,14, 15 y 16, sesionando respecto del resto de los puntos del Orden del Día en carácter de Ordinaria.

NOTA 2: Respecto de la elección de Síndicos Titulares y Suplentes prevista en el punto 9, y de conformidad con

los términos del artículo 284 de la Ley General de Sociedades, no resultará aplicable la pluralidad de voto para

dicha elección. NOTA 3: Para asistir a la Asamblea los Sres. Accionistas deberán, de conformidad con el artículo

238 de la Ley General de Sociedades y el artículo 22 del Capítulo II, del Título II de la Resolución General N° 622/2013

de la CNV (N.T. 2013 y mod.) (en adelante, las “Normas de la CNV”), comunicar su asistencia a la misma, debiendo,

a tal efecto, (i) remitir sus correspondientes constancias de saldo de cuenta de acciones escriturales, libradas a tal

fin por Caja de Valores S.A., y (ii) suscribir el libro de Depósito de Acciones y Registro de Asistencia a Asambleas

Generales. A ese respecto, en tanto se prohíba, limite o restrinja la libre circulación de las personas en general

como consecuencia del estado de emergencia sanitaria decretado por el Poder Ejecutivo Nacional y las medidas

generales de prevención dispuestas concordantemente, y mientras se encuentren vigentes dichas medidas, los

Accionistas podrán registrarse para asistir a la Asamblea a través del envío en forma electrónica de las constancias

antes referidas (y demás documentación complementaria, según corresponda) hasta el 12 de julio de 2021 a las

18:00 horas, inclusive, al correo electrónico notificacioneslegales@molinosagro.com.ar. En el caso de tratarse de

apoderados, deberá remitirse a la Sociedad, con cinco (5) días hábiles de antelación a la fecha de celebración, el

instrumento habilitante correspondiente, suficientemente autenticado. La documentación respectiva debe enviarse

en formato PDF. La Sociedad remitirá en forma electrónica a los Accionistas que se hubieran registrado de este

modo un comprobante de recibo para la admisión de su participación en la Asamblea. Al momento de registrarse,

se les solicitará informar sus datos de contacto (teléfono, dirección de correo electrónico y domicilio), a fin de

mantenerlos al tanto de eventuales medidas que se dispongan respecto de la celebración de la Asamblea. En caso

de ser levantadas las medidas generales de prevención dispuestas por la autoridad competente, excepto si el

Accionista pertenece a un grupo de riesgo, la comunicación de asistencia deberá realizarse presentando las

constancias emitidas por Caja de Valores S.A. personalmente o mediante apoderado con facultades suficientes a

tal efecto, en Bouchard 680, Piso 12°, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en cualquier día que no sea sábado,

domingo, o feriado, de 10:00 a 18:00 horas, venciendo dicho plazo el día 12 de julio de 2021, a las 18:00 horas.

NOTA 4: La Asamblea se celebrará a distancia, a través del sistema Microsoft Teams, que permite la transmisión

en simultáneo de sonido, imágenes y palabras, y la libre accesibilidad de todos los Accionistas con voz y voto.

Asimismo, la reunión celebrada de este modo será grabada en soporte digital y esa grabación se conservará en

copia digital por el término de cinco (5) años, estando a disposición de cualquier Accionista que la solicite y será

transcripta en el correspondiente libro social, dejándose expresa constancia de las personas que participaron de

la misma. Con la supervisión de los miembros de la Comisión Fiscalizadora, se identificará a cada uno de los

Accionistas (y/o sus apoderados) participantes de la Asamblea, quienes emitirán su voto a viva voz. La Comisión

Fiscalizadora, ejercerá sus atribuciones durante la Asamblea, a fin de velar por el debido cumplimiento a las

normas legales, reglamentarias y estatutarias, con especial atención de los requisitos exigidos por la RG 830.

Asimismo, se dejará constancia en el acta de los sujetos que participen y el carácter en que participaron en el acto

a distancia, el lugar donde se encontraban, y de los mecanismos técnicos utilizados. Con la registración a distancia

indicada en el punto (3) anterior, la Sociedad informará, en debida forma, al Accionista el modo de acceso, a los

efectos de su participación en la Asamblea, y los procedimientos establecidos para la emisión de su voto. En caso

de ser levantadas las medidas generales de prevención dispuestas por la autoridad competente y las

correspondientes Normas de la CNV que permiten la celebración del acto asambleario a distancia, la celebración

de la Asamblea será presencial, lo que será informado por la Sociedad por los canales habituales de comunicación

con el mercado, es decir, mediante la publicación de un Hecho Relevante en la Autopista de Información Financiera

de la CNV y en los sitios web o boletines de los Mercados donde se encuentran listadas las acciones. En ese caso,

se ruega a los Sres. Accionistas presentarse con no menos de 15 minutos de anticipación a la hora prevista para

la realización de la Asamblea, a fin de acreditar los poderes y firmar el Registro de Asistencia. NOTA 5: Atento lo

dispuesto por el artículo 22, Capítulo II, Título II, de las Normas de la CNV, al momento de inscripción para participar

de la Asamblea, se deberán informar los siguientes datos del titular de las acciones: nombre y apellido o

denominación social completa; tipo y n° de documento de identidad de las personas físicas o datos de inscripción

registral de las personas jurídicas con expresa indicación del Registro donde se hallan inscriptas y de su jurisdicción;

domicilio con indicación de su carácter. Aquella persona que asista a la Asamblea como representante del titular

de las acciones deberá proporcionar los mismos datos que los indicados más arriba. NOTA 6: Adicionalmente, si

el titular de las participaciones sociales fuera un “trust”, fideicomiso o figura similar, o una fundación o figura

similar, sea de finalidad pública o privada, para votar en la Asamblea se deberá dar cumplimiento al artículo 26,

Capítulo II, Título II de las Normas de la CNV. NOTA 7: Los Accionistas, sean éstos personas jurídicas u otras

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estructuras jurídicas, a los efectos de dar cumplimiento a la Resolución General N° 687/2017 de la CNV, deberán

informar sus beneficiarios finales, proporcionando nombre y apellido, nacionalidad, domicilio real, fecha de

nacimiento, n° de documento de identidad o pasaporte, CUIT, CUIL u otra forma de identificación tributaria y

profesión. NOTA 8: Se recuerda a los Sres. Accionistas que, en lo que respecta al ejercicio de sus derechos como

accionistas de la Sociedad, su actuación deberá adecuarse a las normas de la Ley General de Sociedades. En tal

sentido se solicita a los Sres. Accionistas que revistan la calidad de sociedad extranjera, que asistan a la Asamblea

a través de mandatario debidamente instituido, acompañando el poder debidamente emitido en los términos de la

Resolución General N° 789/2019 de la CNV. Asimismo, para votar en la Asamblea, deberán dar cumplimiento a los

artículos 24 y 25, Capítulo II, Título II, de las Normas de la CNV.

Designado según instrumento privado ACTA DIRECTORIO de fecha 06/07/2020 Luis Perez Companc - Presidente

e. 11/06/2021 N° 39948/21 v. 17/06/2021