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N° 40551/21 Aviso del Boletín Oficial

GRUPO SIPVA S.R.L.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES DE RESPONSABILIDAD LIMITADA martes, 15 de junio de 2021

Texto del aviso

GRUPO SIPVA S.R.L.

CUIT 30716784939. Por escritura Nº 52 del 10/06/2021 folio 200 del Registro 142 CABA se resolvió la reforma del

Artículo 3° del Contrato Social, el que quedó redactado así: “ARTICULO TERCERO: La sociedad tendrá por objeto,

realizar por cuenta propia o de terceros o asociada a terceros en cualquier parte del país o del extranjero las

siguientes operaciones: a) Comerciales: la compraventa, importación, exportación y/o distribución de productos

del ramo de la seguridad de personas y bienes; entre otros, alarmas, aparatos de radio o telefónica, navegadores

satelitales, sensores, sistemas de vigilancia por control remoto, elementos contra incendio, elementos y/o sistemas

de seguridad física para la protección de personas y bienes; b) Prestación de servicios de protección de personas

y bienes, transporte, custodia y protección de cualquier objeto de traslado lícito a excepción del transporte de

caudales; c) Seguridad Informática, desarrollo de software, formulación de sistemas y procesos aplicados a la

protección de operaciones, bienes, datos computarizados y operaciones de negocios a salvo de acciones criminales

o de mal uso; d) Investigación y desarrollo de sistemas de seguridad, comunicaciones, alarma y otros relacionados

con la seguridad en bancos, compañías privadas o particulares; e) Consultoría: Asesoramiento y consultoría en

temas de gestión de riesgos, diagnostico, elaboración de estudios, planes, programas y proyectos de todo tipo;

implementación de programas de calidad; diseño, organización coordinación y ejecución de seminarios, cursos,

talleres, congresos, foros, y cualquier otra modalidad de capacitación y entrenamiento, conforme a la legislación

vigente en la materia y a la jurisdicción correspondiente; investigaciones de mercado, asesoría y gestoría en

aspectos técnicos, organizativos, administrativos, contables, financieros, fiscales y de tipo legal. Monitoreo de

alarmas, sistema de seguridad electrónica, óptica y electro óptica como también los sistemas de observación y

registro de imagen y audio, y todo otro sistema inventado o por inventarse, la recepción, transmisión, vigilancia,

verificación y registro de las señales y alarmas. Todo ello comprende asesoramiento y consultoría integral a

todo tipo de personas, físicas como jurídicas, públicas y privadas, sean empresas u organismos de gobierno,

nacionales y extranjeras, como así también en temas de gestión y diagnóstico, f) Cualquier otra actividad de

seguridad privada permitida por la ley Argentina, conforme a la jurisdicción.- g) Para el caso de que la Sociedad

abra sucursal, agencia o representación en la Provincia de Buenos Aires, tendrá por objeto realizar las siguientes

actividades de Seguridad Privada, de acuerdo a la Ley 12.297, que se definen en su Articulo 2º, es decir: Se

encuentran comprendidas en la previsión del artículo primero de la citada Ley 12.297, las actividades que tengan

por objeto los servicios siguientes: 1. Vigilancia y protección de bienes. 2. Escolta y protección de personas. 3.

Transporte, custodia y protección de cualquier objeto de traslado lícito, a excepción del transporte de caudales.

4. Vigilancia y protección de personas y bienes en espectáculos públicos, locales bailables y otros eventos o

reuniones análogas. 5. Obtención de evidencias en cuestiones civiles o para incriminar o des incriminar a una

persona siempre que exista una persecución penal en el ámbito de la justicia por la comisión de un delito y

tales servicios sean contratados en virtud de interés legítimo en el proceso penal. Las personas que realicen

los servicios enumerados en este artículo se denominan prestadores de servicios de seguridad privada. Para

el cumplimiento del objeto social, la sociedad tendrá plena capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer

obligaciones y ejercer actos que no sean prohibidos por las leyes o este Contrato.” Autorizado según instrumento

público Esc. Nº 52 de fecha 10/06/2021 Reg. Nº 142

JORGE PABLO KOUNDUKDJIAN - Matrícula: 4920 C.E.C.B.A.

e. 15/06/2021 N° 40551/21 v. 15/06/2021