N° 39919/21 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO EN LO CIVIL Y COMERCIAL NRO. 1 - MAR DEL PLATA
Texto del aviso
JUZGADO EN LO CIVIL Y COMERCIAL NRO. 1 - MAR DEL PLATA
El Juzgado Civil y Comercial N° 1 de Mar del Plata, a cargo del Dr. Heber Daniel Amalfi, Secretaria UNICA, sito en
Almirante Brown 2257 de Mar del Plata, informa que con fecha 18 de septiembre de 2020 la ASOCIACION CIVIL DE
USUARIOS BANCARIOS ARGENTINOS (ACUBA) promovió demanda colectiva contra HSBC BANK ARGENTINA
SA con domicilio en calle 12 de Octubre 3223 4º “B”, de Mar del Plata con el siguiente objeto: teniendo en cuenta
el objeto de la pretensión y los hechos y fundamentos expuestos para sustentar la demanda promovida, dado el
estadio de la causa, y no dejando de valorar que no existen en la actualidad aún normas adjetivas que determinen
las pautas a seguir en los procesos de índole “colectiva”; a título de “certificación de clase”, dejo sentado, por lo
menos prima facie, los siguientes aspectos: a) que se persigue la protección de intereses individuales homogéneos
(correspondiente a los usuarios titulares de cierto servicio que presta el accionado, HSBC BANK ARGENTINA
SA.); b) que las circunstancias fácticas de las que se origina la reclamación son también homogéneas (estarían
dadas por la operatoria realizada en la financiación de los saldos deudores de las tarjetas de crédito VISA y
BOLETÍN OFICIAL Nº 34.678 - Segunda Sección 98 Lunes 14 de junio de 2021
MASTERCARD emitidas por la entidad demandada con vencimiento de pago originalmente previsto entre los dias
20 de marzo de 2020 y 30 de abril de 2020, la que se califica de violatoria de lo prescripto en la comunicación
“A” 6964 del Banco Central de la República Argentina, y por el cobro de conceptos que considera ilegales); c)
que la trascendencia económica desde el punto de vista individual en relación a cada uno de los consumidores
es menor, lo que no justificaría que cada uno de los posibles afectados de la clase de los sujetos involucrados
promueva una acción individual, por lo que se configuraría una clara afectación del acceso a la justicia. Se invita
a las Asociaciones de Consumidores y Usuarios y/o a los consumidores a participar del procedimiento y en su
caso denunciar la existencia de otro procedimiento judicial promovido con el mismo objeto, ello dentro del término
de cinco días hábiles computables a partir del día hábil siguiente al de la última publicación edictal (arts. 54 ley
24240, 28 inc. a) ley 13133). El presente Edicto se deberá publicar por tres días en el Boletín Oficial de la República
Argentina, sin costo alguno en cuanto resulta aplicable el art. 25 de la ley 13.133 Mar del Plata 9 de junio de 2021.
e. 11/06/2021 N° 39919/21 v. 15/06/2021