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N° 43459/21 Aviso del Boletín Oficial

ENAP SIPETROL ARGENTINA S.A.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES ANONIMAS jueves, 24 de junio de 2021

Texto del aviso

ENAP SIPETROL ARGENTINA S.A.

CUIT 30-69320927-3 Se comunican los siguientes aumentos de capital aprobados por la Sociedad: (1) Por Asamblea

General Extraordinaria Unánime del 22 de diciembre de 2020, se decidió el aumento del capital social por la suma

de $ 100.000.000, mediante la emisión de 100.000.000. acciones ordinarias, nominativas, no endosables, de $ 1

valor nominal cada una y derecho a un voto por acción. El accionista Empresa Nacional de Petróleo suscribió

99.500.000 acciones y el accionista ENAP Sipetrol SA suscribió 500.000 acciones; (2) Por Asamblea General

Ordinaria y Extraordinaria Unánime del 28 de mayo de 2021 y continuada, tras un cuarto intermedio, el 3 de

junio de 2021, se decidió el aumento del capital social por la suma a de $ 2.665.215.053, mediante la emisión de

2.665.215.053 acciones ordinarias, nominativas, no endosables, de $ 1 valor nominal cada una y derecho a un

voto por acción. El accionista Empresa de Petróleo suscribió 1.517.549.354 acciones y el accionista ENAP Sipetrol

SA suscribió 1.147.665.699 acciones. Asimismo, se comunica que en virtud de lo resuelto se modificó el artículo

cuarto del estatuto social, quedando redactado de la siguiente manera: “Artículo Cuarto: El capital social es de

Pesos dos mil setecientos ochenta millones doscientos cuarenta y cuatro mil ciento setenta y seis ($ 2.780.244.176)

representado por dos mil setecientos ochenta millones doscientos cuarenta y cuatro mil ciento setenta y seis

(2.780.244.176) acciones ordinarias, de valor nominal un peso ($ 1) cada acción y derecho a un (1) voto cada una.

Las acciones pueden ser nominativas no endosables o escriturales. En caso que las acciones fueran escriturales

serán registradas a nombre de sus tenedores, por la sociedad en un registro de acciones escriturales, conforme a

las previsiones establecidas en el artículo 21 de la Ley 19.550. El registro podrá ser llevado por la propia Sociedad,

por un Banco o pun una Caja de Valores conforme a la decisión del Directorio. La Asamblea de accionistas podrá

emitir acciones preferidas, conforme a las características fijadas en cada caso en las condiciones de emisión.

El capital podrá ser aumentado hasta el quíntuplo de su monto por resolución de la Asamblea Ordinaria, en los

términos del artículo 188 de la Ley 19.550.” Autorizado según instrumento privado Acta de Asamblea de fecha

22/12/2020

Javier Lopez - T°: 28 F°: 114 C.P.A.C.F.

e. 24/06/2021 N° 43459/21 v. 24/06/2021