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N° 45967/21 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO NACIONAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL

Edictos Judiciales miércoles, 7 de julio de 2021

Texto del aviso

JUZGADO NACIONAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL

NRO. 8 - SECRETARÍA NRO. 15

Que el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal Nro. 8, a cargo del Dr. Marcelo Martínez de Giorgi,

Secretaría nro. 15, a cargo de la Dra. Josefina Hornos, comunica que en la causa nro. 2799/2021, caratulada

“Romero Olivero Juan Pablo y otros s/ violación de medidas/ propagación epidemia” se ha resuelto el día 10 de

junio de 2021 notificar a los Sres. Juan Pablo Romero Olivero (DNI 95.939.523, nacido el día 01/10/1999, domicilio

en la Av. Jujuy 207, Balvanera, de esta Ciudad, teléfono celular: 11-5617-0495); Ariannys Jisell Pineda Trinitario

(venezolana, DNI 95.793.883, domiciliada en la Av. Jujuy 207, Balvanera de esta Ciudad, teléfono celular: 11-

6583-9454); Sergio Catriel Candela (argentino, DNI 40.541.049, nacido el día 14/08/1997, domiciliado en la calle

Recondo 258, Villa Fiorito de esta Ciudad, teléfono celular: 11-6358-1317); Agustina Edreida Vallverdu (argentina,

DNI 40.675.756, nacida el día 04/10/1997, domiciliada en la calle Borges 2481 de esta Ciudad, teléfono celular: 11-

4049-5008); Nelson Emanuel Orellana (argentino, DNI 40.789.353, nacido el día 28/01/1993, domiciliado en la calle

Acevedo 240 de esta Ciudad); Ezequiel Fernando Bressan (argentino, DNI 36.913.957, nacido el día 20/11/1992,

con domicilio en la calle 143 al 4267, teléfono celular: 11-2255-6738); Maritza Elias Fernández (peruana, titular

del documento extranjero 10414524-3, nacida el día 02/11/1974, domiciliada en la calle Sarmiento 3146 de esta

Ciudad, teléfono celular: 11-6896-1124); Carmen Sofia Pretel Mostacero (peruana, DNI 94.069.188, nacida el día

03/03/1966, con domicilio en la calle Sarmiento 3931 de esta Ciudad, teléfono celular: 11-3673-5560), de que en

BOLETÍN OFICIAL Nº 34.696 - Segunda Sección 93 Miércoles 7 de julio de 2021

esa fecha se resolvió sobreseerlos en la causa indicada por no encuadrar el hecho en una figura legal, dejando

constancia de que la formación del proceso no afecta el buen nombre y honor del que hubieren gozado (art. 336,

inc. 3ro. del CPPN). Marcelo Martinez de Giorgi Juez - Josefina Hornos Secretaria

e. 02/07/2021 N° 45967/21 v. 08/07/2021