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N° 45067/21 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 13 - SECRETARÍA NRO. 26

Edictos Judiciales lunes, 5 de julio de 2021

Texto del aviso

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 13 - SECRETARÍA NRO. 26

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial nº 13, a cargo del Dr. Fernando J. Perillo, Secretaría

n° 26, a cargo del Dr. Julián Maidana, sito en Marcelo T. Alvear 1840, 4º piso de esta capital Federal, en los

autos COM 10292/2019 - “ROMA CONSTRUCTORA S.R.L. LE PIDE LA QUIEBRA EXPERTA ASEGURADORA

DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A.” comunica por cinco días que con fecha 15/06/2021, se decretó la quiebra

de ROMA CONSTRUCTORA S.R.L. (CUIT 33-71324920-9) con domicilio en la calle Lugones 1905 PB de esta

ciudad, e inscripta en la I.G.J. con fecha 26 de diciembre de 2012 bajo el número 10141 del libro 139 de S.R.L.

siendo desinsaculada como síndica la contadora Luciana Giselle Parma (DNI Nº35.094.402) con domicilio en

la calle LLERENA 2950 C.A.B.A. teléfonos 3528-7582/ 15-6976-2903, correo electrónico crparma@gmail.com y

lgp.estudioparma@gmail.com ante quien los acreedores deberán presentar las peticiones de verificación y los

títulos justificativos de sus créditos (art. 200 L.C.Q) hasta el día 13/08/2021. El síndico presentará los informes

previstos en los arts. 35 y 39 L.C.Q los días 27/09/2021 y 10/11/2021 respectivamente. Se intima a la fallida y a los

terceros que entreguen al síndico los bienes que tengan en su poder, al igual que los libros de comercio y demás

documentación relacionada con su contabilidad, previniéndose a los terceros la prohibición de hacer pagos a

la misma bajo apercibimiento de considerarlos ineficaces. Asimismo, se intima a la fallida para que dentro del

quinto día cumplimente la información requerida por el art. 11 de la ley 24.522, bajo apercibimiento de considerar

su conducta obstructiva y de ocultamiento patrimonial, procediendo a iniciar las acciones legales pertinentes

encaminadas a reconstruir patrimonialmente el activo falencial. Deberá asimismo constituir, en el plazo de 48

hs., domicilio procesal, bajo apercibimiento de tenerlo por constituido en los estrados del Juzgado, y cumplir en

lo pertinente con los requisitos del art. 86 segundo párrafo de la ley citada. El auto que ordena el presente dice:

“Buenos Aires, 15 de junio de 2021.....publíquense edictos por 5 (cinco) días en el Boletín Oficial... Fdo.Fernando J.

Perillo. Juez”. En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a

los de junio de 2021. JULIAN MAIDANA SECRETARIO

e. 30/06/2021 N° 45067/21 v. 06/07/2021