N° 44749/21 Aviso del Boletín Oficial
CP LOS OLIVOS S.A.U.
Texto del aviso
CP LOS OLIVOS S.A.U.
CUIT: 30-71634286-3. Comunica que por Asamblea celebrada el 01/07/2020 se resolvió reformar: (i) el artículo
cuarto del estatuto, el que quedó redactado de la siguiente manera: “ARTÍCULO 4°: La sociedad tendrá por objeto
exclusivo y específico, ya sea por cuenta propia, por intermedio de terceros o asociada a terceros, la generación
y comercialización de energía eléctrica a partir de fuentes renovables, a través de Parque Eólico Los Olivos a ser
construido en Pedanía Achiras, Departamento de Río Cuarto, Provincia de Córdoba, República Argentina. En
relación con las actividades descriptas, y dentro de los límites establecidos en este objeto social, la Sociedad
tendrá plena capacidad jurídica para: (i) adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer toda clase de actos que
no sean prohibidos por las leyes o por este estatuto social, y cualquier otra norma que le sea aplicable; (ii) fundar,
constituir, asociarse con, o participar en, personas jurídicas de todo tipo constituidas y/o a constituirse en el país
o en el extranjero mediante cualquier medio incluyendo, aunque no limitándose a aportes de capital, compra de
acciones, bonos, debentures, obligaciones negociables, y demás títulos de crédito o títulos valores públicos o
privados; y (iii) prestar servicios y/o ejercer o desempeñar representaciones, comisiones, consignaciones, servicios
y/o mandatos para sí o a favor de terceros, siempre dentro de las actividades permitidas según el objeto social
descripto. En todo lo relacionado con estos fines, la Sociedad podrá efectuar todo tipo de contratos y operaciones,
ya sea para la compra, consignación, venta, importación, exportación, instalación, permuta, leasing, fideicomiso,
prendas, avales, fianzas y garantías personales o reales, de o a favor de terceros, gratuitas y/u onerosas, para
garantizar deuda propia o de terceros, la emisión y/o coemisión de obligaciones negociables y la realización de
todas las operaciones comercialmente aceptadas sobre dicho objeto social y podrá realizar en fin todos los actos
y contratos que tiendan al cumplimiento del objeto social y no sean prohibidos por las leyes o por este estatuto,
quedando excluidas las operaciones reguladas por la Ley N° 21.526 de Entidades Financieras y toda otra que
requiera del concurso del ahorro público.”; y (ii) el artículo 20 del estatuto. Autorizado según instrumento privado
Acta de asamblea de fecha 01/07/2020
Verónica Paola Apollonio - T°: 113 F°: 860 C.P.A.C.F.
e. 29/06/2021 N° 44749/21 v. 29/06/2021