N° 40551/21 Aviso del Boletín Oficial
GRUPO SIPVA S.R.L.
Texto del aviso
GRUPO SIPVA S.R.L.
CUIT 30716784939. Por escritura Nº 52 del 10/06/2021 folio 200 del Registro 142 CABA se resolvió la reforma del
Artículo 3° del Contrato Social, el que quedó redactado así: “ARTICULO TERCERO: La sociedad tendrá por objeto,
realizar por cuenta propia o de terceros o asociada a terceros en cualquier parte del país o del extranjero las
siguientes operaciones: a) Comerciales: la compraventa, importación, exportación y/o distribución de productos
del ramo de la seguridad de personas y bienes; entre otros, alarmas, aparatos de radio o telefónica, navegadores
satelitales, sensores, sistemas de vigilancia por control remoto, elementos contra incendio, elementos y/o sistemas
de seguridad física para la protección de personas y bienes; b) Prestación de servicios de protección de personas
y bienes, transporte, custodia y protección de cualquier objeto de traslado lícito a excepción del transporte de
caudales; c) Seguridad Informática, desarrollo de software, formulación de sistemas y procesos aplicados a la
protección de operaciones, bienes, datos computarizados y operaciones de negocios a salvo de acciones criminales
o de mal uso; d) Investigación y desarrollo de sistemas de seguridad, comunicaciones, alarma y otros relacionados
con la seguridad en bancos, compañías privadas o particulares; e) Consultoría: Asesoramiento y consultoría en
temas de gestión de riesgos, diagnostico, elaboración de estudios, planes, programas y proyectos de todo tipo;
implementación de programas de calidad; diseño, organización coordinación y ejecución de seminarios, cursos,
talleres, congresos, foros, y cualquier otra modalidad de capacitación y entrenamiento, conforme a la legislación
vigente en la materia y a la jurisdicción correspondiente; investigaciones de mercado, asesoría y gestoría en
aspectos técnicos, organizativos, administrativos, contables, financieros, fiscales y de tipo legal. Monitoreo de
alarmas, sistema de seguridad electrónica, óptica y electro óptica como también los sistemas de observación y
registro de imagen y audio, y todo otro sistema inventado o por inventarse, la recepción, transmisión, vigilancia,
verificación y registro de las señales y alarmas. Todo ello comprende asesoramiento y consultoría integral a
todo tipo de personas, físicas como jurídicas, públicas y privadas, sean empresas u organismos de gobierno,
nacionales y extranjeras, como así también en temas de gestión y diagnóstico, f) Cualquier otra actividad de
seguridad privada permitida por la ley Argentina, conforme a la jurisdicción.- g) Para el caso de que la Sociedad
abra sucursal, agencia o representación en la Provincia de Buenos Aires, tendrá por objeto realizar las siguientes
actividades de Seguridad Privada, de acuerdo a la Ley 12.297, que se definen en su Articulo 2º, es decir: Se
encuentran comprendidas en la previsión del artículo primero de la citada Ley 12.297, las actividades que tengan
por objeto los servicios siguientes: 1. Vigilancia y protección de bienes. 2. Escolta y protección de personas. 3.
Transporte, custodia y protección de cualquier objeto de traslado lícito, a excepción del transporte de caudales.
4. Vigilancia y protección de personas y bienes en espectáculos públicos, locales bailables y otros eventos o
reuniones análogas. 5. Obtención de evidencias en cuestiones civiles o para incriminar o des incriminar a una
persona siempre que exista una persecución penal en el ámbito de la justicia por la comisión de un delito y
tales servicios sean contratados en virtud de interés legítimo en el proceso penal. Las personas que realicen
los servicios enumerados en este artículo se denominan prestadores de servicios de seguridad privada. Para
el cumplimiento del objeto social, la sociedad tendrá plena capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer
obligaciones y ejercer actos que no sean prohibidos por las leyes o este Contrato.” Autorizado según instrumento
público Esc. Nº 52 de fecha 10/06/2021 Reg. Nº 142
JORGE PABLO KOUNDUKDJIAN - Matrícula: 4920 C.E.C.B.A.
e. 15/06/2021 N° 40551/21 v. 15/06/2021