N° 26178/2018 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 29 - SECRETARÍA NRO. 57
Texto del aviso
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 29 - SECRETARÍA NRO. 57
El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº 29 a cargo de la Dra. María del Milagro Paz Posse,
Secretaría Nº 57, a cargo de la Dra. Nancy Rodríguez, con sede en Montevideo Nº 546, piso 4º de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, en los autos caratulados: “ESTEVANEZ, SOL NAZARENA Y OTRO C/ LOCANE,
GUILLERMO LUIS Y OTRO S/ORDINARIO (Expte. Nº 26178/2018), comunica por dos días que: (1) con fecha 4
de febrero de 2021 se resolvió: “No habiendo los demandados Patricia Falabrino y Guillermo Locane contestado
la demanda dentro del plazo establecido ni presentado a estar a derecho pese a estar debidamente notificados
(v. Cedulas acompañadas con fecha 21-12-20), se los declara rebeldes en los términos del art. 59 del Código
Procesal. Notifíquese haciéndose saber que las sucesivas resoluciones se le tendrán por notificadas ministerio
legis, a excepción de la sentencia definitiva. Atento lo solicitado, practíquese la notificación arriba dispuesta bajo
responsabilidad de la parte actora. Fdo.: MARIA DEL MILAGRO PAZ POSSE - Juez” y (ii) con fecha 5 de abril
de 2021 se resolvió que, “Téngase presente y hácese saber. Sin perjuicio de la notificación de la demanda a
los demandados “bajo responsabilidad de la actora” practicada en autos, atento lo manifestado y solicitado en
el escrito en despacho, y ante la devolución por un tercero de dicha cédula de notificación, a fin de notificar lo
dispuesto con fecha 4.2.21 (declaración de rebeldía de los demandados) publíquense edictos por dos días en el
Boletín Oficial. A tales fines, atento que por Resolución Nº 1687/12 de la CSJN, las publicaciones de edictos en el
Boletín Oficial deberán efectuarse por medio del Sistema Electrónico de Consulta y Publicación de Edictos, hácese
saber al peticionante que deberá enviar un mail con el proyecto a publicar a la dirección de correo electrónico del
Juzgado (jncomercial29.sec57@pjn.gov.ar), el que será confrontado y en su caso remitido electrónicamente por
la Actuaria al Boletín Oficial, debiendo el mismo concurrir –posteriormente- a dicho organismo a fin de efectuar
el pago de tal publicación. Más allá de lo dispuesto supra, cúrsese asimismo cédula a fin de notificar la rebeldía
decretada el 4.2.21, al mismo domicilio donde se notificó la demanda. Fdo.: MARIA DEL MILAGRO PAZ POSSE -
Juez”. MARIA DEL MILAGRO PAZ POSSE Juez - NANCY RODRIGUEZ SECRETARIA
e. 11/06/2021 N° 37250/21 v. 14/06/2021