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N° 34025/21 Aviso del Boletín Oficial

PROALTERUM S.R.L.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES DE RESPONSABILIDAD LIMITADA lunes, 28 de junio de 2021

Texto del aviso

PROALTERUM S.R.L.

Aviso complementario al publicado con fecha 19/05/2021 N° 34025/21. Instrumento Privado Complementario

Modificatorio de Contrato de Sociedad de Responsabilidad Limitada del 22/06/2021. Objeto: La sociedad tiene

por objeto proveer a sus socios de la estructura material y empresarial necesaria para los mismos puedan

realizar por cuenta propia, de terceros, asociada o en colaboración con terceros la prestación de servicios de

consultoría empresaria y el ejercicio de las demás incumbencias profesionales que autoriza la Ley 20.488. En el

marco de su objeto, la Sociedad podrá realizar actividades financieras y/o contratos financieros, compra, venta

y negociación de títulos, acciones, debentures y toda clase de valores mobiliarios y papeles de crédito, con

exclusión en todos los casos de las operaciones comprendidas en la Ley de Entidades Financieras y toda otra que

requiera el concurso y/o ahorro público. Asimismo, podrá celebrar contratos de fideicomiso, y revestir la calidad de

fiduciante, fiduciaria, beneficiaria y/o fideicomisaria. Para el cumplimiento de sus fines, la sociedad actuará según

la respectiva incumbencia profesional, bajo la actuación, responsabilidad y firma de cualquiera de los socios

conforme las respectivas normas legales y reglamentarias que rigen a la materia, en función de la incumbencia

del firmante. Los socios integrantes de la sociedad sólo podrán ofrecer los servicios propios de sus incumbencias

profesionales, debiendo para ello poseer sus respectivos títulos habilitantes y en el caso que una Ley lo dispusiera,

la inscripción en el Colegio o Consejo o Ente Nacional o Provincial que ejerza la potestad disciplinaria sobre su

actuación profesional. A efectos de cumplir con su objeto social la sociedad tiene plena capacidad jurídica para

adquirir derechos, contraer obligaciones, y ejercer los actos que no sean prohibidos por las leyes y por este

estatuto. Administración: Gerencia de 1 o más miembros titulares, los cuales deberán contar con título profesional

habilitante, con designación por tiempo indeterminado o por el plazo que establezca la Reunión de Socios al

momento de designación. Los socios podrán designar a uno o más gerentes suplentes para que suplan al o los

gerentes titulares en caso de ausencia o impedimento Autorizado según instrumento privado Complementario

Modificatorio de Contrato de fecha 22/06/2021

Claudio Gaston Mayorca - T°: 103 F°: 910 C.P.A.C.F.

e. 28/06/2021 N° 44403/21 v. 28/06/2021